Inversiones e Inmobiliaria Pisco Lima SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la Sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión en Chile y en el exterior, junto con la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en todas sus formas o clases de negocios y la constitución o desarrollo de sociedades o empresas, por cuenta propia o ajena en asociación con terceros; c) La adquisición, enajenación, comercialización, compra, venta, permuta, consignación, explotación, arrendamiento, administración y corretaje de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, habitacionales, comerciales o industriales, esto por cuenta propia o ajena; d) La explotación, loteo, subdivisión, urbanización, construcción, edificación, remodelación y reparación de propiedades; e) La administración, gestión de comunidades y prestación de servicios de asesoría e intermediación en proyectos inmobiliarios, y; f) Cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, y los demás que acuerden los accionistas.
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital libéré
$30.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
300
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MANUEL AUSBERTO FERNÁNDEZ BRAVO Accionista 24.xxx.xxx-5 | 24.xxx.xxx-5 | 25% | $7.500.000 |
Accionista 23.xxx.xxx-4 | 23.xxx.xxx-4 | 25% | $7.500.000 |
Accionista 23.xxx.xxx-k | 23.xxx.xxx-k | 25% | $7.500.000 |
Accionista 24.xxx.xxx-7 | 24.xxx.xxx-7 | 25% | $7.500.000 |
Administrateurs (4)
MANUEL AUSBERTO FERNÁNDEZ BRAVO
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior María Angélica Ramírez Fuentes, Notario Público de Talca, con oficio en 1 Norte N° 963, oficina 103, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de agosto de 2026, Repertorio Nº1281-2026, otorgada ante mí, don MANUEL AUSBERTO FERNÁNDEZ BRAVO, peruano, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad para extranjeros N°24.613.955-5, domiciliado para estos efectos en 4 Norte N°460, comuna de Talca, don JOSELITO SANTACRUZ SÁNCHEZ, peruano, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad para extranjeros N°23.826.124-4, domiciliado para estos efectos en 4 Norte N°460, comuna de Talca, don HUMBERTO CIEZA BENAVIDES, peruano, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad para extranjeros N°23.978.724-K, domiciliado en 24 Norte N°4207, comuna de Talca y don CÉSAR HUGO VALLEJOS DÍAZ, peruano, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad para extranjeros N°24.102.776-7, domiciliado para estos efectos en 4 Norte N°460, comuna de Talca, constituyó una Sociedad por Acciones (SpA), siendo sus estatutos extractados: Nombre: “INVERSIONES E INMOBILIARIA PISCO LIMA SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión en Chile y en el exterior, junto con la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación como inversionista en todas sus formas o clases de negocios y la constitución o desarrollo de sociedades o empresas, por cuenta propia o ajena en asociación con terceros; c) La adquisición, enajenación, comercialización, compra, venta, permuta, consignación, explotación, arrendamiento, administración y corretaje de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, habitacionales, comerciales o industriales, esto por cuenta propia o ajena; d) La explotación, loteo, subdivisión, urbanización, construcción, edificación, remodelación y reparación de propiedades; e) La administración, gestión de comunidades y prestación de servicios de asesoría e intermediación en proyectos inmobiliarios, y; f) Cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, y los demás que acuerden los accionistas. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos chilenos), dividido en trescientas (300) acciones nominativas, que fueron suscritas y pagadas por los accionistas de acuerdo al siguiente detalle: a) Don MANUEL AUSBERTO FERNÁNDEZ BRAVO, ya individualizado, suscribe 75 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, monto que pagó de contado con anterioridad a la suscripción de este instrumento público, los que ingresan a la caja social por este acto; b) Don JOSELITO SANTACRUZ SÁNCHEZ, ya individualizado, suscribe 75 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, monto que pagó de contado con anterioridad a la suscripción de este instrumento público, los que ingresan a la caja social por este acto; c) Don HUMBERTO CIEZA BENAVIDES, ya individualizado, suscribe 75 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, monto que pagó de contado con anterioridad a la suscripción de este instrumento público, los que ingresan a la caja social por este acto, y; d) Don CÉSAR HUGO VALLEJOS DÍAZ, ya individualizado, suscribe 75 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, monto que pagó de contado con anterioridad a la suscripción de este instrumento público, los que ingresan a la caja social por este acto. Administración: La administración de la Sociedad la ejercerán don MANUEL AUSBERTO FERNÁNDEZ BRAVO, don JOSELITO SANTACRUZ SÁNCHEZ, don HUMBERTO CIEZA BENAVIDES y don CÉSAR HUGO VALLEJOS DÍAZ, ya individualizados, quienes conjunta, separada o indistintamente, actuarán en nombre y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad. Para aquello, estarán investidos de todas y cada una de las facultades de administración y disposición que la ley y el futuro Artículo Décimo Tercero de estos estatutos sociales les otorgan, y aun así las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas.- Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada.- Talca, 11 de agosto del año 2026.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Inversiones e Inmobiliaria Pisco Lima SpA
CVE 2854675
