Inmobiliaria Sanger Sociedad De Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y del derecho real de usufructo, por cuenta propia o ajena; la constitución de usufructos respecto de inmuebles, y la explotación de los mismos; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que estimaren los comparecientes.
資本
總資本
$100.000.000
實繳資本
$90.000.000
待繳資本
$10.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 50% | $50.000.000 |
Socio 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | 50% | $50.000.000 |
摘要官方正文
RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos domiciliados en calle Arturo Prat 770, Certifica: Que por escritura pública, de fecha 16 de noviembre de 2020, otorgada ante mí, doña VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ, arquitecto, CI N°13.730.440-6, El Valle 950, Temuco; y CARLOS PATRICIO GOMEZ SAEZ, CI N°13.515.420-2, Phillipi 677, Departamento 603, Temuco; procedieron a constituir una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social, es INMOBILIARIA SANGER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía INMOBILIARIA SANGER LTDA. El giro de sociedad, será: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y del derecho real de usufructo, por cuenta propia o ajena; la constitución de usufructos respecto de inmuebles, y la explotación de los mismos; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que estimaren los comparecientes. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes en forma individual o en conjunto, y actuando de la manera indicada y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con amplias facultades. El capital social será la suma de $100.000.000.- aportados de la siguiente forma: a) VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ, aporta $50.000.000.- aportando su arte o ciencia como arquitecto, lo que se avalúa en la suma de $40.000.000.- lo que queda enterado en la caja social, los $10.000.000.- restantes, los suscribirá en cuotas de $500.000.- contando con un plazo de veinte meses desde la firma de la presente escritura; y b) CARLOS PATRICIO GOMEZ SAEZ aporta $50.000.000.- aportando el inmueble ubicado en calle Sanger N°115, actualmente calle Sanger N°1065, de la ciudad de Temuco, inscrito a fojas 4.476 vuelta, N°3.689 del Registro de Propiedad del año 2014, del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, que las partes avalúan en $50.000.000.-. Domicilio, será la ciudad de Temuco. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades, así como las eventuales pérdidas del ejercicio social, se distribuirán entre los socios por partes iguales. La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública de declaración en tal sentido, la que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad. Todo ello con una anticipación mínima de seis meses al término del respectivo período. Demás estipulaciones, escritura extractada. Temuco, 30 de diciembre de 2020.
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公司目的
La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y del derecho real de usufructo, por cuenta propia o ajena; la constitución de usufructos respecto de inmuebles, y la explotación de los mismos; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que estimaren los comparecientes.
資本
總資本
$100.000.000
實繳資本
$90.000.000
待繳資本
$10.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 50% | $50.000.000 |
Socio 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | 50% | $50.000.000 |
摘要官方正文
Rodrigo Sanhueza Ríos, Notario Público de Temuco, Suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos domiciliado en calle Arturo Prat 770, Certifica: Que por escritura pública, de fecha dieciséis de noviembre de 2020, otorgada ante mí : VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ, arquitecto, CI N°13.730.440-6, El Valle 950, Temuco; y CARLOS PATRICIO GOMEZ SAEZ, CI N°13.515.420-2, Phillipi 677, Departamento 603, Temuco; procedieron a constituir una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social, es INMOBILIARIA SANGER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía INMOBILIARIA SANGER LTDA. El giro de sociedad, será: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, y del derecho real de usufructo, por cuenta propia o ajena; la constitución de usufructos respecto de inmuebles, y la explotación de los mismos; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que estimaren los comparecientes. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes en forma individual o en conjunto, y actuando de la manera indicada y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con amplias facultades. El capital social será la suma de $100.000.000.- aportados de la siguiente forma: a) VANESSA XIMENA SCHNEIDER MARTINEZ, aporta $50.000.000.- aportando su arte o ciencia como arquitecto, lo que se avalúa en la suma de $40.000.000.- lo que queda enterado en la caja social, los $10.000.000.- restantes, los suscribirá en cuotas de $500.000.- contando con un plazo de veinte meses desde la firma de la presente escritura; y b) CARLOS PATRICIO GOMEZ SAEZ aporta $50.000.000.- aportando el inmueble ubicado en calle Sanger N°115, actualmente calle Sanger N°1065, de la ciudad de Temuco, inscrito a fojas 4.476 vuelta, N°3.689 del Registro de Propiedad del año 2014, del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Domicilio, será la ciudad de Temuco. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades, así como las eventuales pérdidas del ejercicio social, se distribuirán entre los socios por partes iguales. La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública de declaración en tal sentido, la que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad. Todo ello con una anticipación mínima de seis meses al término del respectivo período. Demás estipulaciones, escritura extractada. Temuco, 16 de noviembre de 2020.
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