Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria Mp Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 févr. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-02-11Voir le PDF (CVE 2768136)

Informations sociétaires

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Durée: cinco años, renovable automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio Felipe Andres Manukian Aviles, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial.

Objet social

El arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; la adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, en general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.

Capital

Capital total

$110.000.000

Capital libéré

$110.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Felipe Andrés Manukian Avilés

Socio

15.xxx.xxx-2

90%

Ana Sofía Perry Fernández

Socio

15.xxx.xxx-3

10%

Administrateurs (1)

Felipe Andres Manukian Aviles

15.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior En Los Ángeles, LUIS GONZALO ALI ARCAS, Notario Público Interino de la 1° Notaría de Los Ángeles, República de Chile, a 31 de Diciembre de 2025, CERTIFICO: que, en este oficio, con fecha 26 de diciembre de 2025,ante don Álvaro Antonio Almendras Garcés, Notario Suplente de don Luis Gonzalo Ali Arcas, abogado, Notario Público Interino, de la ciudad de Los Ángeles, con oficio en calle Lautaro 325, of.4 y 5 de la misma comuna, por escritura pública, repertorio 3502-2025, Felipe Andrés Manukian Avilés, CI 15.629.110-2, domicilio en esta ciudad en calle Almagro número trescientos noventa y tres; y Ana Sofía Perry Fernández, CI 15.626.540-3, domicilio en esta ciudad, calle Almirante Latorre 0840, casa 11. Constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA MP LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA MP Ltda. El objeto de la sociedad será: uno) El objeto de la sociedad será el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales domicilio: será la ciudad de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente a la socio Felipe Andres Manukian Aviles, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial. Capital social: El capital social es la suma de ciento diez millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: UNO: El socio Felipe Andrés Manukian Avilés, aporta en dominio el siguiente bien inmueble: la casa o Unidad Numero cuarenta y ocho, ubicada en Avenida Almirante Latorre Numero Ochocientos Cuarenta, Casa número once, del Condominio Tipo A denominado “CONDOMINIO QUINTA SANTA ANA”, de la comuna de Los Ángeles. La unidad indicada tiene en dos pisos una superficie de ciento catorce coma veintidós metros cuadrados y además tiene una zona o bien común de uso y goce exclusivo de doscientos quince coma ochenta y nueve metros cuadrados.- La forma, cabida y deslindes especiales, de lo que se vende, son los que se consignan en el respectivo Plano de Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Se comprendió en la venta los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a lo vendido, en el terreno y en los demás bienes que se reputan comunes conforme a la ley Número seis mil setenta y uno, hoy número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones y al Reglamento de Copropiedad del Edificio. El inmueble en que se encuentra construido el referido edificio tiene una superficie de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve coma treinta y nueve metros cuadrados y con los siguientes deslindes particulares: NORTE, con Villa Italia en ciento ochenta y cuatro coma treinta y siete metros y con Avenida Almirante Latorre en doscientos treinta y uno coma cero siete metros en línea quebrada ; SUR, con Avenida Almirante Latorre en ciento cincuenta y uno coma doce metros y con Lote B rol mil quinientos treinta y dos guion trescientos doce en doscientos treinta y seis coma dieciocho metros; ORIENTE, con Lote Alerce Andino , en doscientos treinta y dos coma cuarenta metros en línea discontinua; y PONIENTE, con Lote A guion dos, en ciento siete coma sesenta y tres metros en línea quebrada, con Lote A guion uno en noventa y ocho coma noventa y tres metros y con Avenida Oriente en veintisiete coma veinticinco metros. El Inmueble señalado corresponde al Lote A Guion TRES que resulto de la división del inmueble denominado LOTE A de la Hijuela Norte de la Quinta Santa Ana. El título de domino a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas dos mil cuatrocientos sesenta y seis, numero dos mil doscientos diecisiete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil quince. Rol de avalúos de la comuna de Los Ángeles número setecientos catorce guion setenta y cuatro, y se encuentra al día en el pago de las contribuciones territoriales. El inmueble que se aporta es avaluado de común acuerdo por los socios en la cantidad de noventa y nueve millones de pesos equivalentes al noventa por ciento del capital social. El aporte del bien inmueble se hace ad corpus, en el estado que se encuentra el cual es conocido de los socios y aceptado por ellos, con todo lo edificado y plantado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen, prohibición, litigio, arrendamiento, embargo o juicio pendiente, con la obligación del aportante de saneamiento en conformidad a la ley. El aportante declara que, a la fecha de la firma del presente instrumento, la propiedad no registra deudas pendientes por concepto de cuentas de servicios básicos, derechos de aseo, contribuciones y gastos comunes, si los hubiere serán de su cargo. Declara el aportante que la enajenación del inmueble que da cuenta el presente contrato no está afecta al Impuesto al Valor Agregado por no existir habitualidad en la venta de inmuebles, ni existir en el inmueble construcciones, edificaciones, ampliaciones ni remodelaciones sujetas a dicho tributo. El Aportante declara que la entrega material del inmueble materia del presente acto se efectuará a la de firma del presente instrumento, libre de ocupantes y moradores y con sus servicios básicos al día, Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de cinco años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 31 de diciembre del 2025.-

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-31Voir le PDF (CVE 2763401)

Informations sociétaires

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Durée: cinco años
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio Felipe Andres Manukian Aviles, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial.

