Limited liability company

Inversiones Arrayán Limitada

CONSTITUCIÓN — Oct 23, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-10-23View PDF (CVE 2394587)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 10 años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a MATÍAS NICOLÁS ALVARADO BASTERRECHEA, JUAN PABLO EDWARDS ERRÁZURIZ y FELIPE AMENABAR DÍAZ, quienes actuando al menos dos de ellos conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, representarán y obligarán a la sociedad. Con la limitación de las facultades Uno), Dos), Tres), Cuatro) y Veintinueve) que deberán ser tomadas en conjunto entre los representantes designados.

Corporate purpose

Efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como socio o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades, de cualquier tipo, cuyo objeto social sea similar o complementario del indicado precedentemente, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; Prestar asesorías, consultorías, charlas y capacitaciones en materia de negocios y finanzas, en general; La ejecución de cualquier actividad u operación en materias relacionadas o derivadas directa o indirectamente de las señaladas en las letras anteriores; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, sea por cuenta propia o ajena.

Capital

Total capital

$600.000

Paid-in capital

$600.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

ASESORÍAS E INVERSIONES MAR VISTA LIMITADA

Socio

77.225.226-9

10%

INVERSIONES RANCO LIMITADA

Socio

76.421.752-7

60%

FELIPE AMENABAR DÍAZ

Socio

18.xxx.xxx-1

30%

Administrators (3)

JUAN PABLO EDWARDS ERRÁZURIZ

16.xxx.xxx-6Administrador

FELIPE AMENABAR DÍAZ

18.xxx.xxx-1Administrador

Official extract text

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48º Notaría de Santiago, Apoquindo 3076, Oficina 601, Las Condes, certifica: Que por escritura pública, otorgada con fecha 12 de octubre de 2023, bajo repertorio 14.802-2023 ante mí: a) ASESORÍAS E INVERSIONES MAR VISTA LIMITADA, RUT Nº77.225.226-9, representada por JUAN PABLO EDWARDS ERRÁZURIZ, C.I. N° 16.006.730-6, ambos domiciliados para estos efectos en Lago Leman número tres mil setecientos sesenta y cuatro, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; b) INVERSIONES RANCO LIMITADA, RUT Nº 76.421.752-7, representada por MATÍAS NICOLÁS ALVARADO BASTERRECHEA, C.I. N°16.207.314-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Lausana 3933, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; c) FELIPE AMENABAR DÍAZ, C.I. N°18.392.472-1, representado por don JOSÉ IGNACIO AMENÁBAR MONTES, C.I. N°6.595.390-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Lavándulas, número diez mil seis, comuna de Las Condes. Constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “INVERSIONES ARRAYÁN LIMITADA.”; Objeto: La sociedad tendrá por Objeto: Uno) Efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como socio o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades, de cualquier tipo, cuyo objeto social sea similar o complementario del indicado precedentemente, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; Dos) Prestar asesorías, consultorías, charlas y capacitaciones en materia de negocios y finanzas, en general; Tres) La ejecución de cualquier actividad u operación en materias relacionadas o derivadas directa o indirectamente de las señaladas en las letras anteriores; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, sea por cuenta propia o ajena. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MATÍAS NICOLÁS ALVARADO BASTERRECHEA, a don JUAN PABLO EDWARDS ERRÁZURIZ y a don FELIPE AMENABAR DÍAZ, quienes actuando al menos dos de ellos conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones que de manera no taxativa se enumeran en la escritura social. Con la limitación de Las facultades Uno), Dos), Tres), Cuatro) y Veintinueve) mencionadas en la escritura deberán ser tomadas en conjunto entre los representantes designados en esta cláusula. Capital: El capital la sociedad es la suma de $600.000.- que los socios aportan, enteran y pagan en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) ASESORÍA E INVERSIONES MAR VISTAS LIMITADA, aporta la suma de $60.000.- pesos, equivalente a un 10% de los derechos sociales, el cual entera y paga en este acto en la caja social; b) INVERSIONES RANCO LIMITADA, aporta la suma de $360.000.- pesos, equivalente al 60% de los derechos sociales, el cual entera y paga en este acto en la caja social; c)FELIPE AMENABAR DÍAZ, aporta la suma de $180.000.- pesos, equivalente al 30% de los derechos sociales, el cual entera y paga en este acto en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o en el extranjero.-Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de un año a la fecha de expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES ARRAYÁN LIMITADA

    CVE 2394587

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