Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones El Boldal Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-10Ver PDF (CVE 2837295)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Salvador Eduardo Silva Uribe y a doña Carla Francisca Silva Cavada, quienes podrán actuar individual e indistintamente.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Salvador Eduardo Silva Uribe

Socio

50%

Carla Francisca Silva Cavada

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5841, comuna de La Reina, certifica: Por escritura pública de 25 junio 2026, Repertorio No. 50819-2026, ante mí, SALVADOR EDUARDO SILVA URIBE, domiciliado, para estos efectos en Ruta E 30 F, N°4.900, Condominio El Maitén, casa 5, Cachagua, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso, y de paso en ésta, y CARLA FRANCISCA SILVA CAVADA, domiciliada, para estos efectos, en Del Candil N°655, departamento 74, edificio Alarife, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y de paso en ésta, constituyeron, sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES EL BOLDAL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “INVERSIONES EL BOLDAL LTDA.”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Salvador Eduardo Silva Uribe y a doña Carla Francisca Silva Cavada, quienes podrán actuar individual e indistintamente, de manera que cualquiera de ellos, anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: A) Salvador Eduardo Silva Uribe aporta la suma de $500.000.-, correspondiente al 50% del capital social; y, b) Carla Francisca Silva Cavada aporta la suma de $500.000.-, correspondiente al 50% del capital social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 7 de julio de 2026.

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  1. CONSTITUCIÓN

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