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Sociedade por Ações

Inmobiliaria La Cureña SpA

CONSTITUCIÓN — 7 de nov. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-11-07Ver PDF (CVE 1843646)

Informações societárias

SpA
calle Chacabuco quinientos cincuenta y uno A
Administração: Gerente

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (5)

NomeParticipação

DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

MARTIN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI

Accionista

9%

RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

Accionista

64%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO, Notario Público Titular del Departamento Judicial de Linares, con oficio en calle Chacabuco quinientos cincuenta y uno A, de esta ciudad, certifico que: Por escritura pública de esta fecha, DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO, MARTIN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO, FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO. CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI y RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, rectificaron la escritura pública, otorgada ante mí, con fecha veintiuno de octubre de dos mil veinte, repertorio de esta Notaría Número dos mil seiscientos ochenta y ocho del año dos mil veinte, y cuyo extracto fue publicado en la edición Nº 42.791 de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinte, del Diario Oficial, CVE 1837870, cuyo extracto fue inscrito a fojas doscientos noventa y dos vuelta, número doscientos veintiséis del año dos mil veinte en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, por medio de la cual constituyeron una sociedad por acciones que se denomina "INMOBILIARIA LA CUREÑA SpA”, de la siguiente forma: Uno: En la cláusula primero, en orden a complementar la escritura que se rectifica agregando el nombre MARTIN a don CRISTOBAL TEJOS JARAMILLO, quedando como MARTIN CRISTOBAL TEJOS JARAMILLO; de modo tal, que la redacción correcta, válida y vigente será la siguiente para la primera parte de dicha cláusula, manteniéndose aquello referente a los estatutos, sin perjuicio de lo que se rectificará mas adelante: “PRIMERO: Doña DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO, Don MARTIN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO, Don FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO doña CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI y don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio, sus estatutos y en lo no previsto y siempre que no sea contrario a su naturaleza, por las normas de la Ley de Sociedades Anónimas, del Código Civil y demás normas legales que le sean aplicables y en especial por los siguientes estatutos:…” Dos. En el ARTICULO QUINTO del TITULO SEGUNDO; CAPITAL Y ACCIONES, en cuanto a que el valor de cada acción asciende a $200.000 (doscientos mil pesos) y no $20.000 (veinte mil pesos), como erróneamente se señaló; de modo tal, que la redacción correcta, válida y vigente será la siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000.-) dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de un valor de doscientos mil pesos ($200.000.-) cada una. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos”. Tres. En la primera parte del ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO, en cuanto a que el nombre completo de quien es designado Gerente es RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ. Cuatro. En el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO, en cuanto a que el valor de cada acción es de $200.000 (doscientos mil pesos) y no $20.000 (veinte mil pesos), como erróneamente se señaló; de modo tal, que la redacción correcta, válida y vigente será la siguiente: “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social de VEINTE MILLONES DE PESOS, a que se refiere el artículo quinto del estatuto social dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de un valor de doscientos mil pesos cada una, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: A) DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO suscribe nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. B) MARTÍN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO suscribe nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. C) FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO suscribe nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. D) CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI suscribe nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. E) RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ suscribe sesenta y cuatro (64) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de doce millones ochocientos mil pesos ($12.800.000.-) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. De esta forma se ha suscrito por los comparecientes la totalidad del capital de la sociedad de $20.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor, habiéndose pagado en su totalidad”. En todo lo no modificado rige la escritura originaria de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Linares, 4 de noviembre de 2020.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-10-28Ver PDF (CVE 1837870)

Informações societárias

SpA
Linares, Maule
Duração: Indefinida
Administração: La administración de la sociedad corresponderá al o a los socios, quienes podrán designar un gerente, por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, cuya acta deberá reducirse a escritura pública. Mientras no se designe gerente en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en artículo primero transitorio de este instrumento, conforme al que, los socios designaron Gerente a Don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, quien anteponiendo su firma y nombre a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y especialmente en los enumerados en la escritura de constitución, sin que dicha enumeración sea taxativa.

Objeto social

Efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, la adquisición, enajenación y arriendo de terrenos urbanos y agrícolas, construcción, reparación, remodelación de edificios, viviendas, locales comerciales, oficinas, subdivisión, loteo o urbanización de terrenos por cuenta propia o ajena; Desarrollar y promover directa e indirectamente toda clase de negocios inmobiliarios en especial el arrendamiento, venta y explotación de bienes inmuebles equipados o sin equipamiento, Administración y/o arrendamiento de bienes propios o de terceros, Explotación de Estacionamientos de vehículos automotrices; Realización de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar y/o subcontratar a personas naturales o jurídicas relacionadas con su objeto.

Capital

Capital total

$20.000.000.-

Capital integralizado

$20.000.000.-

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (5)

NomeParticipação

DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

MARTÍN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO

Accionista

9%

CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI

Accionista

9%

RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ

Accionista

64%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO, Notario Público Titular del Departamento Judicial de Linares, con oficio en calle Chacabuco 551-A de esta ciudad, certifico que: por escritura pública de esta fecha, DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO, CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO, FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO, CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI y RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ, constituyeron una sociedad por acciones. NOMBRE: "INMOBILIARIA LA CUREÑA SpA”, DURACION: Indefinida. DOMICILIO: ciudad Linares, pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero. OBJETO SOCIAL a-) Efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, la adquisición, enajenación y arriendo de terrenos urbanos y agrícolas, construcción, reparación, remodelación de edificios, viviendas, locales comerciales, oficinas, subdivisión, loteo o urbanización de terrenos por cuenta propia o ajena; b-)Desarrollar y promover directa e indirectamente toda clase de negocios inmobiliarios en especial el arrendamiento, venta y explotación de bienes inmuebles equipados o sin equipamiento, Administración y/o arrendamiento de bienes propios o de terceros, Explotación de Estacionamientos de vehículos automotrices; c-) Realización de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar y/o subcontratar a personas naturales o jurídicas relacionadas con su objeto. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000.-) dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de un valor de veinte mil pesos ($20.000.-) cada una. El capital quedó totalmente suscrito y pagado en la forma establecida artículo segundo transitorio de los Estatutos: A) DANIELA IGNACIA TEJOS JARAMILLO suscribió y pagó nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social. B) MARTÍN CRISTÓBAL TEJOS JARAMILLO suscribió y pagó nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social. C) FELIPE EDUARDO TEJOS JARAMILLO suscribió y pagó nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social. D) CAROLINA ANDREA JARAMILLO TIRAPEGUI suscribió y pagó nueve (9) acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de un millón ochocientos mil pesos ($1.800.000.-) del capital social. E) RICARDO EDUARDO TEJOS RODRÍGUEZ suscribió y pagó 64 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de doce millones ochocientos mil pesos ($12.800.000.-) del capital social. ADMINISTRACION: La administración de la sociedad corresponderá al o a los socios, quienes podrán designar un gerente, por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, cuya acta deberá reducirse a escritura pública. Mientras no se designe gerente en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en artículo primero transitorio de este instrumento, conforme al que, los socios designaron Gerente a Don RICARDO EDUARDO TEJOS RODRIGUEZ, quien anteponiendo su firma y nombre a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y especialmente en los enumerados en la escritura de constitución, sin que dicha enumeración sea taxativa. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Linares, 21 de octubre de 2020.

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