Objet social

El objeto de la sociedad será el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales

Capital

Capital total

$110.000.000

Capital libéré

$110.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Felipe Andrés Manukian Avilés

Socio

15.xxx.xxx-2

90%

Ana Sofía Perry Fernández

Socio

15.xxx.xxx-3

10%

Administrateurs (1)

Felipe Andres Manukian Aviles

15.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior En Los Ángeles, LUIS GONZALO ALI ARCAS, Notario Público Interino de la 1° Notaría de Los Ángeles, República de Chile, a 31 de Diciembre de 2025, CERTIFICO: que, en este oficio, con fecha 23 de diciembre de 2025,ante don Álvaro Antonio Almendras Garcés, Notario Suplente de don Luis Gonzalo Ali Arcas, abogado, Notario Público Interino, de la ciudad de Los Ángeles, con oficio en calle Lautaro 325, of.4 y 5 de la misma comuna, por escritura pública, repertorio 3502-2025, Felipe Andrés Manukian Avilés, CI 15.629.110-2, domicilio en esta ciudad en calle Almagro número trescientos noventa y tres; y Ana Sofía Perry Fernández, CI 15.626.540-3, domicilio en esta ciudad, calle Almirante Latorre 0840, casa 11. Constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA MP LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA MP Ltda. El objeto de la sociedad será: uno) El objeto de la sociedad será el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales domicilio: será la ciudad de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente a la socio Felipe Andres Manukian Aviles, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial. Capital social: El capital social es la suma de ciento diez millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: UNO: El socio Felipe Andrés Manukian Avilés, aporta en dominio el siguiente bien inmueble: la casa o Unidad Numero cuarenta y ocho, ubicada en Avenida Almirante Latorre Numero Ochocientos Cuarenta, Casa número once, del Condominio Tipo A denominado “CONDOMINIO QUINTA SANTA ANA”, de la comuna de Los Ángeles. La unidad indicada tiene en dos pisos una superficie de ciento catorce coma veintidós metros cuadrados y además tiene una zona o bien común de uso y goce exclusivo de doscientos quince coma ochenta y nueve metros cuadrados.- La forma, cabida y deslindes especiales, de lo que se vende, son los que se consignan en el respectivo Plano de Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Se comprendió en la venta los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a lo vendido, en el terreno y en los demás bienes que se reputan comunes conforme a la ley Número seis mil setenta y uno, hoy número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones y al Reglamento de Copropiedad del Edificio. El inmueble en que se encuentra construido el referido edificio tiene una superficie de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve coma treinta y nueve metros cuadrados y con los siguientes deslindes particulares: NORTE, con Villa Italia en ciento ochenta y cuatro coma treinta y siete metros y con Avenida Almirante Latorre en doscientos treinta y uno coma cero siete metros en línea quebrada ; SUR, con Avenida Almirante Latorre en ciento cincuenta y uno coma doce metros y con Lote B rol mil quinientos treinta y dos guion trescientos doce en doscientos treinta y seis coma dieciocho metros; ORIENTE, con Lote Alerce Andino , en doscientos treinta y dos coma cuarenta metros en línea discontinua; y PONIENTE, con Lote A guion dos, en ciento siete coma sesenta y tres metros en línea quebrada, con Lote A guion uno en noventa y ocho coma noventa y tres metros y con Avenida Oriente en veintisiete coma veinticinco metros. El Inmueble señalado corresponde al Lote A Guion TRES que resulto de la división del inmueble denominado LOTE A de la Hijuela Norte de la Quinta Santa Ana. El título de domino a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas dos mil cuatrocientos sesenta y seis, numero dos mil doscientos diecisiete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil quince. Rol de avalúos de la comuna de Los Ángeles número setecientos catorce guion setenta y cuatro, y se encuentra al día en el pago de las contribuciones territoriales. El inmueble que se aporta es avaluado de común acuerdo por los socios en la cantidad de noventa y nueve millones de pesos equivalentes al noventa por ciento del capital social. El aporte del bien inmueble se hace ad corpus, en el estado que se encuentra el cual es conocido de los socios y aceptado por ellos, con todo lo edificado y plantado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen, prohibición, litigio, arrendamiento, embargo o juicio pendiente, con la obligación del aportante de saneamiento en conformidad a la ley. El aportante declara que, a la fecha de la firma del presente instrumento, la propiedad no registra deudas pendientes por concepto de cuentas de servicios básicos, derechos de aseo, contribuciones y gastos comunes, si los hubiere serán de su cargo. Declara el aportante que la enajenación del inmueble que da cuenta el presente contrato no está afecta al Impuesto al Valor Agregado por no existir habitualidad en la venta de inmuebles, ni existir en el inmueble construcciones, edificaciones, ampliaciones ni remodelaciones sujetas a dicho tributo. El Aportante declara que la entrega material del inmueble materia del presente acto se efectuará a la de firma del presente instrumento, libre de ocupantes y moradores y con sus servicios básicos al día, Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de cinco años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 31 de diciembre del 2025.

