Société à responsabilité limitée

Inversiones Alzaworker Chile Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 sept. 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-09-17Voir le PDF (CVE 1817830)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Cinco años a contar de la fecha de la presente escritura
Administration: La administración, el uso de su razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente al socio Ricardo Javier Letelier Cifuentes, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes señaladas en la escritura extractada, pudiendo delegarlas según fuere procedente o conveniente.

Objet social

En forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: adquirir, enajenar, construir, explotar y administrar bienes raíces a cualquier título, pudiendo subdividirlos, lotearlos, fusionarlos, urbanizarlos, construir en ellos viviendas o edificaciones de todo tipo, desarrollar proyectos inmobiliarios; efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, adquirirlos, enajenarlos, administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; dar o recibir préstamos de dinero, títulos, valores u otros derechos o bienes; prestar toda clase de servicios o asesorías, sean estos profesionales, técnicos, industriales, de turismo, materiales o inmateriales, o de cualquier tipo y en cualquier área o materia; efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior, sean exportación o importación de toda clase de bienes muebles o servicios, además de su transporte a cualquier lugar del extranjero o dentro de la República de Chile; comprar, vender, arrendar, explotar, intermediar, distribuir o comercializar toda clase de maquinaria en general y todos sus accionarios, sean nuevas o usadas, al por mayor y menor, bajo cualquier modalidad, incluyendo todos sus negocios relacionados y complementarios, en cualquier industria o comercio; la organización, administración, explotación, compra, venta, y tomar o dar en arrendamiento toda clase de establecimientos de servicios, comidas y bebidas, eventos, deportes o de cualquier otro objeto tales como restaurantes, bares, estadios, hoteles, gimnasios, centros de eventos y convenciones, lugares para practicar deportes o disciplinas, centros de acondicionamiento, entrenamiento y rehabilitación física, moteles, hosterías, albergues y/o en todo clase de dependencias, locales, espacios o inmuebles; cualquier actividad que determinen los socios de común acuerdo; y toda actividad necesaria para el cumplimiento de los negocios anteriores

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Ricardo Javier Letelier Cifuentes

Socio

70%

Javier Alexis Letelier Pizarro

Socio

10%

Ricardo Nicolás Letelier Contreras

Socio

10%

Diego Alberto Letelier Contreras

Socio

10%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N°178, quinto piso, comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2020, Repertorio N°113.576-2020, otorgada ante mí, comparecieron /i/ Ricardo Javier Letelier Cifuentes; /ii/ Javier Alexis Letelier Pizarro; /iii/ Ricardo Nicolás Letelier Contreras; y /iv/ Diego Alberto Letelier Contreras; todos domiciliados en Avenida Príncipe de Gales N°5.921, oficina 710, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad con la Ley N°3.918 /en adelante denominada la “Sociedad”/, cuyos estatutos extracto a continuación: 1. NOMBRE DE LA SOCIEDAD: Inversiones Alzaworker Chile Limitada. 2. OBJETO DE LA SOCIEDAD: En forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: /i/ adquirir, enajenar, construir, explotar y administrar bienes raíces a cualquier título, pudiendo subdividirlos, lotearlos, fusionarlos, urbanizarlos, construir en ellos viviendas o edificaciones de todo tipo, desarrollar proyectos inmobiliarios; /ii/ efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, adquirirlos, enajenarlos, administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; /iii/ dar o recibir préstamos de dinero, títulos, valores u otros derechos o bienes; /iv/ prestar toda clase de servicios o asesorías, sean estos profesionales, técnicos, industriales, de turismo, materiales o inmateriales, o de cualquier tipo y en cualquier área o materia; /v/ efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior, sean exportación o importación de toda clase de bienes muebles o servicios, además de su transporte a cualquier lugar del extranjero o dentro de la República de Chile; /vi/ comprar, vender, arrendar, explotar, intermediar, distribuir o comercializar toda clase de maquinaria en general y todos sus accionarios, sean nuevas o usadas, al por mayor y menor, bajo cualquier modalidad, incluyendo todos sus negocios relacionados y complementarios, en cualquier industria o comercio; /vii/ la organización, administración, explotación, compra, venta, y tomar o dar en arrendamiento toda clase de establecimientos de servicios, comidas y bebidas, eventos, deportes o de cualquier otro objeto tales como restaurantes, bares, estadios, hoteles, gimnasios, centros de eventos y convenciones, lugares para practicar deportes o disciplinas, centros de acondicionamiento, entrenamiento y rehabilitación física, moteles, hosterías, albergues y/o en todo clase de dependencias, locales, espacios o inmuebles; /viii/ cualquier actividad que determinen los socios de común acuerdo; y /ix/ toda actividad necesaria para el cumplimiento de los negocios anteriores. 3. DOMICILIO DE LA SOCIEDAD: La parte de la provincia de Santiago sobre la cual tiene jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, Región Metropolitana. Lo anterior es sin perjuicio de poder establecer oficinas o sucursales en cualquier parte del país o el extranjero. 4. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: Cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad mediante declaración que deberá efectuarse por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio con al menos seis meses de anticipación al vencimiento original o cualquiera de sus prórrogas. 5. CAPITAL DE LA SOCIEDAD: 1.000.000 de pesos, moneda de curso legal. 6. PARTICIPACIONES DE CADA SOCIO EN EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD: El capital de la Sociedad fue pagado íntegramente por los socios en el acto de constitución de la Sociedad, en la siguiente proporción: /i/ Ricardo Javier Letelier Cifuentes aportó 700.000 pesos, moneda de curso legal, en dinero efectivo, correspondiente al 70% de los derechos sociales en la Sociedad; /ii/ Javier Alexis Letelier Pizarro aportó 100.000 pesos, moneda de curso legal, en dinero efectivo, correspondiente al 10% de los derechos sociales en la Sociedad; /iii/ Ricardo Nicolás Letelier Contreras aportó 100.000 pesos, moneda de curso legal, en dinero efectivo, correspondiente al 10% de los derechos sociales en la Sociedad; y /iv/ Diego Alberto Letelier Contreras aportó 100.000 pesos, moneda de curso legal, en dinero efectivo, correspondiente al 10% de los derechos sociales en la Sociedad. 7. RESPONSABILIDAD: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. 8. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: La administración, el uso de su razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente al socio Ricardo Javier Letelier Cifuentes, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes señaladas en la escritura extractada, pudiendo delegarlas según fuere procedente o conveniente. Demás estipulaciones en escritura extractada. MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, NOTARIO PÚBLICO. Santiago, 11 de Septiembre de 2020. DOY FE.-

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