Inversiones del Suelo Chileno Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será (i) la prestación de servicios y de asesoría en telecomunicaciones; (ii) la prestación de servicios de ingeniería en telecomunicaciones; (iii) la prestación de servicios de administración de todo tipo, tanto a terceros o empresas relacionadas en Chile o en el extranjero; (iv) la operación, explotación de concesiones otorgada por la autoridad chilena o extranjera y de la prestación de todos los tipos de servicios de telecomunicaciones, incluyendo datos, facsímil, video y todo tipo de transferencia de signos, imágenes, sonidos y señales sea por medios ópticos, electromagnéticos, optoeléctricos que se utilicen actualmente o que se desarrollen en el futuro; (v) la comercialización por cuenta propia o de terceros de todo tipo de servicios de telecomunicaciones; (vi) la representación y la comercialización por cuenta propia o de terceros de toda clase de equipos de telecomunicaciones y sus insumos y otras que acuerden los socios; (vii) inversiones en empresas relacionadas directa e indirectamente, (viii) el suministro de sedes para sitios web o hosting y de aplicaciones computacionales en línea vía Internet a clientes ubicados en el exterior; y cualquier otra actividad relacionada con el objeto anteriormente descrito que los socios pudieren acordar.
資本
總資本
$1.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 59.228.200-3 | 59.228.200-3 | 90% | $900.000 |
Socio 59.326.100-K | 59.326.100-K | 10% | $100.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, Oficina 601, comuna de las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 30 de enero de 2024, repertorio N° 1.282/2024, ante mí, ALLIGATOR SERVICES LLC, Rol Único Tributario N°59.228.200-3, y ELKHORN SERVICES LLC, Rol Único Tributario N°59.326.100-K, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello 2711, piso 24, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “Inversiones del Suelo Chileno Limitada”, sin perjuicio de poder usar la abreviación “Suelo Chileno LTDA.”. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá únicamente al socio Alligator Services LLC. Capital: $1.000.000, que deberá ser aportado dentro del plazo máximo de 5 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, en la siguiente forma y proporción: /a/ Alligator Services LLC., la cantidad de $900.000, equivalente al 90% del capital social; y /b/ Elkhorn Services LLC, la cantidad de $100.000, equivalente al 10% del capital social. Objeto: El objeto de la sociedad será (i) la prestación de servicios y de asesoría en telecomunicaciones; (ii) la prestación de servicios de ingeniería en telecomunicaciones; (iii) la prestación de servicios de administración de todo tipo, tanto a terceros o empresas relacionadas en Chile o en el extranjero; (iv) la operación, explotación de concesiones otorgada por la autoridad chilena o extranjera y de la prestación de todos los tipos de servicios de telecomunicaciones, incluyendo datos, facsímil, video y todo tipo de transferencia de signos, imágenes, sonidos y señales sea por medios ópticos, electromagnéticos, optoeléctricos que se utilicen actualmente o que se desarrollen en el futuro; (v) la comercialización por cuenta propia o de terceros de todo tipo de servicios de telecomunicaciones; (vi) la representación y la comercialización por cuenta propia o de terceros de toda clase de equipos de telecomunicaciones y sus insumos y otras que acuerden los socios; (vii) inversiones en empresas relacionadas directa e indirectamente, (viii) el suministro de sedes para sitios web o hosting y de aplicaciones computacionales en línea vía Internet a clientes ubicados en el exterior; y cualquier otra actividad relacionada con el objeto anteriormente descrito que los socios pudieren acordar. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución, la que se entenderá renovada por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, la que deberá ser anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de 6 meses, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo o de cualquiera de sus prórrogas. Limitación de Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 01 de febrero de 2023. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Titular 48° Notaría de Santiago.
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Inversiones del Suelo Chileno Limitada
CVE 2449653
