Inmobiliaria Neumasuper Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La administración, explotación y arrendamiento de bienes raíces; b) Los demás negocios que acuerden los socios unánimemente.
Capital
Capital total
$8.400.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA Socio | - | 94% | $7.896.000.000 |
Socio | - | 2% | $168.000.000 |
DAVID CORNELIO MICHAEL TORNEL PASCUAL Socio | - | 2% | $168.000.000 |
Socio | - | 2% | $168.000.000 |
Administradores (4)
Representação legal (1)
Texto oficial do extrato
FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Público Suplente del Titular 2 Notaría Rancagua JAIME BERNALES VALENZUELA, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Por escritura fecha 13-03-2018 ante Notario Titular, Rep. Nº 1219 -2018, comparecen la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA, representada por doña VALERA EUGENIA PASCUAL TORNEL, ambos domiciliados en Avenida España número 145, comuna de Santiago, de paso en ésta; don DANIEL ANDRÉS TORNEL PASCUAL, domiciliado en San Martín 280 de la comuna de Temuco, y de paso en ésta; don DAVID CORNELIO MICHAEL TORNEL PASCUAL, domiciliado en Avenida España 72 de la comuna de Estación Central, de paso en ésta; y doña DINA MARISOL TORNEL PASCUAL, del mismo domicilio del anterior, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos y, en lo no previsto en ellos, por las disposiciones del Código Civil, Código de Comercio y de la ley número tres mil novecientos dieciocho. El nombre o razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el extranjero o en otras partes del país. La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña VALERA EUGENIA PASCUAL TORNEL, a don DANIEL ANDRÉS TORNEL PASCUAL, a don DAVID CORNELIO MICHAEL TORNEL PASCUAL y a doña DINA MARISOL TORNEL PASCUAL, quienes deberán actuar, a lo menos, dos de ellos de forma conjunta. Para celebrar contratos de promesa de compraventa de inmuebles, compraventa de inmuebles, gravar con hipotecas inmuebles y, en general, enajenar inmuebles, los administradores tendrán las siguientes limitaciones: Mientras viva la administradora doña VALERA EUGENIA PASCUAL TORNEL, se requerirá de su consentimiento más el consentimiento de otros dos administradores; fallecida la administradora doña VALERA EUGENIA PASCUAL TORNEL, para celebrar dichos actos o contratos en relación a inmuebles, se requerirá el consentimiento de todos los restantes administradores estatutarios. El capital social es la suma de $8.400.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: A.- La sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta la cantidad de $7.896.000.000, equivalente al NOVENTA Y CUATRO por ciento de los derechos sociales, la que completa aportando a la sociedad en dominio los siguientes inmuebles y derechos: UNO) La propiedad ubicada en Avenida España números setenta y dos al noventa y seis del plano de fusión respectivo, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, La propiedad se encuentra inscrita a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintisiete número cinco mil ciento sesenta y seis del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tiene asignado el rol de avalúo fiscal número quinientos cincuenta y ocho guion veintisiete de la comuna de Santiago. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $391.910.266, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $18.280.669; B) Valor construcciones: $256.811.226; C) Valor instalaciones: $116.818.371. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado; DOS) La propiedad ubicada en Avenida Libertador Bernardo O`Higgins número cuatro mil trescientos cuarenta y siete, Comuna de Estación Central, Región Metropolitana, La propiedad se encuentra inscrita a nombre de sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos treinta número cinco mil ciento setenta y uno del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tiene asignado el rol de avalúo fiscal número quinientos veintiocho guion tres, de la comuna de Estación Central. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $595.391.447, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $457.904.958; B) Valor construcciones: $137.486.489. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado; TRES) La propiedad ubicada en calle Conde Maule número cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro, Comuna de Estación Central, Región Metropolitana, La propiedad se encuentra inscrita a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintinueve número cinco mil ciento setenta, del Registro de Propiedad del año dos mil catorce, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la cual fue rectificada a fojas tres mil cuatrocientos veintinueve número cinco mil ciento setenta del mismo Registro y Conservador, en donde se señala que la propiedad se encuentra ubicada en calle Conde Maule número cuatro mil trescientos treinta y cuatro: y no en el número cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro. Tiene asignado el rol de avalúo fiscal número quinientos veintiocho guion veintiséis de la comuna de Estación Central. