Sociedade por Ações

Inmobiliaria Equilibrio SpA

CONSTITUCIÓN — 31 de jul. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-07-31Ver PDF (CVE 2354315)

Informações societárias

SpA
Curicó, Maule
Duração: Indefinida
Administração: Administración y representación por cuatro administradoras con uso de la razón social

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar, además, todos los contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) La planificación, construcción, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios, la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamiento, medierías u otros; c) La administración de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; d) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; e) La inversión por cuenta propia o ajena de bienes raíces y muebles, en especial la compra, venta, administración, comercialización, arrendamiento, construcción y explotación de los mismos, percibir, invertir y reinvertir sus frutos; f) Invertir, comprar y/o vender, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, en especial toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, instrumentos de inversión, efectos de comercio, acciones y toda clase de títulos crediticios; g) Dar y tomar representaciones y licencias nacionales o extranjeras, participar como socio, accionista, comunero, partícipe o administrador en cualquier forma de asociación con personas naturales y jurídicas, ya sea en el acto constitutivo o en virtud de un acto jurídico posterior; podrá, asimismo, comprar vender, ceder o enajenar a cualquier título, parte o todos sus derechos, acciones o cuotas que posea en cualquier forma de asociación; h) La sociedad podrá para la consecución de su fin, representar a empresas nacionales o extranjeras y realizar todos aquellos actos que sean conducentes a los objetos sociales; e i) La sociedad podrá desarrollar cualquiera otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con todas las anteriores, todo ello sin perjuicio de otros negocios o actividades que se puedan emprender en el futuro, relacionado o no con las anteriores o cualquier otro objeto que los socios acuerden, para lo cual no será necesario modificar el presente estatuto, bastando que todos los socios concurran al mismo.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Capital pendente

$0

Ações

80

Sócios (8)

NomeParticipação

CAROLINA ANDREA MÉNDEZ CORREA

Accionista

15.xxx.xxx-k

12.5%

LORETO DEL PILAR NÚÑEZ DELAFUENTE

Accionista

15.xxx.xxx-5

12.5%

ANGÉLICA VALESKA TORRES ULLOA

Accionista

15.xxx.xxx-0

12.5%

JUDITH DEL CARMEN VILLAFAÑA FERRER

Accionista

13.xxx.xxx-5

12.5%

RODRIGO FRANCISCO ALARCÓN ARAYA

Accionista

15.xxx.xxx-2

12.5%

GERARDO FRANCISCO MOSCOSO OLEA

Accionista

13.xxx.xxx-0

12.5%

FRANCISCO EDUARDO REYES GONZÁLEZ

Accionista

14.xxx.xxx-3

12.5%

PABLO SEBASTIÁN URZÚA BARAHONA

Accionista

13.xxx.xxx-k

12.5%

Administradores (4)

