Sociedad por Acciones

Interfood SpA

CONSTITUCIÓN — 26 oct 2024

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2024-10-26Ver PDF (CVE 2563188)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los accionistas ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA, RAIMUNDO LIOI VERGARA y MARIA JOSE ROMERO ARRAU, actuando de manera conjunta cualquiera de dos de los tres, anteponiendo su firma.

Objeto social

a) Elaboración, manipulación y envasado de productos alimenticios, entre otros: Galletas, donuts, muffins, pastelería, café, helados y similares; b) Comercialización al por mayor y al detalle de los alimentos recién señalados, en locales propios, delivery u otro tipo de despacho; c) Distribución de estos alimentos; d) Explotación de la marca como franquicia u otros. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

10.000

Socios (4)

NombreParticipación

ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA

Accionista

19.xxx.xxx-8

30%

ANA MARIA MARCELA ARBEA CABRERA

Accionista

17.xxx.xxx-4

20%

RAIMUNDO LIOI VERGARA

Accionista

20.xxx.xxx-0

30%

INVERSIONES AR SpA

Accionista

77.840.661-6

20%

Administradores (3)

ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA

19.xxx.xxx-8Administrador

RAIMUNDO LIOI VERGARA

20.xxx.xxx-0Administrador

MARIA JOSE ROMERO ARRAU

15.xxx.xxx-6Administrador

Representantes ante el SII (3)

ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA

19.xxx.xxx-8Representante

RAIMUNDO LIOI VERGARA

20.xxx.xxx-0Representante

MARIA JOSE ROMERO ARRAU

15.xxx.xxx-6Representante

Texto oficial del extracto

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría, ubicada en Avenida Apoquindo 3196, Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2024, Repertorio No. 7.105, ante mí, don ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA, chileno, soltero, estudiante de derecho, cedula de identidad número diecinueve millones novecientos cincuenta y cinco mil ciento cincuenta y cinco guion ocho, domiciliado en Condominio Parque Colonial Parcela tres, caminó Lonquén, comuna de Calera de Tango, Santiago, Región Metropolitana; doña ANA MARIA MARCELA ARBEA CABRERA, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, cirujano dentista, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos ocho mil cuatrocientos sesenta y ocho guion cuatro, domiciliada en Pasaje Ardenes número mil quinientos noventa y dos, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana; don RAIMUNDO LIOI VERGARA, chileno, soltero, estudiante de derecho, cedula de identidad número veinte millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y dos guion cero, domiciliado en calle Walter Muller número seis mil ciento treinta y cuatro, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; e INVERSIONES AR SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones ochocientos cuarenta mil seiscientos sesenta y uno guion seis, representada legalmente MARIA JOSE ROMERO ARRAU, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, factor de comercio, cedula nacional de identidad número quince millones ochocientos setenta y nueve mil trescientos setenta y siete guion seis, ambos domiciliados en calle Monseñor Adolfo Rodríguez número doce mil seiscientos treinta y uno, Casa veintiocho, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, todos mayores de edad, a quien doy fe de conocer por haberme acreditado sus identidades con las cédulas antes citadas, constituyeron una Sociedad por Acciones, de nombre “INTERFOOD SpA”, domicilio Santiago; Objeto social: a) Elaboración, manipulación y envasado de productos alimenticios, entre otros: Galletas, donuts, muffins, pastelería, café, helados y similares; b) Comercialización al por mayor y al detalle de los alimentos recién señalados, en locales propios, delivery u otro tipo de despacho; c) Distribución de estos alimentos; d) Explotación de la marca como franquicia u otros. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero; Capital: $20.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y se pagan de la siguiente manera: ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA suscribe tres mil acciones por un valor de seis millones de pesos, que entera en este acto al contado y en dinero en efectivo; ANA MARIA MARCELA ARBEA CABRERA suscribe dos mil acciones por un valor de cuatro millones de pesos, que entera en este acto al contado y en dinero en efectivo; RAIMUNDO LIOI VERGARA suscribe tres mil acciones por un valor de seis millones de pesos, que entera en este acto al contado y en dinero en efectivo; INVERSIONES AR SpA suscribe dos mil acciones por un valor de cuatro millones de pesos, que entera en este acto al contado y en dinero en efectivo. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los accionistas ANDRÉS IGNACIO ARBEA CABRERA y RAIMUNDO LIOI VERGARA, previamente individualizados, y doña MARIA JOSE ROMERO ARRAU, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos setenta y nueve mil trescientos setenta y siete guion seis, de tal forma que actuando de manera conjunta cualquiera de los dos, de los tres recién mencionados, anteponiendo su firma, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de octubre 2024. HQM. Not. Pub..

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