Inmobiliaria E Inversiones Henri Alain Esteve SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$10.000.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | - |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, HENRI ALAIN ESTEVE ZAMBRANO, Chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cedula nacional de identidad número siete millones novecientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y seis guión cinco, con domicilio en calle Arturo Prat número seiscientos noventa y seis, de la comuna de Temuco, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes citada que exhibe y declara pertenecerle y expone: PRIMERO: Por escritura pública de fecha tres de Septiembre del año dos mil dieciocho, repertorio número siete mil setecientos cuatro, otorgada ante el notario público de Temuco señor Héctor Basualto Bustamante, procedió a constituir una sociedad por acciones denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES HENRI ALAIN ESTEVE SPA. SEGUNDO: RECTIFICACIÓN ESCRITURA: El compareciente viene en rectificar dicha escritura ya individualizada en el sentido de señalar que al indicar su dirección señalo ambos con domicilio debiendo ser lo correcto domiciliado en. TERCERO: RECTIFICACION EXTRACTO: Asimismo el compareciente viene en rectificar y complementar el extracto de la escritura ya individualizada en los siguientes sentidos: a) En el sentido de señalar que al indicar la dirección del constituyente señala ambos con domicilio debiendo ser lo correcto domiciliado en; b) Asimismo se modifica y rectifica la clausula de administración ya que señala que será exclusivamente administrado por don HENRI ALAIN ESTEVE ZAMBRANO en circunstancias que debe decir que será administrado por el administrador provisional don HENRI ALAIN ESTEVE ZAMBRANO, hasta la primera junta general ordinaria de accionistas; c) Asimismo en la clausula del capital se complementa en el sentido de señalar que el capital suscrito es de veinte millones de pesos y el capital pagado es de diez millones de pesos. Declara el compareciente, en la representación que invisten, que para todos los efectos legales que procedan, la presente escritura pública forma parte integrante de la escritura que mediante este instrumento se rectifica y complementa. Además que en lo no rectificado o complementado quedan plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en la escritura pública de constitución de de sociedad individualizada en la cláusula primera precedente. CUARTO: El capital de la sociedad es de veinte millones de pesos. QUINTO: MANDATO IRREVOCABLE AL PORTADOR: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, para requerir y firmar las anotaciones, subinscripciones e inscripciones que sean necesarias solicitar ante este notario público, el Registro Civil e Identificación, los Conservadores de Bienes Raíces respectivos y las instituciones públicas o privadas que fueren de lugar. La concesión de esta facultad es, desde luego, irrevocable y se cumplirá aunque sobrevenga la muerte o incapacidad del mandante o sus representantes. Otras estipulaciones escritura extractada. Temuco, 02 de Octubre de 2018.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES HENRI ALAIN ESTEVE SpA
CVE 1474267
