Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Las Nalcas Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 dic 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-12-04Ver PDF (CVE 2416570)

Información societaria

Ltda
Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina setecientos uno
Duración: indefinida
Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Hugo Eduardo Santander Vilches y a doña Sabina Andrea Rayo Muñoz, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: /i/ la realización de inversiones tanto en Chile como en el extranjero, principalmente, en bienes inmuebles, no obstante, de poder invertir también en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; y, /ii/ la administración de las inversiones antes mencionadas, así como también de sus frutos.

Capital

Capital total

$500.000

Socios (2)

NombreParticipación

Hugo Eduardo Santander Vilches

Socio

50%

Sabina Andrea Rayo Muñoz

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 3 de noviembre del año 2023, don Hugo Eduardo Santander Vilches, y doña Sabina Andrea Rayo Muñoz, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina setecientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Inmobiliaria Las Nalcas Limitada”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /i/ la realización de inversiones tanto en Chile como en el extranjero, principalmente, en bienes inmuebles, no obstante, de poder invertir también en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; y, /ii/ la administración de las inversiones antes mencionadas, así como también de sus frutos. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de quinientos mil pesos, el que será aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: /i/ don Hugo Eduardo Santander Vilches aporta la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de dos años a contar de la fecha de la constitución de la sociedad; y, /ii/ doña Sabina Andrea Rayo Muñoz aporta la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento restante del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de dos años a contar de la fecha de la constitución de la sociedad. Administración y uso razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Hugo Eduardo Santander Vilches y a doña Sabina Andrea Rayo Muñoz, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de noviembre de 2023.

Actuaciones recientes

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