Société à responsabilité limitée78.331.539-4

Inversiones Catem Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 janv. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-02Voir le PDF (CVE 2749443)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 50 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de MARIO MONTANARI LEGASSA, con las facultades señaladas en la escritura pública.

Objet social

Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$7.448.553

Capital restant dû

$2.551.447

Associés (2)

NomParticipation

MARIO MONTANARI LEGASSA

Socio

99.9%

VERÓNICA ANDREA TORO TORRES

Socio

0.1%

Administrateurs (1)

MARIO MONTANARI LEGASSA

Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con asiento en calle Isidora Goyenechea N°3.477, local 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, MARIO MONTANARI LEGASSA y VERÓNICA ANDREA TORO TORRES, ambos domiciliados en Avenida Santa María 8.710, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. I.- Razón social: El nombre o razón social será “INVERSIONES CATEM LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “INVERSIONES CATEM LTDA.”. II.- Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. IV.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don MARIO MONTANARI LEGASSA, con las facultades señaladas en la escritura pública. V.- Duración: La sociedad tendrá una duración de 50 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. VI.- Capital: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: (i) don MARIO MONTANARI LEGASSA, con $9.990.000, representativos de un 99,9% del capital social, los que paga y pagará de la siguiente manera: con la suma de $7.438.553 íntegramente pagados y con la suma de $2.551.447 que pagará dentro del plazo máximo de 1 año a contar de la fecha de constitución de la sociedad; y (ii) doña VERÓNICA ANDREA TORO TORRES, con la suma de $10.000, representativos 0,1% del capital social, monto que se paga íntegramente en el acto de constitución de la sociedad. Santiago, 04 de noviembre de 2025. María Soledad Lascar Merino.

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