CAROLINA ANDREA MÉNDEZ CORREA

15.xxx.xxx-kAdministrador

LORETO DEL PILAR NÚÑEZ DELAFUENTE

15.xxx.xxx-5Administrador

ANGÉLICA VALESKA TORRES ULLOA

15.xxx.xxx-0Administrador

JUDITH DEL CARMEN VILLAFAÑA FERRER

13.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial do extrato

JOSE MARCELO ADASME BRAVO, Notario Público Suplente del titular don René León Manieu, Carmen 489, certifica: Por escritura pública de fecha de julio de 2023, Repertorio N° 2.848-2023, doña CAROLINA ANDREA MÉNDEZ CORREA, chilena, arquitecto, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Villa 11 de septiembre, pasaje Río Loncomilla N° 1076, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 15.129.829-K; doña LORETO DEL PILAR NÚÑEZ DELAFUENTE, chilena, profesora de educación física, soltera, domiciliada en Población John Kennedy, calle Los Aromos N° 3, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 15.629.937-5; doña ANGÉLICA VALESKA TORRES ULLOA, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Parque Rauquén, pasaje 4 N° 2291, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 15.756.182-0; doña JUDITH DEL CARMEN VILLAFAÑA FERRER, chilena, agrónomo, soltera, domiciliada en Camino a Zapallar Km 6 s/n, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 13.924.362-5; don RODRIGO FRANCISCO ALARCÓN ARAYA, chileno, abogado, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en calle Carmen N° 747, oficina 31, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 15.129.402-2; don GERARDO FRANCISCO MOSCOSO OLEA, chileno, agrónomo, soltero, domiciliado en Camino a Zapallar Km 6 s/n, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 13.041.194-0; don FRANCISCO EDUARDO REYES GONZÁLEZ, chileno, ingeniero en prevención de riesgos, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Parque Rauquén, pasaje 4 N° 2300, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 14.052.393-3; y don PABLO SEBASTIÁN URZÚA BARAHONA, chileno, ingeniero forestal, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Parque Rauquén, pasaje 4 N° 2291, comuna y provincia de Curicó, cédula nacional de identidad número 13.004.526-K; constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: “INMOBILIARIA EQUILIBRIO SpA”. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar, además, todos los contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) La planificación, construcción, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios, la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamiento, medierías u otros; c) La administración de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; d) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; e) La inversión por cuenta propia o ajena de bienes raíces y muebles, en especial la compra, venta, administración, comercialización, arrendamiento, construcción y explotación de los mismos, percibir, invertir y reinvertir sus frutos; f) Invertir, comprar y/o vender, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, en especial toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, instrumentos de inversión, efectos de comercio, acciones y toda clase de títulos crediticios; g) Dar y tomar representaciones y licencias nacionales o extranjeras, participar como socio, accionista, comunero, partícipe o administrador en cualquier forma de asociación con personas naturales y jurídicas, ya sea en el acto constitutivo o en virtud de un acto jurídico posterior; podrá, asimismo, comprar vender, ceder o enajenar a cualquier título, parte o todos sus derechos, acciones o cuotas que posea en cualquier forma de asociación; h) La sociedad podrá para la consecución de su fin, representar a empresas nacionales o extranjeras y realizar todos aquellos actos que sean conducentes a los objetos sociales; e i) La sociedad podrá desarrollar cualquiera otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con todas las anteriores, todo ello sin perjuicio de otros negocios o actividades que se puedan emprender en el futuro, relacionado o no con las anteriores o cualquier otro objeto que los socios acuerden, para lo cual no será necesario modificar el presente estatuto, bastando que todos los socios concurran al mismo. Domicilio: Es la comuna de Curicó, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos), que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: a) doña CAROLINA ANDREA MÉNDEZ CORREA, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; b) doña LORETO DEL PILAR NÚÑEZ DELAFUENTE, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; c) doña ANGÉLICA VALESKA TORRES ULLOA, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; d) doña JUDITH DEL CARMEN VILLAFAÑA FERRER, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; e) don RODRIGO FRANCISCO ALARCÓN ARAYA, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; f) don GERARDO FRANCISCO MOSCOSO OLEA, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; g) don FRANCISCO EDUARDO REYES GONZÁLEZ, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte; y h) don PABLO SEBASTIÁN URZÚA BARAHONA, suscribe y paga en este acto diez (10) acciones, lo que equivale al 12,5% del capital social, enterándose con ello la suma de quinientos mil pesos ($500.000.-) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad, con lo cual se da por suscrito, enterado y pagado este aporte. Administración de la sociedad: Las socias doña CAROLINA ANDREA MÉNDEZ CORREA, doña LORETO DEL PILAR NÚÑEZ DELAFUENTE, doña ANGÉLICA VALESKA TORRES ULLOA, y doña JUDITH DEL CARMEN VILLAFAÑA FERRER, ejercerán el cargo de Administradoras, teniendo la administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social, con todas las facultades indicadas en el Título III de estos estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº 2.848-2023.- Curicó, 14 de julio de 2023.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-11-05Ver PDF (CVE 1842299)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administração: Será administrada por los administradores, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente.

