Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Segma 2 Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 nov 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-11-26Ver PDF (CVE 1141747)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Cinco años a contar desde la fecha de la presente escritura, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de no perseverar en la sociedad mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a ciento ochenta días al vencimiento
Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA.

Objeto social

La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquiera actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$34.705.780

Capital pagado

$34.705.780

Socios (3)

NombreParticipación

JOSÉ LUIS MACAYA JORQUERA

Socio

33.34%

PABLO LEONARDO MACAYA JORQUERA

Socio

33.33%

GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA

Socio

33.33%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, 41° Notaría de S antiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, JOSÉ LUIS MACAYA JORQUERA, GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA; y PABLO LEONARDO MACAYA JORQUERA, todos domiciliados para estos efectos en Carlos Valdovinos 2199, comuna de Pedro Aguirre Cerda, paso ésta; como únicos y actuales socios de INMOBILIARIA SEGMA LIMITADA, Rol Único Tributario 76.307.634-2, inscrita a fojas 3.455 Número 2.255 año 2013 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acuerdan dividir la sociedad INMOBILIARIA SEGMA LIMITADA, con efecto a contar de la escritura extractada, subsistiendo esta última y conservando su RUT y razón social; y originándose una sociedad de responsabilidad limitada producto de la division con la razón social INMOBILIARIA SEGMA 2 LIMITADA. DOS) Como consecuencia de la división antes estipulada, la sociedad continuadora “INMOBILIARIA SEGMA LIMITADA”, sufre una disminución de su capital actual que es de cuatrocientos setenta y cuatro millones setecientos setenta y un mil doscientos setenta y seis pesos, se disminuye el capital en la suma de treinta y cuatro millones setecientos cinco mil setecientos ochenta pesos, monto éste último que representa el capital asignado a la nueva sociedad que nace de la división; asimismo, la sociedad continuadora “INMOBILIARIA SEGMA LIMITADA” queda con un patrimonio de quinientos treinta millones ochocientos veintisiete mil quinientos dos pesos. Como consecuencia de la disminución del capital, los socios acuerdan modificar la cláusula Sexta del estatuto social relativa al capital de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “Sexto. Capital. El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos cuarenta millones sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa y seis pesos, ya pagados por los socios en los siguientes montos: a) Don JOSÉ LUIS MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de ciento cuarenta y seis millones setecientos diecisiete mil ochocientos treinta y seis pesos, en dinero, equivalente al 33,34 por ciento de los derechos sociales b) Don PABLO LEONARDO MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de ciento cuarenta y seis millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos treinta pesos, equivalente al 33,33 por ciento de los derechos sociales y c) GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de ciento cuarenta y seis millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos treinta pesos, en dinero, equivalente al 33,33 por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, la totalidad del capital social se ha aportado, enterado y pagado conforme se ha indicado.” En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de INMOBILIARIA SEGMA LIMITADA.- los cuales constan de escritura pública de fecha 02 de Enero de 2013 otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Perry Pefaur. TRES) Producto de la division mencionada nace una sociedad de responsabilidad limitada cuyos socios serán: JOSÉ LUIS MACAYA JORQUERA, GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA; y PABLO LEONARDO MACAYA JORQUERA, todos domiciliados para estos efectos en Carlos Valdovinos 2199, comuna de Pedro Aguirre Cerda, paso ésta, y sus estatutos se extractan: NOMBRE: El nombre y razón social será INMOBILIARIA SEGMA 2 LIMITADA. OBJETO: El objeto de la Sociedad es: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquiera actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL.- El capital de la sociedad es treinta y cuatro millones setecientos cinco mil setecientos ochenta pesos que se entera y paga por los socios en este acto, en los siguientes montos y porcentajes: a) don JOSÉ LUIS MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de once millones quinientos setenta mil novecientos siete pesos, en dinero, equivalente al 33,34 por ciento de los derechos sociales ; b) don PABLO LEONARDO MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de once millones quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos treinta y siete pesos, en dinero, equivalente al 33,33 por ciento de los derechos sociales; y c) don GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA ha aportado, enterado y pagado la suma de once millones quinientos sesenta y siete mil cuatrocientos treinta y siete pesos, en dinero, equivalente al 33,33 por ciento de los derechos sociales. En consecuencia la totalidad del capital social se ha aportado, enterado y pagado en este acto conforme se ha indicado.- RESPONSABILIDAD.- Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don GABRIEL ALEJANDRO MACAYA JORQUERA. DOMICILIO: Santiago. DURACIÓN: La sociedad se pacta por un período de cinco años a contar desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por períodos iguales y sucesivos de cinco años si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de no perseverar en la sociedad, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con una anticipación no inferior a ciento ochenta días al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago 21 de Noviembre de 2016. Félix Jara Cadot. N.P.

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