Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Manantiales Las Lengas Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 abr 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-04-01Ver PDF (CVE 1200051)

Información societaria

Ltda
Punta Arenas, Magallanes
Duración: dos años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia
Administración: La representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña MARILIN FERNANDA LOBOS GOIC con limitaciones

Objeto social

Comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, podrán efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios.

Capital

Capital total

$50.000.000

Capital pagado

$50.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

LUIS HECTOR VARGAS SILVA

Socio

95%

MARILIN FERNANDA LOBOS GOIC

Socio

5%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

IGOR ANDRES TRINCADO URRA, Abogado, Notario Público de Magallanes y Antártica Chilena, con oficio en calle Roca N°848, Punta Arenas, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 29 de Marzo de 2017, ante mí, Repertorio N° 877-17, don LUIS HECTOR VARGAS SILVA, Pasaje La Arboleda 01078 y doña MARILIN FERNANDA LOBOS GOIC, Antonio Maichil 0891, ambos Punta Arenas, constituyeron una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: INMOBILIARIA MANANTIALES LAS LENGAS LIMITADA pudiendo usar como nombre de fantasía el de LAS LENGAS LTDA. OBJETO: Comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, podrán efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios. ADMINISTRACION: La representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña MARILIN FERNANDA LOBOS GOIC con limitaciones. CAPITAL: $50.000.000.-, cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) LUIS HECTOR VARGAS SILVA aporta la suma de $47.500.000, equivalente al 95% del capital social total, suma que es enterada mediante el aporte en dominio de un inmueble ubicado en Pasaje La Arboleda número cero diez setenta y ocho que corresponde al sitio 14, Manzana B del Loteo Villa Altos del Bosque, individualizado en el plano que se encuentra archivado al final del Registro de Propiedad del año 2008, bajo el número 405, cuyos deslindes y dimensiones son los siguientes: NORTE; doce coma cero cero metros con sitio uno manzana B del presente Permiso de Loteo y Urbanización; SUR, doce coma cero cero metros con Pasaje La Arboleda; ORIENTE, diecisiete coma cincuenta metros con sitio trece Manzana B del presente permiso de Loteo y Urbanización y PONIENTE; diecisiete coma cincuenta metros con sitio quince Manzana B del presente Permiso de Loteo y urbanización y que encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces a fojas dos mil doscientos cincuenta y uno vuelta, numero dos mil doscientos sesenta correspondiente al año dos mil diez; b) doña MARILIN FERNANDA LOBOS GOIC, aporta la suma de $2.500.000, equivalente al 5%, suma que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado otorgándose las partes el más amplio y completo finiquito a este respecto. RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACION: Empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de dos años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia. Tal manifestación de voluntad deberá manifestarse mediante escritura pública e inscribirse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. OTRAS ESTIPULACIONES ESCRITURA SOCIAL EXTRACTADA. Punta Arenas, 30 de marzo de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA MANANTIALES LAS LENGAS LIMITADA

    CVE 1200051

Relaciones societarias

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