Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria Las Parcelas Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 oct. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-10-01Voir le PDF (CVE 1471386)

Informations sociétaires

Ltda
calle Capitán Orella Nº 2575
Durée: 5 años
Administration: La administración, la representación legal de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderán separada e indistintamente a doña REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ individualmente.

Objet social

El objeto de la sociedad será: a) Efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; b) desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales comerciales, estacionamientos, galpones, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; c) la explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles; d) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; e) la compra, venta, al por mayor y al detalle, distribución, comisión, y/o comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, rematados, y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tienda, almacenes y otros establecimientos similares de la Sociedad o de terceros; la comercialización, importación, y exportación, de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales; la representación de marcas y distribución de productos o entrega de servicios asociados a la misma; f) la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose en otras; g) y en general todo tipo de actividades que los socios acuerden que tenga relación directa o indirecta con los rubros señalados anteriormente.

Capital

Capital total

$160.000.000

Capital libéré

$155.750.000

Capital restant dû

$4.250.000

Associés (2)

NomParticipation

MILTON ANTONIO SILVA HURTADO

Socio

12.xxx.xxx-1

97.34%

REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ

Socio

14.xxx.xxx-2

2.66%

Administrateurs (1)

REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ

14.xxx.xxx-2Administrador

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de 10 de septiembre de 2018, ante el suplente don HUMBERTO PRIETO CONCHA, compareció doña REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ, chilena, casada y separada de bienes, secretaria, cédula nacional de identidad número14.245.829-2, domiciliada en calle Capitán Orella Nº 2575, Ñuñoa, Región Metropolitana y don MILTON ANTONIO SILVA HURTADO, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número 12.872.266-1, domiciliados para estos efectos en calle Capitán Orella Nº 2575, Ñuñoa, Región Metropolitana, y constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “INMOBILIARIA LAS PARCELAS LIMITADA”, pudiendo ella actuar, además, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “Inmobiliaria LP Ltda”; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; b) desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales comerciales, estacionamientos, galpones, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; c) la explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles; d) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; e) la compra, venta, al por mayor y al detalle, distribución, comisión, y/o comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, rematados, y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tienda, almacenes y otros establecimientos similares de la Sociedad o de terceros; la comercialización, importación, y exportación, de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales; la representación de marcas y distribución de productos o entrega de servicios asociados a la misma; f) la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose en otras; g) y en general todo tipo de actividades que los socios acuerden que tenga relación directa o indirecta con los rubros señalados anteriormente. Duración: 5 años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por períodos sucesivos e iguales de 2 años si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto del pacto social en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación al día de vencimiento del plazo de duración original o de cualquiera de sus prórrogas. Capital: $160.000.000 de pesos, que los socios aportan y aportarán de la siguiente manera: UNO) don MILTON ANTONIO SILVA HURTADO, con la expresa autorización y consentimiento de la socia doña REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ, aporta derechos y bienes singularizados en la escritura por la suma total de $155.750.000, equivalentes al 97,34% de los derechos sociales, los que se tienen por enterados, DOS) doña REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ, aporta al capital de la sociedad la suma total de $4.250.000, equivalentes al 2,66% de los derechos sociales, los que se obliga a enterar dentro del plazo de 3 años contados desde el otorgamiento de la presente escritura, en la medida que las necesidades de la sociedad así lo requieran. Administración: La administración, la representación legal de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderán separada e indistintamente a doña REBECA PAOLA MEDINA HERNÁNDEZ individualmente.- Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de septiembre de 2018.

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