Inversiones Ansoto Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, su administración y la percepción de sus frutos.
Capital
Capital total
$50.000.000
Capital pagado
$50.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $12.500.000 |
Andrés Ignacio Berndt Benedetto Socio | - | 25% | $12.500.000 |
Sofía Juanita Berndt Benedetto Socio | - | 25% | $12.500.000 |
Tomás Antonio Berndt Benedetto Socio | - | 25% | $12.500.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
Luis Eduardo Rodríguez Burr, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia, número 1777, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2023, ante mí, don Miguel Andrés Berndt Briceño, don Andrés Ignacio Berndt Benedetto, doña Sofía Juanita Berndt Benedetto, y don Tomás Antonio Berndt Benedetto, todos domiciliados en Benjamín, número 2944, oficina 11 A, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “Inversiones Ansoto Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “Inversiones Ansoto Ltda.” Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Miguel Andrés Berndt Briceño con las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $50.000.000, el cual ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones y forma: en un 25%, don Miguel Andrés Berndt Briceño; en un 25%, don Andrés Ignacio Berndt Benedetto; en un 25%, doña Sofía Juanita Berndt Benedetto, y en el restante 25%, Tomás Antonio Berndt Benedetto. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, su administración y la percepción de sus frutos. Duración: La duración de la sociedad será de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en el tiempo y forma señalada en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de diciembre de 2023.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Ansoto Limitada
CVE 2430935
