Société par actions

Inmobiliaria Santa Julia I SpA

CONSTITUCIÓN — 6 févr. 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-02-06Voir le PDF (CVE 1892507)

Informations sociétaires

SpA
Santa María, Valparaíso
Administration: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por un Administrador, el cual será designado por la Junta de Accionistas conforme a lo establecido en el artículo séptimo de los estatutos. Dos cualquiera de los administradores designados deben actuar conjuntamente.

Objet social

La explotación, compra y venta, arrendamiento, la urbanización, subdivisión, edificación o construcción, y en general la adquisición o enajenación, posesión o tenencia, y la administración, por cuenta propia o de terceros y para la sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rurales o agrícolas; y, la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento o comercialización de conjuntos habitacionales, casas habitaciones, edificios de departamentos, oficinas, locales comerciales y otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá comprar y vender, y adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, valores, acciones, derechos, bonos, debentures u otros efectos de comercio, bienes inmuebles; entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato o cualquier otro título de mera tenencia; constituir respecto de ellos hipotecas, prendas y cualquier otro gravamen o derechos reales; en los bienes raíces podrá construir, mejorar, remodelar, decorar, edificar y transformar, sean o no necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes propios o ajenos; asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de toda clase de negocios lícitos y si es necesario constituirse en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase de contratos o convenciones, nominadas o innominadas; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza; finalmente ejecutar todos los actos, contratos y convenciones necesarios o convenientes para el desarrollo de los objetos señalados precedentemente y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas que se relacione o complemente el giro social, y en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (1)

NomParticipation

INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.

Accionista

96.714.060-0

100%

Administrateurs (4)

José Ignacio Loeser Bravo

9.xxx.xxx-3Administrador

Diego Croquevielle Sánchez

10.xxx.xxx-9Administrador

Représentation légale (2)

José Ignacio Loeser Bravo

9.xxx.xxx-3En représentation de INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.96.714.060-0

Diego Croquevielle Sánchez

10.xxx.xxx-9En représentation de INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.96.714.060-0

Texte officiel de l’extrait

María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular 27° Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, certifica: por escritura pública de 02/02/2021, Repertorio n° 2158/2021, ante mí, “INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.”, RUT N° 96.714.060-0, representada por José Ignacio Loeser Bravo, CI N° 9.232.153.3, y por Diego Croquevielle Sánchez, CI N° 10.588.309-9, todos domiciliados en avenida Santa María 2160, Providencia, constituyen sociedad por acciones.- Nombre: “INMOBILIARIA SANTA JULIA I SpA” nombre de fantasía “SANTA JULIA I SpA”. Objeto. La explotación, compra y venta, arrendamiento, la urbanización, subdivisión, edificación o construcción, y en general la adquisición o enajenación, posesión o tenencia, y la administración, por cuenta propia o de terceros y para la sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rurales o agrícolas; y, la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento o comercialización de conjuntos habitacionales, casas habitaciones, edificios de departamentos, oficinas, locales comerciales y otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá comprar y vender, y adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, valores, acciones, derechos, bonos, debentures u otros efectos de comercio, bienes inmuebles; entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato o cualquier otro título de mera tenencia; constituir respecto de ellos hipotecas, prendas y cualquier otro gravamen o derechos reales; en los bienes raíces podrá construir, mejorar, remodelar, decorar, edificar y transformar, sean o no necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes propios o ajenos; asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de toda clase de negocios lícitos y si es necesario constituirse en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase de contratos o convenciones, nominadas o innominadas; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza; finalmente ejecutar todos los actos, contratos y convenciones necesarios o convenientes para el desarrollo de los objetos señalados precedentemente y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas que se relacione o complemente el giro social, y en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagados. Administración: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por un Administrador, el cual será designado por la Junta de Accionistas conforme a lo establecido en el artículo séptimo de los estatutos. Se designa como administrador de la Sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo Séptimo permanente de los estatutos sociales, a Enrique Andrés Loeser Bravo, a José Ignacio Loeser Bravo, a Fernando Guzmán Hargous y a Diego Croquevielle Sánchez, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, cuyas designaciones se mantendrán vigentes mientras no sean revocadas por la Junta General de Accionistas.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 3 de febrero de 2021.