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $25.476.296, valor que corresponde al terreno. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado; CUATRO) La propiedad ubicada en calle Salvador Sanfuentes número dos mil trescientos setenta y tres al dos mil trescientos setenta y cinco, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, La propiedad se encuentra inscrita a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintinueve número cinco mil ciento sesenta y nueve del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La propiedad tiene asignado el rol de avalúo fiscal número quinientos cincuenta y ocho guion dieciocho, de la comuna de Santiago. La propiedad es avaluada por los socios en la suma de $111.496.330, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $80.923.205; B) Valor construcciones: $30.573.125. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, en los precios en que los socios los han avaluado; CINCO) La propiedad ubicada en Avenida España números ciento treinta y uno al ciento cuarenta y cinco del plano de fusión respectivo, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, El inmueble se encuentra inscrito a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintiocho número cinco mil ciento sesenta y siete del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tiene asignado el rol de avalúo fiscal número seiscientos treinta – tres y seiscientos treinta - cuatro ambos de la comuna de Santiago Oeste. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $1.238.474.092, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $594.661.612; B) Valor construcciones: $579.032.150; C) Valor instalaciones: $9.482.377; Valor obras: $55.297.953. En este la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado; SEIS) La propiedad ubicada en calle Salvador Sanfuentes número dos mil trescientos sesenta y siete al dos mil trescientos sesenta y nueve, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, El inmueble se encuentra inscrito a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintiocho número cinco mil ciento sesenta y ocho, del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tiene asignado el rol de avalúo fiscal número quinientos cincuenta y ocho guion diecisiete de la comuna de Santiago. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $94.569.106, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $69.493.459; B) Valor construcciones: $25.075.647. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado; SIETE) Los derechos equivalentes a un diecinueve coma cuarenta y dos por ciento en la propiedad ubicada en Avenida España números cincuenta y cuatro al sesenta y ocho, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, Los derechos se encuentran inscritos a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas tres mil cuatrocientos veintisiete número cinco mil ciento sesenta y cinco, del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tienen asignados el rol de avalúo fiscal número quinientos cincuenta y ocho guion setenta y cinco, y quinientos cincuenta y ocho guion setenta y cuatro de la comuna de Santiago. Estos derechos están avaluados por los socios en la suma de $111.120.220, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $93.141.495; B) Valor construcciones: $17.978.725. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, los derechos recién singularizados, en el precio en que los socios lo han avaluado; OCHO) Los siguientes inmuebles ubicados en la comuna de Antofagasta: A) Inmueble correspondiente al LOTE A, de la subdivisión del sitio número seis, de la manzana número veintidós, del Sector Agrícola La Chimba, descrito en el plano archivado al final del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil nueve, bajo el número setecientos cincuenta y seis. B) Inmueble correspondiente al LOTE B, de la subdivisión del sitio número seis, de la manzana número veintidós, del Sector Agrícola La Chimba, descrito en el plano archivado al final del Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil nueve, bajo el número setecientos cincuenta y seis. Estos Los inmuebles se encuentran inscritos a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas cuatro mil cuarenta y ocho número cuatro mil doscientos diecisiete del Registro de Propiedad del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta. Los inmuebles tienen asignados los roles de avalúo fiscal número dieciséis mil ciento diez guion ocho y dieciséis mil ciento diez guion cuatro, respectivamente, de la comuna de Antofagasta. Estos inmuebles son avaluados por los socios en la suma de $2.149.915.071, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $451.466.980; B) Valor construcciones: $1.698.448.091. