Inmobiliaria E Inversiones Austral Limitada
Diario Oficial
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Texte officiel de l’extrait
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle A. Varas Nº979, RECTIFICA EXTRACTO de Escritura Pública de constitución de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES AUSTRAL LIMITADA” otorgada ante mí, con fecha 11.06.2020, bajo el repertorio 4555-20, cuyo extracto fue publicado el 22 de junio de 2020 en la edición número 42.687 del Diario Oficial. Rectifica en el siguiente sentido: donde dice: “Por escritura pública otorgada ante mí, hoy” debe decir: “Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 11 de Junio de 2020”. En lo no rectificado permanece inalterable extracto publicado con fecha 22 de Junio de 2020. Doy Fe. Temuco 07 de agosto de 2020.
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Objet social
la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, inmuebles por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Podrá además invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. Y en general, cualquier otro negocio, servicio o actividad relacionado directa o indirectamente con los anteriores, y cualesquiera otros que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogada, Notaria Pública Titular, domiciliada en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, hoy, Don don OSCAR ALFONSO BRAVO TORO, domiciliado en calle Antonio Varas número seiscientos ochenta y siete, oficina novecientos ocho, de la ciudad de Temuco y don PEDRO ANTONIO ELÍAS BARROSO, con domicilio en Avenida Alemania número cero novecientos noventa y nueve, oficina quinientos uno de la ciudad de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, siguiente sentido: RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES AUSTRAL LIMITADA”.Nombre Fantasía: “AUSTRAL LTDA”. Objeto: El objeto de la sociedad comprenderá: la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, inmuebles por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Podrá además invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. Y en general, cualquier otro negocio, servicio o actividad relacionado directa o indirectamente con los anteriores, y cualesquiera otros que acuerden los socios.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a) En forma individual cada uno de ellos separadamente y anteponiendo su firma a la razón social don Oscar Alfonso Bravo Toro y don Pedro Antonio Elías Barroso, con facultades generales contenidas en el pacto social y B) en forma conjunta, y anteponiendo su firma a la razón social don Oscar Alfonso Bravo Toro y don Pedro Antonio Elías Barroso, podrán vender, permutar, ceder y transferir toda clase de bienes raíces, contraer, aceptar, posponer y cancelar hipotecas, prendas, sea prenda común o especiales de almacenes generales de depósito, de prenda de valores mobiliarios en favor de Bancos, de prenda de las compraventas a plazo, de prenda industrial y de prenda sin desplazamiento tratadas en la Ley dieciocho mil ciento doce, y toda clase de garantías y prohibiciones; para que constituya a la sociedad como fiador o codeudor solidario; para percibir de instituciones o bancos o cualquier otra institución, las sumas, bonos o valores que correspondan a la sociedad, valores hipotecarios reajustables o cualquier otro valor que exista o existiere en el futuro; para avalar letras de cambio, pagarés y cualesquiera otros documentos mercantiles; otorgando hipotecas, prendas u otras cauciones; alzando, posponiendo o limitando las prendas, hipotecas y prohibiciones; y vender acciones, bonos y otros valores, disolver y liquidar toda clase de sociedades, asociaciones y comunidades; celebre contrato autocontratando, Done, para que haga y acepte transferencia de acciones, bonos, billetes, valores y pagarés, anular, rescindir, resolver, revocar y terminar, dar por terminados o revocar los contratos que la sociedad haya celebrado, para novar obligaciones, para gravar los bienes sociales con derechos de uso, usufructo, habitación, etcétera; o constituir servidumbres activas o pasivas, dar y recibir bienes en hipoteca, posponer hipotecas, constituirlas con cláusulas de garantía general, para garantía de obligaciones sociales y alzarlas; concurrir a la modificación, disolución y liquidación de sociedades de aquéllas de que forme parte y ejercer o renunciar las acciones que competan a la Sociedad en tales sociedades o comunidades sin limitación alguna. CAPITAL: suma de $5.000.000 pesos, que los socios aportan y enteran en este acto, de contado y en dinero efectivo, en iguales partes, esto es, $2.500.000 pesos cada uno, monto que es ingresado en este acto a la caja social.- Responsabilidad Socios: Limitada monto de sus aportes. Duración: 5 años prorrogado igual período de tiempo. Domicilio: Comuna y Ciudad Temuco.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Doy Fe. Temuco, 19 de junio de 2020.
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