Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Santa Rita Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de jan. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-01-10Ver PDF (CVE 2434720)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por períodos sucesivos e iguales de 5 años, forma pacto.
Administração: corresponderá de manera conjunta a ambos socios, quienes, anteponiendo a su respectiva firma la razón social, representarán a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Objeto social

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de bienes raíces propios y de terceros; c) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y d) En general, la ejecución de todo acto comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los accionistas acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales como en definitiva, toda clase de actividad relacionada directa o indirectamente con inversiones, pudiendo para el cumplimiento asociado, actuar por cuenta propia o ajena/o asociada o en coparticipación con terceros.

Capital

Capital total

$40.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

FRANCISCO JAVIER RUBIO GONZÁLEZ

Socio

50%

CLARA NICOLE HORMAZÁBAL JORQUERA

Socio

50%

Texto oficial do extrato

JOAQUIN MUCARQUER PIMENTEL, Abogado Notario Público Suplente de la Titular de Viña del Mar, ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, con oficio en esta ciudad, calle Arlegui 537, certifico que por escritura hoy ante mí, FRANCISCO JAVIER RUBIO GONZÁLEZ y CLARA NICOLE HORMAZÁBAL JORQUERA, ambos Maitenlahue 1250, departamento 610, Viña del Mar, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA RITA LIMITADA”, nombre de fantasía “SANTA RITA LTDA.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales, agencias u oficinas dentro o fuera de Chile. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de bienes raíces propios y de terceros; c) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y d) En general, la ejecución de todo acto comercial de su giro o giros o de cualquier otro ramo que los accionistas acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos o contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales como en definitiva, toda clase de actividad relacionada directa o indirectamente con inversiones, pudiendo para el cumplimiento asociado, actuar por cuenta propia o ajena/o asociada o en coparticipación con terceros.- Administración y uso razón social: corresponderá de manera conjunta a ambos socios, quienes, anteponiendo a su respectiva firma la razón social, representarán a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Capital: 40.000.000, que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: A) FRANCISCO JAVIER RUBIO GONZÁLEZ, la suma de $20.000.000 y que corresponden al 50% por ciento de los derechos sociales, que que paga mediante el aporte de los derechos sobre el inmueble que se singularizan en la escritura. B) CLARA NICOLE HORMAZÁBAL JORQUERA, la suma de $20.000.000 y que corresponden al 50% por ciento de los derechos sociales, que que paga mediante el aporte de los derechos sobre el inmueble que se singularizan en la escritura. Socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por períodos sucesivos e iguales de 5 años, forma pacto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador facultado legalización. 27 Diciembre 2023.

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