Sociedad por Acciones

Inversiones Extranjeras Imaser SpA

CONSTITUCIÓN — 29 abr 2024

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2024-04-29Ver PDF (CVE 2486725)

Información societaria

SpA
Calama, Antofagasta
Duración: 5 años a contar fecha escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don SERGIO ENRIQUE MARTÍNEZ FUENTES quien anteponiendo la razón social a su firma y actuando separada e indistintamente, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte, incapacidad o impedimento de Sergio Enrique Martínez Fuentes, lo que no será necesario acreditar ante terceros, el uso de la razón social le corresponderá de pleno derecho a Cecilia del Carmen Carrasco Miranda. En caso de muerte, incapacidad o impedimento de Cecilia del Carmen Carrasco Miranda, la administración, representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y el uso de la razón social le corresponderá de pleno derecho a dos cualesquiera de los siguientes tres accionistas conjuntamente: Sergio Enrique Martínez Carrasco, Juan Pablo Martínez Carrasco y Felipe Andrés Carrasco Martínez.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales que provengan tanto de Chile como del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo 20 N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A su turno, la sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades.

Capital

Capital total

$165,923

Capital pagado

$165,923

Acciones

1000

Administradores (1)

Representantes ante el SII (1)

Texto oficial del extracto

MIGUELÁNGEL ENRIQUE JIMÉNEZ SEGURA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de El Loa-Calama, con oficio en Calama, calle Vicuña Mackenna N°2.139, certifico: que, por escritura pública de fecha 28 de marzo de 2024, Repertorio N°732-2024, otorgada ante Rafael Andrés Daviu Muñoz, Notario Público Suplente de este Oficio Notarial, IMASER INVERSIONES SpA, representada por don SERGIO ENRIQUE MARTÍNEZ FUENTES, domiciliado Avenida Nueva Norte N°1.388, comuna de Calama, Región de Antofagasta, y de paso en ésta, constituye una sociedad por acciones de cuyo estatuto extracto lo siguiente: Nombre: INVERSIONES EXTRANJERAS IMASER SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales que provengan tanto de Chile como del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo 20 N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A su turno, la sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas, ni otro tipo de actividades. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Calama, Segunda Región, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: 5 años a contar fecha escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Capital: 165.923 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones nominativas sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo y al contado, en la forma que se indica en la escritura extractada. Administración y Uso de la Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don SERGIO ENRIQUE MARTÍNEZ FUENTES quien anteponiendo la razón social a su firma y actuando separada e indistintamente, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte, incapacidad o impedimento de Sergio Enrique Martínez Fuentes, lo que no será necesario acreditar ante terceros, el uso de la razón social le corresponderá de pleno derecho a Cecilia del Carmen Carrasco Miranda. En caso de muerte, incapacidad o impedimento de Cecilia del Carmen Carrasco Miranda, la administración, representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y el uso de la razón social le corresponderá de pleno derecho a dos cualesquiera de los siguientes tres accionistas conjuntamente: Sergio Enrique Martínez Carrasco, Juan Pablo Martínez Carrasco y Felipe Andrés Carrasco Martínez. Responsabilidad de los accionistas limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Calama, 25 de abril de 2024. Mgt/.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES EXTRANJERAS IMASER SpA

    CVE 2486725

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial