Société par actions

Inversiones Doma SpA

CONSTITUCIÓN — 8 oct. 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-10-08Voir le PDF (CVE 2022519)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial corresponden a Magdalena Paz Cabo Jaroba y Rocío Del Pilar Cabo Jaroba, con facultades amplias de administración y disposición de bienes, quienes podrán actuar separada e indistintamente.

Objet social

El objeto de la sociedad será, por sí o a través de sociedades filiales o relacionadas, la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o vales mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; además la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en participación con terceros.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Administrateurs (2)

Magdalena Paz Cabo Jaroba

16.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

Zarella Camerotto Moraga, Notario Público Suplente de la Titular Claudia Gómez Lucares de la Quincuagésima Notaría Santiago, Con oficio en Teatinos N°371, oficina 113, Santiago, certifico que: por escritura de fecha 30/09/2021, bajo el Repertorio N° 40.219-2021, ante la Notario Titular doña Claudia Gómez Lucares, doña Magdalena Paz Cabo Jaroba, cédula de identidad N° 16.610.675-3, domiciliada en Josemaría Escrivá de Balaguer N° 13.105, oficina 613, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, constituyó sociedad por acciones "INVERSIONES DOMA SpA"; Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias otras localidades país o extranjero; Objeto: El objeto de la sociedad será, por sí o a través de sociedades filiales o relacionadas, la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o vales mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; además la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en participación con terceros.- Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones totalmente suscritas y pagadas. Administración: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña Magdalena Paz Cabo Jaroba y a doña Rocío Del Pilar Cabo Jaroba, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes en su calidad de administradoras de la sociedad, podrán actuar separada e indistintamente. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 06/10/2021.

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