Inversiones Centro Sur Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: /i/ La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, y su explotación de cualquier forma; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, encargar a terceros la construcción de edificaciones con fines habitacionales o comerciales, por cuenta propia o ajena; /ii/ Administrar bienes raíces propios o de terceros, para lo cual podrá comprar, vender, arrendar, subarrendar, ceder, permutar, prestar y realizar todo tipo de actos y celebrar todo tipo de contratos sobre bienes raíces; /iii/ Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro, incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; /iv/ La administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, corretaje, o cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y cualquier otro negocio que acordaren los socios; /v/ La promoción, administración y comercialización de toda clase de edificios, condominios, oficinas, centros comerciales, viviendas y otros relacionados, incluyendo la recaudación de gastos, por cuenta propia o de terceros, y /vi/ En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Texto oficial del extracto
Paulina Valenzuela Valdés, Abogado, Notario Público Titular de la 2da. Notaría de Rengo, con oficio en avenida José Bisquertt N° 75-d, comuna de Rengo, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2024, repertorio número 505-2024, otorgada en esta Notaría ante Notaria Suplente, doña Bárbara Perry Espinosa, Inversiones NTA Limitada, Inversiones FTV Limitada, Inversiones Lafato Limitada, Inversiones PTV Limitada, e Inversiones Edén Limitada, todas domiciliadas en Bello Horizonte N°845, piso 3, comuna de Rancagua, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas menciones extractables son las siguientes: (A) Razón Social: “Inversiones Centro Sur Limitada”; (B) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /i/ La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, y su explotación de cualquier forma; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, encargar a terceros la construcción de edificaciones con fines habitacionales o comerciales, por cuenta propia o ajena; /ii/ Administrar bienes raíces propios o de terceros, para lo cual podrá comprar, vender, arrendar, subarrendar, ceder, permutar, prestar y realizar todo tipo de actos y celebrar todo tipo de contratos sobre bienes raíces; /iii/ Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro, incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; /iv/ La administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, corretaje, o cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y cualquier otro negocio que acordaren los socios; /v/ La promoción, administración y comercialización de toda clase de edificios, condominios, oficinas, centros comerciales, viviendas y otros relacionados, incluyendo la recaudación de gastos, por cuenta propia o de terceros, y /vi/ En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; (C) Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: /i/ Inversiones NTA Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /ii/ Inversiones FTV Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /iii/ Inversiones Lafato Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /iv/ Inversiones PTV Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo, y /v/ Inversiones Edén Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; (D) Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Inversiones Lafato Limitada, Inversiones FTV Limitada, Inversiones PTV Limitada e Inversiones Edén Limitada, mediante uno o más apoderados que deberán ser designados por escritura pública suscrita por todas las referidas sociedades, en la cual se establecerá asimismo el correspondiente régimen de poderes. (E) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. (F) Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en cualquier punto del país o en el extranjero. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada-. Rengo, 24 de mayo de 2024.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: /i/ La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, y su explotación de cualquier forma; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, encargar a terceros la construcción de edificaciones con fines habitacionales o comerciales, por cuenta propia o ajena; /ii/ Administrar bienes raíces propios o de terceros, para lo cual podrá comprar, vender, arrendar, subarrendar, ceder, permutar, prestar y realizar todo tipo de actos y celebrar todo tipo de contratos sobre bienes raíces; /iii/ Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro, incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; /iv/ La administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, corretaje, o cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y cualquier otro negocio que acordaren los socios; /v/ La promoción, administración y comercialización de toda clase de edificios, condominios, oficinas, centros comerciales, viviendas y otros relacionados, incluyendo la recaudación de gastos, por cuenta propia o de terceros, y /vi/ En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Texto oficial del extracto
Paulina Valenzuela Valdés, Abogado, Notario Público Titular de la 2da. Notaría de Rengo, con oficio en avenida José Bisquertt N°75-d, comuna de Rengo, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2024, repertorio número 505-2024, otorgada en esta misma Notaria, ante la Notario Público Suplente doña Barbara Perry Espinosa, según Decreto Económico N°65-2024, Protocolizado bajo el Rep. N°489-2024: Inversiones NTA Limitada, Inversiones FTV Limitada, Inversiones Lafato Limitada, Inversiones PTV Limitada, e Inversiones Edén Limitada, todas domiciliadas en Bello Horizonte N°845, piso 3, comuna de Rancagua, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas menciones extractables son las siguientes: (A) Razón Social: “Inversiones Centro Sur Limitada”; (B) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /i/ La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, y su explotación de cualquier forma; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, encargar a terceros la construcción de edificaciones con fines habitacionales o comerciales, por cuenta propia o ajena; /ii/ Administrar bienes raíces propios o de terceros, para lo cual podrá comprar, vender, arrendar, subarrendar, ceder, permutar, prestar y realizar todo tipo de actos y celebrar todo tipo de contratos sobre bienes raíces; /iii/ Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro, incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; /iv/ La administración, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, compraventa, corretaje, o cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y cualquier otro negocio que acordaren los socios; /v/ La promoción, administración y comercialización de toda clase de edificios, condominios, oficinas, centros comerciales, viviendas y otros relacionados, incluyendo la recaudación de gastos, por cuenta propia o de terceros, y /vi/ En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; (C) Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: /i/ Inversiones NTA Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /ii/ Inversiones FTV Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /iii/ Inversiones Lafato Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; /iv/ Inversiones PTV Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo, y /v/ Inversiones Edén Limitada aporta $200.000, que equivalen al 20% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; (D) Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Inversiones Lafato Limitada, Inversiones FTV Limitada, Inversiones PTV Limitada e Inversiones Edén Limitada, mediante uno o más apoderados que deberán ser designados por escritura pública suscrita por todas las referidas sociedades, en la cual se establecerá asimismo el correspondiente régimen de poderes. (E) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada.- Rengo, 22 de mayo de 2024.
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