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Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Isla Lemuy SpA

CONSTITUCIÓN — 3 feb 2024

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2024-02-03Ver PDF (CVE 2449304)

Información societaria

SpA
No se indica

Objeto social

Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes inmuebles, con la finalidad de administrarlos y percibir sus frutos, especialmente, mediante su arrendamiento, sea con o sin opción de compra, o bien, mediante cualquier otro acto jurídico que permita la percepción de frutos civiles derivados de bienes inmuebles. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades económicas accesorias o vinculadas con el objeto antedicho.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$9.000.000

Acciones

100.000

Socios (1)

NombreParticipación

Archipiélago Inversiones Inmobiliarias SpA

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

BENJAMÍN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, según consta del decreto judicial debidamente protocolizado, certifico que: Por instrumento privado otorgado con fecha 18 de enero de 2024, protocolizado ante Rodrigo Pinares Alvarado con fecha 26 de enero de 2024, repertorio N°6.388-2024, la sociedad Archipiélago Inversiones Inmobiliarias SpA, constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables de acuerdo con la ley son las siguientes: Nombre: “Inmobiliaria Isla Lemuy SpA”. Objeto: Efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes inmuebles, con la finalidad de administrarlos y percibir sus frutos, especialmente, mediante su arrendamiento, sea con o sin opción de compra, o bien, mediante cualquier otro acto jurídico que permita la percepción de frutos civiles derivados de bienes inmuebles. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades económicas accesorias o vinculadas con el objeto antedicho. Capital: $10.000.000 dividido en 100.000 acciones nominativas, sin valor nominal, pagaderas en dinero o en especies, las que a su vez se dividen en 2 series, según se indica a continuación: /i/ Serie A: conformada por 10.000 acciones, y /ii/ Serie B: conformada por 90.000 acciones. En el acto de constitución de la sociedad, se suscribieron y pagaron las 10.000 acciones de la “Serie A”, por un total de $1.000.000. Las 90.000 acciones de la “Serie B”, por un total de $9.000.000, deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en la escritura extractada. Doy fe. Santiago, 30 de enero de 2024.- BENJAMÍN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO. Notario Suplente.

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial