Sociedad por Acciones

Instalaciones Y Servicios SpA

CONSTITUCIÓN — 1 feb 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-02-01Ver PDF (CVE 1540299)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto: a) Prestar servicios de instalación, montaje y logística para todo tipo de proyectos relacionados a la tecnología, mobiliario, iluminación, telas y otros; incluyendo el diseño e implementación de los proyectos, el asesoramiento en la selección y adquisición de elementos nacionales y extranjeros que requiera la ejecución de dichos proyectos. b) Importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de artículos y bienes, incluyendo luminarias, mobiliarios, telas, sistemas y equipos computacionales, sistemas operativos y/o software; los repuestos, partes y accesorios, sea por cuenta propia o ajena. c) lnvertir en toda clase de bienes muebles, ya sean corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena, incluidos derechos y acciones en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones, cualquiera sea su objeto, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, con la finalidad de obtener las rentas que tales inversiones generen. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro social y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pendiente

$5.000.000

Acciones

5000

Socios (1)

NombreParticipación

MAGENS S.A.

Accionista

100%

Representación legal (2)

Felipe Figueroa Calderón

En representación de MAGENS S.A.

Carlos Brito Claissac

En representación de MAGENS S.A.

Texto oficial del extracto

Eduardo Avello Concha, Abogado, Notario Público, Titular 27 Notaría, Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de esta fecha, otorgada ante mí, MAGENS S.A., representada por Felipe Figueroa Calderón y Carlos Brito Claissac, constituyen sociedad por acciones en los siguientes términos: Razón Social: “INSTALACIONES Y SERVICIOS SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Prestar servicios de instalación, montaje y logística para todo tipo de proyectos relacionados a la tecnología, mobiliario, iluminación, telas y otros; incluyendo el diseño e implementación de los proyectos, el asesoramiento en la selección y adquisición de elementos nacionales y extranjeros que requiera la ejecución de dichos proyectos. b) Importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de artículos y bienes, incluyendo luminarias, mobiliarios, telas, sistemas y equipos computacionales, sistemas operativos y/o software; los repuestos, partes y accesorios, sea por cuenta propia o ajena. c) lnvertir en toda clase de bienes muebles, ya sean corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena, incluidos derechos y acciones en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones, cualquiera sea su objeto, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, con la finalidad de obtener las rentas que tales inversiones generen. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro social y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas Capital: El capital de la sociedad será de $5.000.000.-, que se divide en 5.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscribe en su totalidad por MAGENS S.A., quien las pagará dentro del plazo de 3años a contar de esta fecha, en dinero efectivo, mediante capitalización de créditos que mantengan los accionistas en contra de la Sociedad, o bien con otros muebles o inmuebles, corporales o incorporales y/o derechos que recaigan sobre ellos, de acuerdo a las estimaciones que efectúen la unanimidad de las acciones emitidas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 9 de enero de 2019.

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