Inversiones Cantabria Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Texte officiel de l’extrait
HUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que, el extracto de fecha 9 de septiembre de 2019, de la escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2019, en donde se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “Inversiones Cantabria Limitada”, omitió indicar a continuación de las palabras “certifico que” las palabras “por escritura pública”, debiendo rectificarse el referido extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización, Santiago 11 de septiembre de 2019.
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, bienes raíces o muebles, especialmente en fondos de inversión privados o públicos, toda clase de sociedades, como asimismo la explotación y administración de toda clase de bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, tanto en territorio nacional como en el extranjero; b) la administración, gestión, participación y explotación de toda clase de sociedades, inversiones, negocios y empresas. Para lo anterior, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros, y participar como socio o accionista aportante de bienes apreciables en dinero o bien su trabajo, gestión o industria, en la constitución, ingreso a cualquier título o administración de toda clase de sociedades de capital o de personas, comunidades, negocios y empresas, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; y, c) Toda otra actividad que esté relacionada con las anteriores.
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Socio | - | 25% | $2.500.000 |
Administrateurs (1)
Représentation légale (1)
Texte officiel de l’extrait
HUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que el día 5 de septiembre de 2019, ante mí, Pablo Antonio Bada Gracia, domiciliado en El Remanso 236, Comuna de Colina; Benjamín Bada Ojeda, domiciliado en Camino el Parque 100, Edificio Mañío, departamento 304, Comuna de Vitacura, María Ignacia Bada Ojeda, domiciliada en Las Compuertas 2106, Comuna de Lo Barnechea; y Antonia Paz Bada Perez, domiciliada en El Remanso 236, Comuna de Colina; actuando representada por su padre Pablo Antonio Bada Gracia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Razón Social: "Inversiones Cantabria Limitada"", y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión "Cantabria Ltda.". Capital y Responsabilidad: $10.000.000 que los socios aportan: a) don Pablo Antonio Bada Gracia aportará la cantidad de $2.500.000, equivalente a un 25% por ciento de los derechos sociales, b) don Benjamín Bada Ojeda aportará la cantidad de $2.500.000, equivalente a un 25% por ciento de los derechos sociales, c) doña María Ignacia Bada Ojeda aportará la cantidad de $2.500.000, equivalente a un 25% por ciento de los derechos sociales. d) doña Antonia Paz Bada Pérez aportará la cantidad de $2.500.000, equivalente a un 25% por ciento de los derechos sociales. Los socios se obligan a enterar y pagar en dinero los aportes indicados a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura de constitución social. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, bienes raíces o muebles, especialmente en fondos de inversión privados o públicos, toda clase de sociedades, como asimismo la explotación y administración de toda clase de bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, tanto en territorio nacional como en el extranjero; b) la administración, gestión, participación y explotación de toda clase de sociedades, inversiones, negocios y empresas. Para lo anterior, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros, y participar como socio o accionista aportante de bienes apreciables en dinero o bien su trabajo, gestión o industria, en la constitución, ingreso a cualquier título o administración de toda clase de sociedades de capital o de personas, comunidades, negocios y empresas, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; y, c) Toda otra actividad que esté relacionada con las anteriores. Administración y uso de la razón social: corresponde a don Pablo Antonio Bada Gracia, quien podrá ejercerla individualmente, con las facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago 9 de septiembre de 2019.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Cantabria Limitada
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- CONSTITUCIÓN
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