ConstitutionDiario Oficial · 2021-02-05Voir le PDF (CVE 1891644)

Informations sociétaires

SpA
Santa María, Valparaíso
Administration: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por un Administrador, el cual será designado por la Junta de Accionistas conforme a lo establecido en el artículo séptimo de los estatutos. Se designa como administrador de la Sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo Séptimo permanente de los estatutos sociales, a Enrique Andrés Loeser Bravo, a José Ignacio Loeser Bravo, a Fernando Guzmán Hargous y a Diego Croquevielle Sánchez, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos.

Objet social

La explotación, compra y venta, arrendamiento, la urbanización, subdivisión, edificación o construcción, y en general la adquisición o enajenación, posesión o tenencia, y la administración, por cuenta propia o de terceros y para la sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rurales o agrícolas; y, la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento o comercialización de conjuntos habitacionales, casas habitaciones, edificios de departamentos, oficinas, locales comerciales y otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá comprar y vender, y adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, valores, acciones, derechos, bonos, debentures u otros efectos de comercio, bienes inmuebles; entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato o cualquier otro título de mera tenencia; constituir respecto de ellos hipotecas, prendas y cualquier otro gravamen o derechos reales; en los bienes raíces podrá construir, mejorar, remodelar, decorar, edificar y transformar, sean o no necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes propios o ajenos; asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de toda clase de negocios lícitos y si es necesario constituirse en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase de contratos o convenciones, nominadas o innominadas; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza; finalmente ejecutar todos los actos, contratos y convenciones necesarios o convenientes para el desarrollo de los objetos señalados precedentemente y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas que se relacione o complemente el giro social, y en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (1)

NomParticipation

INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.

Accionista

96.714.060-0

1 000 act.

Administrateurs (4)

José Ignacio Loeser Bravo

9.xxx.xxx-3Administrador

Diego Croquevielle Sánchez

10.xxx.xxx-9Administrador

Représentation légale (2)

José Ignacio Loeser Bravo

9.xxx.xxx-3En représentation de INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.96.714.060-0

Diego Croquevielle Sánchez

10.xxx.xxx-9En représentation de INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.96.714.060-0

Texte officiel de l’extrait

María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular 27° Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, certifica: por escritura pública de 02/02/2021, Repertorio n° 2158/2021, ante mí, “INMOBILIARIA ALTAS CUMBRES S.A.”, RUT N° 96.714.060-0, representada por José Ignacio Loeser Bravo, CI N° 9.232.153.3, y por Diego Croquevielle Sánchez, CI N° 10.588.309-9, todos domiciliados en avenida Santa María 2160, Providencia, constituyen sociedad por acciones.- Nombre: “INMOBILIARIA SANTA JULIA I SpA” nombre de fantasía “SANTA JULIA I SpA”. Objeto. La explotación, compra y venta, arrendamiento, la urbanización, subdivisión, edificación o construcción, y en general la adquisición o enajenación, posesión o tenencia, y la administración, por cuenta propia o de terceros y para la sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rurales o agrícolas; y, la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento o comercialización de conjuntos habitacionales, casas habitaciones, edificios de departamentos, oficinas, locales comerciales y otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá comprar y vender, y adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, valores, acciones, derechos, bonos, debentures u otros efectos de comercio, bienes inmuebles; entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato o cualquier otro título de mera tenencia; constituir respecto de ellos hipotecas, prendas y cualquier otro gravamen o derechos reales; en los bienes raíces podrá construir, mejorar, remodelar, decorar, edificar y transformar, sean o no necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes propios o ajenos; asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de toda clase de negocios lícitos y si es necesario constituirse en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase de contratos o convenciones, nominadas o innominadas; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza; finalmente ejecutar todos los actos, contratos y convenciones necesarios o convenientes para el desarrollo de los objetos señalados precedentemente y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas que se relacione o complemente el giro social, y en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con lo anterior. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagados. Administración: La administración y representación de la Sociedad será ejercida por un Administrador, el cual será designado por la Junta de Accionistas conforme a lo establecido en el artículo séptimo de los estatutos. Se designa como administrador de la Sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo Séptimo permanente de los estatutos sociales, a Enrique Andrés Loeser Bravo, a José Ignacio Loeser Bravo, a Fernando Guzmán Hargous y a Diego Croquevielle Sánchez, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, cuyas designaciones se mantendrán vigentes mientras no sean revocadas por la Junta General de Accionistas.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2021.

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