Inversiones Bascuñán Limitada
Diario Oficial
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Corporate history on record
- Transfer of rights· November 27, 2020
Se celebró contrato de Cesión de Derechos y Modificación Social respecto de INVERSIONES BASCUÑÁN LIMITADA.
ANTONIO BASCUÑÁN MONTT · CATALINA BASCUÑÁN VENEGAS · MARÍA FRANCISCA BASCUÑAN VENEGAS · ANTONIO MIGUEL BASCUÑAN VENEGAS · MATÍAS FRANCISCO BASCUÑAN VENEGAS
- Other act· May 5, 2025
Se dictó laudo arbitral en el conflicto BASCUÑÁN CON BASCUÑÁN.
- Other act· May 9, 2025
Se emitió complementación del laudo arbitral.
Official extract text
Ministerio del Interior IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: que, por escritura pública otorgada con fecha 24 de junio de 2025, bajo el Repertorio número 9.201–2025, ante mí, se redujo a escritura pública el laudo arbitral de fecha 5 de mayo de 2025, y su complementación de fecha 9 de mayo de 2025, dictado por el Juez Arbitro don Jerónimo Alvear Castillo en autos arbitrales caratulados “BASCUÑAN CON BASCUÑÁN”, cuya ejecutoria consta por certificado de fecha 26 de mayo de 2025. De dicha sentencia definitiva aclarada se extracta lo siguiente: por resolución de fecha 27 de junio de 2024, dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago en autos caratulados BASCUÑÁN con BASCUÑÁN, ROL C-5885-2024, se designó a don Jerónimo Alvear Castillo como árbitro con el objeto de conocer y resolver las diferencias habidas entre el solicitante don ANTONIO BASCUÑÁN MONTT y los demandados doña CATALINA BASCUÑAN VENEGAS; doña MARÍA FRANCISCA BASCUÑAN VENEGAS; don ANTONIO MIGUEL BASCUÑAN VENEGAS; y don MATÍAS FRANCISCO BASCUÑAN VENEGAS, con relación demanda de nulidad relativa respecto a la suscripción del contrato de “Cesión de Derechos y Modificación Social” de la sociedad INVERSIONES BASCUÑÁN LIMITADA, otorgado mediante escritura de fecha 27 de noviembre de 2020 en la notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado. SE RESOLVIÓ: I. Que se acoge la demanda de nulidad relativa deducida por don ANTONIO BASCUÑÁN MONTT en contra de doña CATALINA BASCUÑÁN VENEGAS, doña MARÍA FRANCISCA BASCUÑÁN VENEGAS, don ANTONIO MIGUEL BASCUÑÁN VENEGAS y don MATÍAS FRANCISCO BASCUÑÁN VENEGAS. II. Que, en consecuencia, se declara la nulidad del siguiente contrato: Contrato de Cesión de Derechos y Modificación Social de fecha 27 de noviembre de 2020, respecto de la sociedad INVERSIONES BASCUÑÁN LIMITADA; otorgado en la notaría de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, anotada bajo repertorio número 23.804-2020. III. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1687 del Código Civil, se ordena al actor restituir a los demandados las sumas recibidas a título de precio, debidamente reajustados conforme al IPC desde la fecha de cada pago hasta su restitución efectiva. IV. Que, como consecuencia de la nulidad declarada, se ordenó: a) Reducir a escritura pública la presente sentencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 403 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales; b) Extráctese; c) Inscríbase en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con el fin de proceder con la cancelación de la siguiente inscripción conservatoria: Fojas 2622, número 1271 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021. d) Publíquese en el Diario Oficial en su oportunidad. Demás términos en escritura extractada. Santiago, 8 de Julio de 2025.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES BASCUÑÁN LIMITADA
CVE 2676879
