Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Trujillo Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 feb 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-02-23Ver PDF (CVE 1186172)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, desde esta fecha, renovables automática y sucesivamente por periodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad de ponerle término, por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación no inferior a 6 meses del vencimiento. La sociedad no se disolverá por muerte de uno de los socios, sino que continuará con socio sobreviviente y herederos del fallecido.
Administración: uso razón social y representación judicial y extrajudicial de la compañía corresponderá conjuntamente a don Santos Toribio Cruz Ruiz y don Segundo Augusto Cruz Ruiz, en caso de fallecimiento de cualquiera de ellos, dichas facultades recaerán en el socio administrador sobreviviente

Objeto social

La realización, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, de las siguientes actividades: a) La compraventa, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; c) Invertir en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios; y d) En general, la compañía podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, todo tipo de bienes muebles e inmuebles, derechos y valores, administrarlos y percibir sus frutos; celebrar, ejecutar o realizar cualquier acto, operación o contrato relacionado con lo anterior, con personas naturales o personas jurídicas de carácter público o privado, sean éstas nacionales o extranjeras, que los socios acuerden y estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento de los objetivos antes mencionados.

Capital

Capital total

$148.000.000

Capital pagado

$148.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Santos Toribio Cruz Ruiz

Socio

69%

Segundo Augusto Cruz Ruiz

Socio

31%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, Paseo Ahumada N°312 oficina 236, certifico por escritura pública hoy ante mí, don SANTOS TORIBIO CRUZ RUIZ, y don SEGUNDO AUGUSTO CRUZ RUIZ, ambos avenida Domingo Santa María N°1579, comuna de Independencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, al monto respectivos aportes.- RAZÓN SOCIAL: "INMOBILIARIA E INVERSIONES TRUJILLO LIMITADA", fantasía: “INMOBILIARIA TRUJILLO LTDA.”.- DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana.- ADMINISTRACIÓN, uso razón social y representación judicial y extrajudicial de la compañía corresponderá conjuntamente a don Santos Toribio Cruz Ruiz y don Segundo Augusto Cruz Ruiz, en caso de fallecimiento de cualquiera de ellos, dichas facultades recaerán en el socio administrador sobreviviente.- CAPITAL: $148.000.000.-, que se aporta siguiente forma: Uno) don Santos Toribio Cruz Ruiz, aporta $102.120.000.- equivalentes al 69 por ciento del haber social total, que entera y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.620.000.-, los cuales ingresan en este acto a la caja social, al contado, en dinero efectivo; y b) Mediante el aporte en dominio que hace a la sociedad, del bien raíz y derechos en inmueble, que han sido tasados por los socios, de común acuerdo, en la suma total de $100.500.000.-, que se detallan continuación: b.a) Con $56.000.000.- que corresponden a la propiedad ubicada en avenida La Paz N°556 al 560, comuna de Independencia, Región Metropolitana, inscrita a fojas 80759 N°121612 en el Registro de Propiedad correspondiente al año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y b.b) Con $44.500.000.-, que corresponden al total de sus derechos en la propiedad ubicada en avenida Domingo Santa María N°1.579, que corresponde al lote N°79, con frente a la avenida Santa María sin número del plano de la Población Domingo Santa María, comuna de Independencia, Región Metropolitana, inscritos a fojas 19758 N°29647 en el Registro de Propiedad correspondiente al año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y Dos) don Segundo Augusto Cruz Ruiz, aporta $45.880.000.- equivalentes al 31 por ciento del haber social total, que paga en este acto de la siguiente forma: a) con la suma de $1.380.000.-, los cuales ingresan en este acto a la caja social, al contado, en dinero efectivo; b) Mediante el aporte en dominio que hace a la sociedad, de derechos en inmueble, que han sido tasados por los socios, de común acuerdo, en la suma total de $44.500.000.-, que se detallan a continuación: El total de sus derechos en la propiedad ubicada en avenida Domingo Santa María N°1.579, que corresponde al lote N°79, con frente a la avenida Santa María sin número del plano de la Población Domingo Santa María, comuna de Independencia, Región Metropolitana, inscritos a fojas 19758 N°29647 en el Registro de Propiedad correspondiente al año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. OBJETO: La realización, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, de las siguientes actividades: a) La compraventa, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; c) Invertir en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios; y d) En general, la compañía podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, todo tipo de bienes muebles e inmuebles, derechos y valores, administrarlos y percibir sus frutos; celebrar, ejecutar o realizar cualquier acto, operación o contrato relacionado con lo anterior, con personas naturales o personas jurídicas de carácter público o privado, sean éstas nacionales o extranjeras, que los socios acuerden y estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento de los objetivos antes mencionados.- DURACIÓN: 5 años, desde esta fecha, renovables automática y sucesivamente por periodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad de ponerle término, por escritura pública anotada al margen de inscripción social, con anticipación no inferior a 6 meses del vencimiento. La sociedad no se disolverá por muerte de uno de los socios, sino que continuará con socio sobreviviente y herederos del fallecido.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15 de febrero de 2017.- Andrés Felipe Rieutord Alvarado. Notario Público Titular.-

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