Inmobiliaria e Inversiones Axioma SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad es arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
10.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ROLANDO RODRIGO GACITÚA ARANCIBIA Accionista | - | 50% | $5.000.000 |
VICTORIA PAULINA ESCOBAR LÓPEZ Accionista | - | 50% | $5.000.000 |
Texto oficial del extracto
ARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública hoy ante mi, Repertorio N° 2237, ROLANDO RODRIGO GACITÚA ARANCIBIA y VICTORIA PAULINA ESCOBAR LÓPEZ, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES AXIOMA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), dividido en 10.000 (diez mil) acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el que se suscribe, enteran y pagan por el accionista ROLANDO RODRIGO GACITÚA ARANCIBIA de la siguiente manera: (i) Suscribe 5.000 (cinco mil) acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos), lo que corresponde al 50% (cincuenta por ciento) del patrimonio de la sociedad; y pagadas en el acto de constitución de la sociedad; y por la Accionista VICTORIA PAULINA ESCOBAR LÓPEZ de la siguiente manera: (i) Suscribe 5.000 (cinco mil) acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos), lo que corresponde al 50% (cincuenta por ciento) del patrimonio de la sociedad; y pagadas en el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Armando Ulloa Contreras, Notario Público, Santiago, 26 de julio de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
Inmobiliaria e Inversiones Axioma SpA
CVE 1449565