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-09Voir le PDF (CVE 2752279)

Informations sociétaires

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Durée: cinco años, renovable automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Felipe Andrés Manukian Avilés, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial.

Objet social

El arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; la adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales

Capital

Capital total

$110.000.000

Capital libéré

$110.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Felipe Andrés Manukian Avilés

Socio

15.xxx.xxx-2

90%

Ana Sofía Perry Fernández

Socio

15.xxx.xxx-3

10%

Administrateurs (1)

Felipe Andrés Manukian Avilés

15.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior LUIS GONZALO ALI ARCAS, Abogado, Notario Público Interino Primera Notaría Los Angeles, con oficio Lautaro 325, oficinas 4 y 5, Los Angeles, Certifica: Que por escritura pública 26 de Diciembre de 2025, ante don Alvaro Antonio Almendras Garces Notario Suplente del Titular don Luis Gonzalo Ali Arcas. don Felipe Andrés Manukian Avilés, CI 15.629.110-2, domicilio en esta ciudad en calle Almagro número trescientos noventa y tres; y Ana Sofía Perry Fernández, CI 15.626.540-3, domicilio en esta ciudad, calle Almirante Latorre 0840, casa 11. Constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA MP LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA MP Ltda.. El objeto de la sociedad será: uno) El objeto de la sociedad será el arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, proyecto, construcción o ejecución de la venta de proyectos inmobiliarios; dos) La adquisición, enajenación, comercialización por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de bienes materiales e inmateriales, proyectos inmobiliarios, derechos de propiedad intelectual, derechos litigiosos, explotación de hoteles, residenciales y negocios afines; Tres) Formar parte en otras sociedades, como socio, por fusión o absorción o a cualquier otro título, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) En general, la ejecución de todo acto o contrato comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales domicilio será la ciudad de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración y representación de la Sociedad y el uso de la Razón Social corresponderá exclusivamente a la socio Felipe Andres Manukian Aviles, quién anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario o especial. Capital social: El capital social es la suma de ciento diez millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: UNO: El socio Felipe Andrés Manukian Avilés, aporta en dominio el siguiente bien inmueble: la casa o Unidad Numero cuarenta y ocho, ubicada en Avenida Almirante Latorre Numero Ochocientos Cuarenta, Casa número once, del Condominio Tipo A denominado “CONDOMINIO QUINTA SANTA ANA”, de la comuna de Los Ángeles. La unidad indicada tiene en dos pisos una superficie de ciento catorce coma veintidós metros cuadrados y además tiene una zona o bien común de uso y goce exclusivo de doscientos quince coma ochenta y nueve metros cuadrados.- La forma, cabida y deslindes especiales, de lo que se vende, son los que se consignan en el respectivo Plano de Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Se comprendió en la venta los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a lo vendido, en el terreno y en los demás bienes que se reputan comunes conforme a la ley Numero seis mil setenta y uno, hoy numero diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones y al Reglamento de Copropiedad del Edificio. El inmueble en que se encuentra construido el referido edificio tiene una superficie de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve coma treinta y nueve metros cuadrados y con los siguientes deslindes particulares: NORTE, con Villa Italia en ciento ochenta y cuatro coma treinta y siete metros y con Avenida Almirante Latorre en doscientos treinta y uno coma cero siete metros en línea quebrada ; SUR, con Avenida Almirante Latorre en ciento cincuenta y uno coma doce metros y con Lote B rol mil quinientos treinta y dos guion trescientos doce en doscientos treinta y seis coma dieciocho metros; ORIENTE, con Lote Alerce Andino , en doscientos treinta y dos coma cuarenta metros en línea discontinua; y PONIENTE, con Lote A guion dos, en ciento siete coma sesenta y tres metros en línea quebrada, con Lote A guion uno en noventa y ocho coma noventa y tres metros y con Avenida Oriente en veintisiete coma veinticinco metros. El Inmueble señalado corresponde al Lote A Guion TRES que resulto de la división del inmueble denominado LOTE A de la Hijuela Norte de la Quinta Santa Ana. El título de domino a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas dos mil cuatrocientos sesenta y seis, numero dos mil doscientos diecisiete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil quince. Rol de avalúos de la comuna de Los Ángeles numero setecientos catorce guion setenta y cuatro, y se encuentra al día en el pago de las contribuciones territoriales. El inmueble que se aporta es avaluado de común acuerdo por los socios en la cantidad de noventa y nueve millones de pesos equivalentes al noventa por ciento del capital social. El aporte del bien inmueble se hace ad corpus, en el estado que se encuentra el cual es conocido de los socios y aceptado por ellos, con todo lo edificado y plantado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen, prohibición, litigio, arrendamiento, embargo o juicio pendiente, con la obligación del aportante de saneamiento en conformidad a la ley. El aportante declara que, a la fecha de la firma del presente instrumento, la propiedad no registra deudas pendientes por concepto de cuentas de servicios básicos, derechos de aseo, contribuciones y gastos comunes, si los hubiere serán de su cargo. Declara el aportante que la enajenación del inmueble que da cuenta el presente contrato no está afecta al Impuesto al Valor Agregado por no existir habitualidad en la venta de inmuebles, ni existir en el inmueble construcciones, edificaciones, ampliaciones ni remodelaciones sujetas a dicho tributo. El Aportante declara que la entrega material del inmueble materia del presente acto se efectuará a la de firma del presente instrumento, libre de ocupantes y moradores y con sus servicios básicos al día, Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de cinco años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 06 de enero de 2026.

