Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria e Inversiones Santa Javiera Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 abr 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-04-20Ver PDF (CVE 1205785)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: 3 años desde fecha escritura, renovables
Administración: Corresponderá sólo al socio Javier Alejandro Henríquez Molina.

Objeto social

La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la compraventa, exportación, importación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de juegos sean, electrónicos de entretenimiento, de billar, de pool y bowling; la compraventa, arrendamiento de vehículos; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con todos los giros anteriores y en especial con la actividad inmobiliaria y de inversiones.

Capital

Capital total

$4.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Javier Alejandro Henríquez Molina

Socio

-

Graciela del Carmen Molina Faúndez

Socio

-

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Abogado, NOTARIO PUBLICO TITULAR de la Sexta Notaría de Concepción, con Oficio en esta ciudad, calle Colo-Colo N° 304, Certifica: Por escritura pública de fecha 06/04/2017, Repertorio N°1.613/2017, ante mí, don JAVIER ALEJANDRO HENRÍQUEZ MOLINA, con domicilio en Lincoyán 613 departamento 1.006, Concepción y doña GRACIELA DEL CARMEN MOLINA FAÚNDEZ, con domicilio en Diego de Oro 183, Concepción, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: Inmobiliaria e Inversiones Santa Javiera Limitada, Nombre de fantasía: “Santa Javiera Ltda.” Objeto: a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La compraventa, exportación, importación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de juegos sean, electrónicos de entretenimiento, de billar, de pool y bowling; c) La compraventa, arrendamiento de vehículos; d) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; f) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles , corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con todos los giros anteriores y en especial con la actividad inmobiliaria y de inversiones. Administración y uso razón social: Corresponderá sólo al socio Javier Alejandro Henríquez Molina. Capital: $4.000.000, aportando el socio Javier Alejandro Henríquez Molina en dominio los siguientes bienes muebles que se valorizan por los socios en $3.920.000,que se entienden ingresados a caja social y que se aportan de la siguiente manera: a) 14 juegos electrónicos de entretención armados y sin marca, que los socios valorizan $2.800.000; b) una patente comercial otorgada por la Ilustre Municipalidad de Concepción con Rol 2-22053 que los socios valorizan en $1.120.000, y la socia Graciela del Carmen Molina Faúndez aportando la suma de $80.000 en dinero efectivo ingresado a caja social. Responsabilidad socios: Monto aportes. Duración: 3 años desde fecha escritura, renovables. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de oficinas o agencias dentro del territorio del país o extranjero. Demás cláusulas constan escritura extractada. Concepción, 11 de Abril del año 2017.- apa.-

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Relaciones societarias

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