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Sociedad por Acciones

Inmobiliaria E Inversiones Carmen Maluenda SpA

CONSTITUCIÓN — 16 jun 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-06-16Ver PDF (CVE 2825391)

Información societaria

SpA
La Serena, Coquimbo
Duración: Indefinida
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a doña GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS, quien representa judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, sin necesidad de otorgarle poder especial alguno.

Objeto social

a) La inversión en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, y la compra, venta, importación, exportación, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, sean muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de éstos; b) La inversión en toda clase de sociedades, sean de personas o de capital, la adquisición de acciones, derechos sociales, bonos, cuotas de fondos de inversión, depósitos en fondos mutuos, instrumentos de renta fija o variable en general, la contratación y comercialización de productos financieros de cualquier clase; c) Invertir en o desarrollar, y ejecutar directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, mecánicos, financieros, agrícolas, forestales y/o ganaderos, o relacionados con la tecnología, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; d) La realización y prestación de todo tipo de asesorías o servicios en materias de ingeniería, contabilidad, tesorería, administración y control interno; e) Procesamiento de información, administración de recursos humanos, investigación y desarrollo de planes, programas y tecnologías, diseño y aplicación de sistemas y control de calidad, y en general toda clase de proyectos y obras, privados y públicos; f) Realizar cualquier otra inversión, negocio o proyecto acordado por los accionistas; y g) La actividad comercial en sus formas más amplias; la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles; la construcción y demolición de bienes inmuebles, sean destinados al comercio o a la habitación, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; y en general, la realización de toda clase de actividades relacionadas en forma directa o indirecta con los rubros antes mencionados.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

500

Socios (1)

NombreParticipación

GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS

Accionista

10.xxx.xxx-5

100%

Administradores (1)

GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS

10.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, Abogado, Notario Público Titular de La Primera Notaria de La Serena, con oficio en calle Los Carrera 529, Certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de Mayo de 2026, Repertorio 1650-2026 ante mí; Doña GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS, chilena, trabajadora independiente, casada y separada parcialmente de bienes en los términos del artículo 150 del Código Civil, cédula nacional de identidad N° 10.619.741-5, con domicilio en Parcela N° 32, Sitio 87 C, Alfalfares, La Serena. TIPO Y NOMBRE SOCIAL: Se constituye una Sociedad por Acciones que girará bajo la denominación de INMOBILIARIA E INVERSIONES CARMEN MALUENDA S.P.A., quien también podrá usar indistintamente como nombre de fantasía INVERSIONES CARMEN MALUENDA S.P.A. DOMICILIO: La ciudad de La Serena, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO SOCIAL: a) La inversión en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, y la compra, venta, importación, exportación, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, sean muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de éstos; b) La inversión en toda clase de sociedades, sean de personas o de capital, la adquisición de acciones, derechos sociales, bonos, cuotas de fondos de inversión, depósitos en fondos mutuos, instrumentos de renta fija o variable en general, la contratación y comercialización de productos financieros de cualquier clase; c) Invertir en o desarrollar, y ejecutar directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, mecánicos, financieros, agrícolas, forestales y/o ganaderos, o relacionados con la tecnología, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; d) La realización y prestación de todo tipo de asesorías o servicios en materias de ingeniería, contabilidad, tesorería, administración y control interno; e) Procesamiento de información, administración de recursos humanos, investigación y desarrollo de planes, programas y tecnologías, diseño y aplicación de sistemas y control de calidad, y en general toda clase de proyectos y obras, privados y públicos; f) Realizar cualquier otra inversión, negocio o proyecto acordado por los accionistas; y g) La actividad comercial en sus formas más amplias; la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles; la construcción y demolición de bienes inmuebles, sean destinados al comercio o a la habitación, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; y en general, la realización de toda clase de actividades relacionadas en forma directa o indirecta con los rubros antes mencionados. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de $2.000.000 (dos millones de pesos), dividido y representado en 500 (quinientas) acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, con un valor referencial de $4.000 (cuatro mil pesos) por acción, sin perjuicio del valor de libros. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL: La totalidad de las acciones quinientas (500) acciones, equivalentes a $2.000.000 son suscritas y pagadas íntegramente en el acto de constitución por doña GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS, quien las entera en dinero efectivo a la caja empresarial. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a doña GABRIELA DEL CARMEN PORTILLA CORTÉS, R.U.T. N° 10.619.741-5, en calidad de Administradora, quien representa judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, sin necesidad de otorgarle poder especial alguno. La Administradora durará en sus funciones hasta que sea reemplazada por acuerdo de la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto. Su facultad de administrar es intransmisible a los herederos. RÉGIMEN TRIBUTARIO: La sociedad se regirá por el régimen tributario establecido en el artículo 14 letra B de la Ley sobre Impuesto a la Renta. ÁRBITRO: Las diferencias que se susciten entre los accionistas, entre éstos y la sociedad, o entre los accionistas y el administrador o liquidador, serán resueltas por el Juez Árbitro don JUAN CARLOS PÉREZ ASTORGA, R.U.T. N° 12.575.455-4, en carácter de árbitro arbitrador en cuanto al procedimiento y al fallo y, a falta de éste, por quien sea designado por la justicia ordinaria. FACULTAD DE PORTADOR: Se faculta al portador de copia autorizada de la escritura de constitución y de su extracto para requerir las inscripciones y subinscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio correspondiente, publicaciones en el Diario Oficial, y todo trámite ante el Servicio de Impuestos Internos que diga relación con la iniciación de actividades de la compañía. FACULTAD ESPECIAL: Se faculta a don PABLO TOMÁS BOUIEY GUERRERO, chileno, abogado, R.U.T. N° 19.256.107-8, para realizar todas las modificaciones de fondo y de forma, suscribir los instrumentos públicos y privados necesarios, efectuar complementaciones, rectificaciones y aclaraciones para el perfeccionamiento del contrato y la correcta inscripción en el Conservador de Comercio correspondiente, pudiendo redactar, suscribir y firmar en representación de los comparecientes las escrituras de saneamiento que fueren pertinentes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 27 de Mayo de 2026.-CARAT 32544.

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