Objeto social

a) Realizar, gestionar y/o administrar inversiones en cualquier área de negocios, comprando, adquiriendo, vendiendo, cediendo, o por cualquier título, acciones o derechos en otras sociedades, negocios o empresas, por sí, por cuenta propia o por cuenta de terceros, rentando de todo tipo de capitales en general; b) Comprar, vender, enajenar, arrendar y dar en alquiler bienes inmuebles propios o arrendados; c) Diseñar, desarrollar y vender todo tipo de proyectos inmobiliarios de viviendas, de oficinas o comerciales en territorio nacional o extranjero; d) Realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes que adquiera, construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que se estimen pertinentes; e) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes, urbanizados o no, la compra y construcción de edificios, centros comerciales, supermercados, bodegas, oficinas, estacionamientos y viviendas para renta y/o para venderlos por pisos o locales o en un solo cuerpo; f) La administración inmobiliaria, incluyendo centros comerciales, bodegas u otros inmuebles; g) Desarrollar para terceros, intermediar o realizar por cuenta propia, prestación de servicios, asesorías y consultoría en áreas de gestión inmobiliaria, desarrollo de proyectos, construcción e ingeniería, sea en edificación, obras civiles, evaluación de proyectos, finanzas o cualquiera de aquellas ramas afines al desarrollo de proyectos inmobiliarios; h) Desarrollar y ejecutar proyectos públicos y privados, y asesorías en todas estas áreas, por cualquier sistema de contratación y en general ejecución y prestación de todos los servicios propios de áreas ya mencionadas en la letra anterior; i) Realización directa o por intermedio de terceros, de todas las actividades propias giro social, pudiendo celebrar toda clase actos o contratos que conduzcan al cumplimiento este objeto, incluso formar o participar en sociedades, comunidades o asociaciones y administrarlas; j) Todo otro negocio que los accionistas decidan emprender durante la vigencia de la sociedad. En todo caso, las actividades antes relacionadas podrán ejecutarse y desarrollarse tanto dentro territorio nacional como en territorio extranjero, y tanto en ámbito privado como público

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CARLA ANDREA LORCA LABBE

Accionista

-

BORIS MARCIAL LEON ROCHA

Accionista

-

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 30 de octubre de 2020, ante mí, Repertorio 5878/2020: doña CARLA ANDREA LORCA LABBE y don BORIS MARCIAL LEON ROCHA constituyeron sociedad por acciones: nombre: “INMOBILIARIA EQUILIBRIO SpA”; objeto: a) Realizar, gestionar y/o administrar inversiones en cualquier área de negocios, comprando, adquiriendo, vendiendo, cediendo, o por cualquier título, acciones o derechos en otras sociedades, negocios o empresas, por sí, por cuenta propia o por cuenta de terceros, rentando de todo tipo de capitales en general; b) Comprar, vender, enajenar, arrendar y dar en alquiler bienes inmuebles propios o arrendados; c) Diseñar, desarrollar y vender todo tipo de proyectos inmobiliarios de viviendas, de oficinas o comerciales en territorio nacional o extranjero; d) Realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes que adquiera, construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que se estimen pertinentes; e) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes, urbanizados o no, la compra y construcción de edificios, centros comerciales, supermercados, bodegas, oficinas, estacionamientos y viviendas para renta y/o para venderlos por pisos o locales o en un solo cuerpo; f) La administración inmobiliaria, incluyendo centros comerciales, bodegas u otros inmuebles; g) Desarrollar para terceros, intermediar o realizar por cuenta propia, prestación de servicios, asesorías y consultoría en áreas de gestión inmobiliaria, desarrollo de proyectos, construcción e ingeniería, sea en edificación, obras civiles, evaluación de proyectos, finanzas o cualquiera de aquellas ramas afines al desarrollo de proyectos inmobiliarios; h) Desarrollar y ejecutar proyectos públicos y privados, y asesorías en todas estas áreas, por cualquier sistema de contratación y en general ejecución y prestación de todos los servicios propios de áreas ya mencionadas en la letra anterior; i) Realización directa o por intermedio de terceros, de todas las actividades propias giro social, pudiendo celebrar toda clase actos o contratos que conduzcan al cumplimiento este objeto, incluso formar o participar en sociedades, comunidades o asociaciones y administrarlas; j) Todo otro negocio que los accionistas decidan emprender durante la vigencia de la sociedad. En todo caso, las actividades antes relacionadas podrán ejecutarse y desarrollarse tanto dentro territorio nacional como en territorio extranjero, y tanto en ámbito privado como público; Domicilio.- ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Capital: $2.000.000.-totalmente suscrito y pagado.- administración: será administrada por los administradores doña CARLA ANDREA LORCA LABBE y don BORIS MARCIAL LEON ROCHA, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente.- Santiago, 30 de octubre de 2020.-lp

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