Inversiones Araucaria Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La inversión en bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos en sociedades y valores de cualquier naturaleza
Capital
Capital total
$372.894
Capital pagado
$372.894
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Patricio Vicente Adolfo Gerardo Valenzuela Larrañaga Socio 6.xxx.xxx-1 | 6.xxx.xxx-1 | 99% | $369.165 |
María Eugenia Gamboa Castelblanco Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 1% | $3.729 |
Administradores (5)
Patricio Andrés Valenzuela Gamboa
Cristóbal Eugenio Valenzuela Gamboa
Texto oficial del extracto
Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2024, repertorio número 31.032/2024, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la misma fecha de “INVERSIONES BIRMINGHAM S.A.” (en adelante, la “Sociedad”), rol único tributario número 96.622.080-5, inscrita a fojas 33.550 número 17.111 del año 1991 del Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; en que comparecieron los únicos y actuales accionistas de la Sociedad, Patricio Valenzuela Larrañaga y María Eugenia Gamboa Castelblanco, quienes acordaron por unanimidad dividir la Sociedad, constituyendo una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada “INVERSIONES ARAUCARIA LIMITADA”, cuyos estatutos se extractan a continuación: (a) Socios: Don Patricio Vicente Adolfo Gerardo Valenzuela Larrañaga, cédula de identidad N° 6.345.378-1 y doña María Eugenia Gamboa Castelblanco, cédula de identidad N° 7.034.017-8, ambos domicliados en Avenida Las Condes N° 11.380, oficina N° 61, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; (b) Razón social: La sociedad tendrá como razón social o nombre “INVERSIONES ARAUCARIA LIMITADA”; (c) Objeto social: El objeto de la sociedad será la inversión en bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos en sociedades y valores de cualquier naturaleza; (d) Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Patricio Valenzuela Larrañaga, quien, actuando individualmente, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia o impedimento de don Patricio Valenzuela Larrañaga, la administración y el uso de la razón social corresponderá, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, a doña María Paz Valenzuela Gamboa, don Patricio Andrés Valenzuela Gamboa, doña María Jesús Valenzuela Gamboa y don Cristóbal Eugenio Valenzuela Gamboa. El o los administradores, anteponiendo a su firma la razón social, representarán y obligarán a la Sociedad, con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, según consta en el artículo Cuarto de los estatutos sociales; (e) Capital: El capital social es la cantidad de $372.894, que se aporta y paga por lo socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (i) Don Patricio Vicente Adolfo Gerardo Valenzuela Larrañaga aportó la suma de $369.165, equivalente al 99% de los derechos sociales, íntegramente aportado en caja social con anterioridad a la presente fecha; y (ii) Doña María Eugenia Gamboa Castelblanco aportó la suma de $3.729, equivalente al 1% de los derechos sociales, íntegramente aportado en caja social con anterioridad a la presente fecha; (f) Duración: E El plazo de la sociedad es de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o de cualquiera de sus prórrogas; y (g) Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se encuentra limitada a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. El Notario Público que certifica, da cuenta que los comparecientes a la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad son los únicos y actuales accionistas de la Sociedad en conformidad con su Registro de Accionistas, tenido a la vista. Santiago, 28 de noviembre de 2024.
Información societaria
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, actividades de compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles; inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
IVANHOE MAXIMILIANO ORTEGA VENNEKOOL Socio 9.xxx.xxx-3 | 9.xxx.xxx-3 | 50% | $5.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 50% | $5.000.000 |
Administradores (1)
IVANHOE MAXIMILIANO ORTEGA VENNEKOOL
Texto oficial del extracto
Álvaro González Salinas, Notario, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría Santiago, con oficio Agustinas Nº 1070, 2do Piso, certifica: por escritura pública de fecha 14/10/2022, certifica: que comparece ante mí: Don IVANHOE MAXIMILIANO ORTEGA VENNEKOOL, chileno, casado con separación de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad número nueve millones veintitrés mil setecientos setenta y uno guion tres y doña ANA MARÍA RAMÍREZ RAMÍREZ, chilena, casado con separación de bienes, empresaria, Cédula Nacional de identidad número ocho millones setecientos setenta y dos mil ciento cincuenta y uno guion cinco; todos domiciliados para estos efectos en calle Carmencita número veinticinco, piso nueve, oficina noventa y dos; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas respectivas, y exponen: que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, en adelante la “Sociedad”, que se regirá por las disposiciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: CLÁUSULA UNO) TÍTULO PRIMERO: DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la Sociedad es "INVERSIONES ARAUCARIA LIMITADA”. Artículo Segundo: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. e) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Artículo Cuarto: La duración de la sociedad será indefinida. TITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios aportan en este acto, de la siguiente manera; UNO) El socio IVANHOE MAXIMILIANO ORTEGA VENNEKOOL, ya individualizado, viene en aportar la suma de cinco millones de pesos de un capital enterado que se paga en el presente acto enterándose en la caja social. Aporte equivalente al cincuenta por ciento del total del capital de la sociedad. DOS) la socia ANA MARÍA RAMÍREZ RAMIÍREZ, ya individualizada, viene en aportar la suma de cinco millones de pesos de un capital enterado que se paga en el presente enterándose en la caja social. Aporte equivalente al cincuenta por ciento del total del capital de la sociedad. ARTÍCULO SEXTO: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores quienes, en caso de ser más de uno, estos podrán actuar de manera conjunta o separada, correspondiendo esta designación a IVANHOE MAXIMILIANO ORTEGA VENNEKOOL, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán en la forma más amplia posible, y sin que le enunciación sea taxativa, con facultades indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2022.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES ARAUCARIA LIMITADA
CVE 2579953
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES ARAUCARIA LIMITADA
CVE 2228713
