Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria E Inversiones Pérez Rojas Y Pérez Bravo Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 nov. 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-11-04Voir le PDF (CVE 1841669)

Informations sociétaires

Ltda
San Felipe, Valparaíso
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO y don EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS, actuando en forma conjunta.

Objet social

a) La celebración de todos los actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición, compra, venta, arriendo, uso, goce, disposición, concesión, comercialización, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, mantención, reparación, readecuación, remodelación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, permuta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles, corporales o incorporales, la inversión de toda clase de títulos valores mobiliarios, y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías, efectos públicos o de comercio, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; y, c) En general, la celebración de todos los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles que, directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto de la sociedad, o que directa o indirectamente se relacionen con él mismo, y cualquiera que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$55.000.000

Capital libéré

$55.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO

Socio

15.xxx.xxx-6

50%

EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS

Socio

7.xxx.xxx-7

50%

Administrateurs (2)

DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO

15.xxx.xxx-6Administrador

EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS

7.xxx.xxx-7Administrador

Texte officiel de l’extrait

IGNACIO ADOLFO ZAMORANO ORELLANA, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial de Valparaíso, Suplente de la Titular MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS, con domicilio en calle Blanco número 648, Valparaíso, certifica que por escritura pública de fecha hoy, ante mí, doña DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO, chilena, soltera, Ingeniero Civil Bioquímico, cédula nacional de identidad número 15.986.123-6, de 35 años de edad, con domicilio en Parcela 12M, Pie de Mauco, comuna y ciudad de Quintero, Región de Valparaíso; y EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS, chileno, casado con separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número 7.069.052-7, de 62 años de edad, con domicilio para estos efectos en San Rafael 638, ciudad y comuna de San Felipe, Región de Valparaíso; constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES PÉREZ ROJAS Y PÉREZ BRAVO LIMITADA”, nombre de fantasía: “Inmobiliaria e Inversiones Pérez Limitada”. Domicilio: San Felipe, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) La celebración de todos los actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición, compra, venta, arriendo, uso, goce, disposición, concesión, comercialización, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, mantención, reparación, readecuación, remodelación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, permuta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de bienes muebles, corporales o incorporales, la inversión de toda clase de títulos valores mobiliarios, y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías, efectos públicos o de comercio, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; y, c) En general, la celebración de todos los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles que, directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto de la sociedad, o que directa o indirectamente se relacionen con él mismo, y cualquiera que acuerden los socios. Capital: $55.000.000.- (cincuenta y cinco millones de pesos) que se entera en la siguiente proporción: a) DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO, con el 50% del capital social, equivalente a $22.500.000.-, el cual paga en este acto, con el aporte en dominio del cien por ciento, que equivalen al cincuenta por ciento del total, de todos los derechos que le corresponden en el Lote número siete proveniente de la subdivisión de la Parcela número veintidós guion dos, denominado La Tiza, resultante de la subdivisión de la Parcela Sector veintidós, del Proyecto de Parcelación Valle Alegre, ubicado en la comuna de Quintero; y b) EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS, con el 50% del capital social, equivalente a $22.500.000.-, el cual paga en este acto, con el aporte del cien por ciento, que equivalen al cincuenta por ciento del total, de todos los derechos que le corresponden en el Lote número siete proveniente de la subdivisión de la Parcela número veintidós guion dos, denominado La Tiza, resultante de la subdivisión de la Parcela Sector veintidós, del Proyecto de Parcelación Valle Alegre, ubicado en la comuna de Quintero. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña DANIELA FRANCISCA PÉREZ BRAVO y don EDUARDO MAURICIO PÉREZ ROJAS, actuando en forma conjunta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Extracto redactado por el abogado Rodrigo Alonso Herrera Grillo.- Valparaíso, 29 de Octubre de 2020.-

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