ConstitutionDiario Oficial · 2019-10-07Voir le PDF (CVE 1664704)

Informations sociétaires

Ltda
Bulnes, Ñuble
Durée: 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 2 años cada uno
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Oscar Enrique Muro Avilés y a Gonzalo Andrés Peña Marchant quienes actuarán de forma conjunta en el ejercicio de la administración pudiendo ejercer todas las facultades señaladas en la escritura extractada.

Objet social

La explotación, compra, loteo, urbanización y subdivisión, edificación, venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, locales comerciales y departamentos. Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital libéré

$30.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Inmobiliaria Everest y Compañía Limitada

Socio

76.081.107-6

50%

Inmobiliaria Sur Araucanía Limitada

Socio

76.460.235-8

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular, con oficio en calle Antonio Varas N°979, Temuco, CERTIFICO: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 01.10.2019, Re. Nº6205-19, “Inmobiliaria Everest y Compañía Limitada”, rol único Tributario N°76.081.107-6, domiciliada para estos efectos en Manuel Bulnes N°314 oficina 25, Temuco, Novena Región de La Araucanía, e “Inmobiliaria Sur Araucanía Limitada”, rol único tributario N°76.460.235-8 domiciliada para estos efectos en calle Arturo Prat N°620, oficina 507, comuna de Temuco, Novena Región de La Araucanía, constituyeron “INMOBILIARIA MP LIMITADA”, sociedad de responsabilidad limitada, siendo las siguientes materias objeto de extracto: Socios y razón social. Se forma entre “Inmobiliaria Everest y Compañía Limitada” y “Inmobiliaria Sur Araucanía Limitada”, una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “Inmobiliaria MP Limitada”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “Inmobiliaria MP Ltda.” para fines publicitarios, de propaganda u operaciones de banco. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: Uno) La explotación, compra, loteo, urbanización y subdivisión, edificación, venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, locales comerciales y departamentos. Dos) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Tres) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Cuatro) Participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Y, Cinco) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital. $30.000.000: a) “Inmobiliaria Everest y Compañía Limitada”, $15.000.000, equivalente al 50% del total del interés social; y, b) “Inmobiliaria Sur Araucanía Limitada”, $15.000.000, equivalente al restante 50% del total del interés social. El capital se encuentra total e íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. Administración. La administración y el uso de la razón social corresponderá a Oscar Enrique Muro Avilés y a Gonzalo Andrés Peña Marchant quienes actuarán de forma conjunta en el ejercicio de la administración pudiendo ejercer todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Vigencia. La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura extractada y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 2 años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 04 de Octubre de 2019.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA MP LIMITADA

    CVE 2768136

  2. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA MP LIMITADA

    CVE 2763401

  3. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA MP LIMITADA

    CVE 2752279

  4. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA MP LIMITADA

    CVE 1664704

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)