Inversiones Holbox Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Formar, constituir y/o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia y/o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la gestión de estas inversiones y sus frutos; la asesoría en materias de administración, comerciales, económicas y financieras, y en general cualquier tipo de asesorías y servicios que puedan prestarse a personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, sea en Chile o en el exterior; y la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos necesarios para el desarrollo del objeto social y la realización de todas aquéllas otras actividades que digan relación con el objeto social.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
Administrateurs (5)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, comuna de La Reina, certifica: que por escritura pública de fecha 5 de enero de 2026, repertorio 468 - 2026, ante mí, ANDRÉS IGNACIO PUNTI LAGOS, ANTONIA IGNACIA PUNTÍ LAGOS, AGUSTINA PUNTÍ LAGOS y ALFONSO PABLO PUNTÍ LAGOS, todos domiciliados en calle Luis Carrera N° 2.500, departamento 102, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Razón Social: Inversiones Holbox Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales nombre de fantasía “Inversiones Holbox Ltda”. Administración y Uso Razón Social: A) La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Antonio Ignacio Puntí Ferrer, quien, actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. B) En caso de incapacidad, fallecimiento, renuncia, extravío o inhabilitación legal de don Antonio Ignacio Puntí Ferrer, quedara radicada en don Andrés Ignacio Puntí Lagos, doña Antonia Ignacia Puntí Lagos, doña Agustina Puntí Lagos y don Alfonso Pablo Puntí Lagos, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, los cuales se encuentran íntegramente pagados de la siguiente forma: a) don Andrés Ignacio Puntí Lagos, aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales; b) doña Antonia Ignacia Puntí Lagos, aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales; c) doña Agustina Puntí Lagos, aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales; y d) don Alfonso Pablo Puntí Lagos, aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Formar, constituir y/o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia y/o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la gestión de estas inversiones y sus frutos; c) La asesoría en materias de administración, comerciales, económicas y financieras, y en general cualquier tipo de asesorías y servicios que puedan prestarse a personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, sea en Chile o en el exterior; y, d) La ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos necesarios para el desarrollo del objeto social y la realización de todas aquéllas otras actividades que digan relación con el objeto social. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de enero de 2026.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
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