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, los inmuebles recién singularizados, en el precio en que los socios lo han avaluado; NUEVE) El inmueble ubicado en Avenida General Velásquez número diez mil novecientos uno, de la comuna de San Bernardo, que corresponde a la parcela veintitrés Sur uno A, formada por la subdivisión y fusión de la Parcela veintitrés Sur uno del ex Fundo Santa Margarita, y el lote H dos de la subdivisión del lote H del resto del ex fundo La Divisa, Lo Espejo, El inmueble se encuentra inscrito a nombre de la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA a fojas cuatrocientos veintitrés número setecientos treinta y cinco del Registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo. El inmueble tiene asignados el rol de avalúo fiscal número cuatro mil cuatrocientos veintiséis guión catorce de la comuna de San Bernardo. Este inmueble es avaluado por los socios en la suma de $3.177.647.172, valor que se desglosa de la siguiente manera: A) Valor terreno: $1.019.388.769; B) Valor construcciones: $1.630.260.838; C) Valor instalaciones: $527.997.565. En este acto la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA aporta en sociedad, cede y transfiere a la sociedad INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA, la que la recibe como aporte en sociedad, acepta y adquiere para sí, el inmueble recién singularizado, en el precio en que los socios lo han avaluado. El valor del aporte de los inmuebles y derechos antes singularizados, hecho por la sociedad INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA asciende a $7.896.000.000; B.- El socio don DANIEL ANDRÉS TORNEL PASCUAL, se obliga a aportar la cantidad de $168.000.000, equivalente al DOS por ciento de los derechos sociales, que enterará en el plazo de OCHO años a contar de la fecha de la presente escritura y de acuerdo con las necesidades de la sociedad. C.- El socio don DAVID CORNELIO MICHAEL TORNEL PASCUAL, se obliga a aportar la cantidad de $168.000.000, equivalente al DOS por ciento de los derechos sociales, que enterará en el plazo de OCHO años a contar de la fecha de la presente escritura y de acuerdo con las necesidades de la sociedad. D.- La socia doña DINA MARISOL TORNEL PASCUAL, se obliga a aportar la cantidad de $168.000.000, equivalente al DOS por ciento de los derechos sociales, que enterará en el plazo de OCHO años a contar de la fecha de la presente escritura y de acuerdo con las necesidades de la sociedad. El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La administración, explotación y arrendamiento de bienes raíces; b) Los demás negocios que acuerden los socios unánimemente. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura de constitución y tendrá una duración de QUINCE años a contar de esta misma fecha, renovables por periodos de DOS años cada uno, en forma automática y sucesiva, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública, de la que se tomará razón al margen de la inscripción social con un año de anticipación, a lo menos, a la fecha fijada para la próxima renovación. Sin embargo, cumplido el décimo año de duración de la sociedad, por voluntad manifestada por escritura pública por al menos tres de los socios, de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción social, se podrá acordar poner término a la sociedad anticipadamente. Se deja constancia que la muerte de un socio persona natural o la disolución de un socio persona jurídica, no provocará ni causará la disolución de la sociedad que por este acto se constituye, la que continuará entre los demás socios y los herederos del socio difunto, o los sucesores o adjudicatarios que resulten de la liquidación de la persona jurídica socia que se disuelva. Cada vez que -en virtud de lo señalado en esta cláusula- cualquier de los socios dé el aviso manifestando su voluntad de que la sociedad no se renueve, deberá además notificarla a los demás socios con la misma anticipación mínima de un año, para lo cual los demás socios podrán manifestar su voluntad de continuar con la sociedad, caso en el cual la sociedad no se disolverá, sino que se procederá a una disminución de capital, para que el socio que dio el aviso de término proceda a retirarse; en este caso, los porcentajes que en que se deba rebajar el capital y que será el mismo porcentaje a que tendrá derecho al socio que se retire, serán los siguientes: A) INMOBILIARIA PACÍFICA LIMITADA: 25 por ciento; B) DANIEL ANDRÉS TORNEL PASCUAL: 25 por ciento; C) DAVID CORNELIO MICHAEL TORNEL PASCUAL: 25 por ciento; D) DINA MARISOL TORNEL PASCUAL: 25 por ciento. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 04 de abril de 2018.-
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA NEUMASUPER LIMITADA
CVE 1379746
