有限責任公司

Inmobiliaria Los Mañíos Limitada

CONSTITUCIÓN — 2016年12月28日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2016-12-28查看 PDF(CVE 1157832)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Sociedad rige desde fecha escritura y por 20 años, plazo prorrogable automática y sucesivamente por nuevos períodos de 10 años si ningún socio manifestare intención contraria por escritura pública anotada al margen inscripción social con anticipación mínima 60 días al término del período correspondiente.
管理方式: JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS, en forma exclusiva.

公司目的

La asesoría para la realización, ejecución, desarrollo y evaluación de proyectos en retail u otros; desarrollo de consultorías; en ámbitos tales como: desarrollo de nuevas empresas o negocios, gestión estratégica, diseño y evaluación de negocios, valorización de empresas. Las actividades precedentemente citadas, pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros, sea en el ámbito privado y/o público, ante organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros. La inversión sobre toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades. Participar en la formación o constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso como socio o como accionista a las ya constituidas; y en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con las actividades antes descritas y aquellas que de común acuerden fijen los socios.

資本

總資本

$2.636.852

實繳資本

$2.636.852

待繳資本

$0

股東(5)

姓名持股比例

JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS

Socio

74%

MARÍA TERESA UGARTE VERGARA

Socio

20%

MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE

Socio

2%

CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE

Socio

2%

PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE

Socio

2%

管理人(1)

摘要官方正文

Jorge Iván Arenas Ruz, Notario Público Interino de la 17° Notaría de Santiago, con domicilio en Amunátegui 361, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS; MARÍA TERESA UGARTE VERGARA; MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE; CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE; PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE, todos con domicilio Padre Alfredo Arteaga Barros N° 1.262, Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron sociedad hoy denominada “INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA”, inscrita a fojas 20.796, N° 17.114, año 1993 Registro Comercio Santiago, dividiéndola, con efectos al 7 Diciembre 2016, entre sí misma, que subsiste y continúa desarrollando giro bajo mismo nombre, y nueva sociedad que constitúyese con nombre “ASESORÍAS E INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA”, según Balance de fecha 05 diciembre 2016 de la sociedad que se divide protocolizado con fecha 06-12-2016 y misma Notaría con N° 1183-2016, distribuyéndose su patrimonio total de $5.000.000 en 47.26% para sí misma y 52.74% para nueva sociedad, distribución comprensiva de cuentas Capital, Reserva Revalorización, Resultados Acumulados y Resultado Ejercicio del Balance que se capitalizan en nueva sociedad, y enterándose patrimonio neto esta última mediante asignación activos y pasivos indicados en balance sobre activos y pasivos. Disminúyese, consecuentemente, capital de “INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA”, a $2.363.148, íntegramente aportados y pagados por socios y/o antecesores en forma y oportunidades indicadas en formación, modificaciones y división sociedad, como sigue: a) JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS, en un 74%; b) MARÍA TERESA UGARTE VERGARA, en un 20%; c) MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%; d) CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%; y e) PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%. Apruébase Estatuto nueva sociedad, que extracto: Entre JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS; MARÍA TERESA UGARTE VERGARA; MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE; CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE; PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE, todos con domicilio Padre Alfredo Arteaga Barros N° 1.262, Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyese, por división, sociedad limitada denominada “ASESORÍAS E INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: La asesoría para la realización, ejecución, desarrollo y evaluación de proyectos en retail u otros; desarrollo de consultorías; en ámbitos tales como: desarrollo de nuevas empresas o negocios, gestión estratégica, diseño y evaluación de negocios, valorización de empresas. Las actividades precedentemente citadas, pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros, sea en el ámbito privado y/o público, ante organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros. La inversión sobre toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades. Participar en la formación o constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso como socio o como accionista a las ya constituidas; y en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con las actividades antes descritas y aquellas que de común acuerden fijen los socios. Capital: $2.636.852 íntegramente aportado y pagado de la siguiente forma: a) JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS, en un 74%; b) MARÍA TERESA UGARTE VERGARA, en un 20%; c) MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%; d) CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%; y e) PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE, en un 2%. Domicilio: Santiago. Administración y uso razón social: JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS, en forma exclusiva. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: Sociedad rige desde fecha escritura y por 20 años, plazo prorrogable automática y sucesivamente por nuevos períodos de 10 años si ningún socio manifestare intención contraria por escritura pública anotada al margen inscripción social con anticipación mínima 60 días al término del período correspondiente. Entre JUAN SANTIAGO LARRAGUIBEL SALAS; MARÍA TERESA UGARTE VERGARA; MARÍA TERESA LARRAGUIBEL UGARTE; CATALINA MARÍA LARRAGUIBEL UGARTE; PEDRO JOSÉ LARRAGUIBEL UGARTE, todos con domicilio Padre Alfredo Arteaga Barros N° 1.262, Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA, acuerdan modificar los estatutos sociales. Modificaciones son: a) Sustituir la cláusula tercera del pacto social primitivo, quedando ésta como sigue: “TERCERA: DE LA RAZÓN SOCIAL. La razón social será "INMOBILIARIA LOS MAÑÍOS LIMITADA", pudiendo usar indistintamente ante los bancos comerciales, instituciones financieras, Banco Central y cualquiera otra institución privada o pública, el nombre de fantasía la expresión “LOS MAÑÍOS LTDA.”. b) Sustituir la cláusula segundo del pacto social primitivo, quedando ésta como sigue: “SEGUNDO: OBJETO. El objeto de la sociedad será: obtener rentas y beneficios de bienes raíces, comprarlos, venderlos, arrendarlos, darlos en comodato, usufructo, en leasing, u otras formas contractuales pertinentes; reparación y remodelación de bienes raíces; decoración de interiores; arrendamiento de departamentos; y efectuar todo tipo de inversión en bienes muebles e inmuebles en general, pudiendo también constituir sociedades de cualquier especie o tipo para tal efecto, desarrollar cualquier tipo de negocios o proyectos inmobiliarios. La inversión en toda clase de bienes inmuebles podrá ser en inmuebles urbanos o rurales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces, administrarlos y arrendarlos, construir y/o encargar la construcción por cuenta propia o ajena, urbanizarlos y subdividirlos directamente o por intermedio de terceros y percibir usufructos. Para estos efectos la sociedad podrá constituir otra sociedad y /o formar p arte de otras sociedades, sean éstas civiles o mercantiles que le permitan desarrollar y lograr el objeto social. En general, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos y contratos, sean civiles, mercantiles o de gestión administrativa, que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales; sin perjuicio de cualquier otro acto o contrato relacionado con el objeto de la sociedad.” c) Sustituir la cláusula sexto del pacto social primitivo, quedando ésta como sigue: “SEXTO: DE LAS UTILIDADES Y PERDIDAS. Las utilidades líquidas, descontados los impuestos que gravan a la sociedad, se repartirán entre los socios de la forma en que ellos convengan. A falta de acuerdo, se repartirán a prorrata a sus respectivos aportes. Los socios podrán hacer retiros por los montos y con las frecuencias que éstos de común acuerdo determinen. Las eventuales pérdidas serán distribuidas a prorrata a sus respectivos aportes, quedando en todo caso limitada la responsabilidad de los socios, al monto de sus respectivos aportes.”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 7 de Diciembre de 2016.

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