Sociedad por Acciones

Inversiones Colmar SpA

CONSTITUCIÓN — 6 dic 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-12-06Ver PDF (CVE 2417528)

Información societaria

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duración: 5 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos
Administración: Corresponderá conjuntamente a CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR y ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO, con amplias facultades señaladas en escritura.

Objeto social

A) La compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación, fabricación, almacenamiento y deposito, de productos farmacéuticos, medicamentos para uso, ingestión o consumo humano, y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos, cosméticos, productos químicos, biotecnológicos, alimenticios, que digan relación a la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento, o para fines veterinarios, homeopáticos, agroquímicos y alimenticios, así como cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea a consecuencia de los mismos. B) La comercialización a través de la importación, exportación, distribución, representación y venta de todo tipo de productos, materiales, servicios, bienes e insumos relacionados al área de la medicina, farmacéutica, salud, alimentación y cosmética. C) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración y explotación de tales bienes y de las rentas a que estos den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios y gravarlos con hipotecas, prendas y garantías de cualquier clase. D) En general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

4000

Socios (2)

NombreParticipación

CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR

Accionista

9.xxx.xxx-1

50%

ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO

Accionista

8.xxx.xxx-1

50%

Administradores (2)

CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR

9.xxx.xxx-1Administrador

ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO

8.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial del extracto

CECILIA GÁLVEZ PINO, abogada, Notario Público, Titular de la Quinta Notaría de Viña del Mar, domiciliada en Av. Libertad N°1155-A, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, por escritura pública de hoy, ante mi don CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR, C.N.I. N° 9.433.195-1, domiciliado en Valdés Vergara N° 387, depto. 22, Viña del Mar; y don ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO, C.N.I. N° 8.495.388-1, domiciliado en calle Lisboa N° 59, Viña del Mar, constituyeron sociedad por acciones Nombre: “INVERSIONES COLMAR SpA.” pudiendo actuar con nombre de fantasía “FARMACIA VITALIA SpA.”. Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: A) La compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación, fabricación, almacenamiento y deposito, de productos farmacéuticos, medicamentos para uso, ingestión o consumo humano, y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos, cosméticos, productos químicos, biotecnológicos, alimenticios, que digan relación a la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento, o para fines veterinarios, homeopáticos, agroquímicos y alimenticios, así como cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea a consecuencia de los mismos. B) La comercialización a través de la importación, exportación, distribución, representación y venta de todo tipo de productos, materiales, servicios, bienes e insumos relacionados al área de la medicina, farmacéutica, salud, alimentación y cosmética. C) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración y explotación de tales bienes y de las rentas a que estos den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios y gravarlos con hipotecas, prendas y garantías de cualquier clase. D) En general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier tipo de negocios y cualquier otra actividad o inversión estén o no relacionadas con las actividades antes descritas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: $4.000.000, CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR, suscribe 2.000 acciones y paga por ellas $2.000.000.- y ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO suscribe 2.000 acciones y paga por ellas $2.000.000.- Administración y Uso Razón Social: Corresponderá conjuntamente a CARLOS ANDRÉS COLARTE SALAZAR y ROBERTO EDUARDO MARTÍNEZ REBOLLEDO, con amplias facultades señaladas en escritura. Plazo: 5 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos.- Otras estipulaciones: escritura extractada. Viña del Mar, 01 de diciembre de 2023.

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