Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Sáez Tejeda Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 de mai. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-05-19Ver PDF (CVE 1400644)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: indefinida
Administração: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación legal corresponderá a los socios DAVID ALEJANDRO SAEZ TEJEDA y NICOLÁS ARTURO SAEZ TEJEDA, quienes actuando indistintamente cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) Adquirir, enajenar, comercializar, arrendar, subarrendar, lotear, subdividir, urbanizar y explotar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena y explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otro tipo de sociedades, modificarlas, asumir la representación de las mismas. Invertir en fondos mutuos, otorgar mutuos y demás operaciones de crédito de dinero por el plazo que determine y operar en el mercado de capitales; y en general cualquier otros actos análogos, semejantes, accesorios, derivados o relacionados con los anteriores, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; C) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierra, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; D) En general, todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otra actividad o negocio relacionado con los fines sociales que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

DAVID ALEJANDRO SÁEZ TEJEDA

Socio

50%

NICOLÁS ARTURO SÁEZ TEJEDA

Socio

50%

Texto oficial do extrato

ANFION PODLECH ROMERO, Notario Público Arauco, Cochrane 337, CERTIFICA: Por escritura pública ante mí 11 Mayo 2018, DAVID ALEJANDRO SÁEZ TEJEDA y NICOLÁS ARTURO SÁEZ TEJEDA, ambos domiciliado en Camino a Carampangue número mil seiscientos, bloque B, de la comuna de Arauco constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, ley tres mil novecientos dieciocho. RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SÁEZ TEJEDA LIMITADA”. Nombre de fantasía “INMOBILIARIA SAN PATRICIO LIMITADA”, pudiendo utilizar la expresión limitada en forma abreviada, esto es, “LTDA.” OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) Adquirir, enajenar, comercializar, arrendar, subarrendar, lotear, subdividir, urbanizar y explotar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena y explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otro tipo de sociedades, modificarlas, asumir la representación de las mismas. Invertir en fondos mutuos, otorgar mutuos y demás operaciones de crédito de dinero por el plazo que determine y operar en el mercado de capitales; y en general cualquier otros actos análogos, semejantes, accesorios, derivados o relacionados con los anteriores, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; C) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierra, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; D) En general, todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otra actividad o negocio relacionado con los fines sociales que los socios acuerden. DOMICILIO: Ciudad de Concepción. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, los cuales se aportan y enteran por los socios de la siguiente manera: a) DAVID ALEJANDRO SÁEZ TEJEDA, aporta la suma de un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, monto que entera y paga en acto, en dinero efectivo y que ingresa a la caja social; b) NICOLÁS ARTURO SÁEZ TEJEDA, aporta la suma de un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, monto que entera y paga en acto, en dinero efectivo y que ingresa a la caja social. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación legal corresponderá a los socios DAVID ALEJANDRO SAEZ TEJEDA y NICOLÁS ARTURO SAEZ TEJEDA, quienes actuando indistintamente cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha de suscripción del instrumento se extracta. Demás estipulaciones escritura se extracta.- Arauco, 16 de mayo de 2018.

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