Société à responsabilité limitée

Inversiones Gastronómicas Doña Ema Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 mai 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-05-12Voir le PDF (CVE 2645574)

Informations sociétaires

Ltda
Puerto Varas, Los Lagos
Durée: Tres años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de este contrato, en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación a lo menos a la fecha de vencimiento del plazo inicial de vigencia de la Sociedad o cualquiera de sus prórrogas.
Administration: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Gabriel Alejandro Hales Opitz, cédula nacional de identidad número catorce millones ochenta y seis mil doscientos dos guiones nueve.

Objet social

La sociedad tiene por objeto la elaboración, comercialización, procesamiento, distribución, venta por cuenta propia o ajena de alimentos o productos alimenticios en cualquiera de sus formas además de efectuar inversiones de renta ya sea en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, explotación de todo tipo de establecimientos de comercio especialmente de los rubros de salones de té, restorant, bar, pub y relacionados además de producir, desarrollar y ejecutar por cuenta propia o de terceros de toda clase de eventos, seminarios, manifestaciones, convenios públicos o privados y en general toda otra actividad relacionada con el objeto social y cualquier otro giro que los socios acuerden. inversiones de todo tipo y cualquier otro giro que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES

Socio

7.xxx.xxx-4

50%

GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK

Socio

8.xxx.xxx-3

50%

Administrateurs (1)

Gabriel Alejandro Hales Opitz

14.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura de 06 de mayo de 2025, ante mí, ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES, CI N° 7.887.701-4: y, GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, CI N°8.212.468-3, ambos domiciliados en Santa Rosa 560, dpto. 33, Puerto Varas, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: INVERSIONES GASTRONÓMICAS DOÑA EMA LIMITADA; nombre de fantasía: “INVERSIONES DOÑA EMA LIMITADA". Objeto: La sociedad tiene por objeto la elaboración, comercialización, procesamiento, distribución, venta por cuenta propia o ajena de alimentos o productos alimenticios en cualquiera de sus formas además de efectuar inversiones de renta ya sea en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, explotación de todo tipo de establecimientos de comercio especialmente de los rubros de salones de té, restorant, bar, pub y relacionados además de producir, desarrollar y ejecutar por cuenta propia o de terceros de toda clase de eventos, seminarios, manifestaciones, convenios públicos o privados y en general toda otra actividad relacionada con el objeto social y cualquier otro giro que los socios acuerden. inversiones de todo tipo y cualquier otro giro que los socios acuerden. Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio que puedan establecerse agencias o sucursales otras ciudades del país o extranjero. Capital: El capital social es de $4.000.000.-, aportados así: ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES, aporta en este acto la suma de $2.000.000.- , que paga al contado y que entra a la caja social en este acto; y, GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, aporta en este acto la suma de $2.000.000.- , que paga al contado y que entra a la caja social en este acto.- Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Gabriel Alejandro Hales Opitz, cédula nacional de identidad número catorce millones ochenta y seis mil doscientos dos guiones nueve. Duración: Tres años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de este contrato, en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación a lo menos a la fecha de vencimiento del plazo inicial de vigencia de la Sociedad o cualquiera de sus prórrogas. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 08 de mayo de 2025.

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