Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Antud Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 de jul. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-07-14Ver PDF (CVE 2155979)

Informações societárias

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Duração: 30 años desde la fecha de la escritura, renovable por períodos iguales de 5 años, automática y sucesivamente
Administração: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL.

Objeto social

La realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; la participación como inversionista con fines rentísticos; y otros actos que sean compatibles con el giro social.

Capital

Capital total

$80.000.000

Sócios (5)

NomeParticipação

CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL

Socio

10.xxx.xxx-2

92%

PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO

Socio

10.xxx.xxx-8

5%

JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL

Socio

17.xxx.xxx-5

1%

CARLOS ANDRÉS BUGUEÑO CARVAJAL

Socio

16.xxx.xxx-8

1%

NICOL DEL PILAR BUGUEÑO CARVAJAL

Socio

16.xxx.xxx-9

1%

Administradores (1)

CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL

10.xxx.xxx-2Administrador

Texto oficial do extrato

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “INMOBILIARIA E INVERSIONES ANTUD LIMITADA” Certifico: En Ovalle, República de Chile, a 10 de Junio del año 2022, ante mí, RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaria y Conservador de Minas de Ovalle, domiciliado en calle Miguel Aguirre N°328, Cédula de Identidad N°9.928.013-1, comparecieron los señores CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL, chileno, casado con doña PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO, agricultor, cédula nacional de identidad N°10.351.705-2, domiciliado en la localidad de Las Sossas s, comuna de Ovalle; PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO, chilena, casada con don CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL, agricultora, actuando de conformidad al artículo 150 del Código Civil, en el aporte de dinero que más adelante se expresa, cédula nacional de identidad N°10.357.693-8, domiciliada en la localidad de Las Sossas s, comuna de Ovalle; JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad N° 17.362.098-5, domiciliado en Pasaje Willy González Bouseller N°875, Villa Parque Inglés, Ovalle; CARLOS ANDRÉS BUGUEÑO CARVAJAL, chileno, soltero, ingeniero mecánico, cédula nacional de identidad N°16.110.570-8, domiciliado en calle El Yodo N°8.180 departamento 2.207, Antofagasta y de paso en esta ciudad; y NICOL DEL PILAR BUGUEÑO CARVAJAL, chilena, soltera, fonoaudióloga, cédula nacional de identidad N° 16.341.458-9, domiciliada en calle Juan Carlos Castillo Boilet N°765, Barrio Inglés, Ovalle, constituyendo una sociedad de responsabilidad Limitada que se regirá por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes, por las disposiciones de la Ley tres mil noventa y ocho de fecha catorce de Marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores y de los Códigos de Comercio y Civil respectivamente; cuya RAZON SOCIAL: es "INMOBILIARIA E INVERSIONES ANTUD LIMITADA", pudiendo abreviarse en cualquier actuación la palabra "Limitada" por la expresión LTDA..- OBJETO: El objeto o giro de la sociedad tendrá por objeto a) la realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; b) la participación como inversionista con fines rentísticos c)otros actos que sean compatibles con el giro social.- ADMINISTRACION: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, o a su sigla la representará y obligará tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades de la cláusula cuarta.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de $80.000.000.- que es aportado en dominio a la caja social de la siguiente forma: A) CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL, aporta en dominio al capital social la suma de $73.600.000, a través del aporte de los siguientes bienes inmuebles: 1) Aporta en dominio el inmueble denominado DEPARTAMENTO NUMERO MIL CIENTO DIECISÉIS, del Décimo Primer Piso de la Torre Sur y del ESTACIONAMIENTO NÚMERO CINCUENTA Y OCHO, del primer subterráneo, ambos del “Edificio Parque Capital”, con acceso común por calle Lord Cochrane número doscientos nueve, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil doscientos tres y tres mil doscientos tres-A a la –K; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al lote Uno-D del plano de subdivisión y fusión respectivo, que deslinda: NORTE, con otros propietarios en línea recta J-L de cuarenta coma sesenta metros; SUR, con propiedad particular en línea recta M-K de cuarenta coma treinta metros; ORIENTE, con calle Lord Cochrane en línea recta L-M de ochenta y cinco metros; PONIENTE, con Lote Uno-C en línea recta K-J en ochenta y cinco metros, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas 80.044 N°120.541 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010.- El Rol de avalúo del Departamento N°1.116 del Décimo Primer Piso de la Torre Sur del “Edificio Parque Capital”, es el N°487--152, y el Rol del avalúo del Estacionamiento N°58 del primer subterráneo, del “Edificio Parque Capital”, es el N° 487-606 ambos de la comuna de Santiago.- Este aporte es avaluado por las partes en la suma de $52.000.000, a razón de $47.500.000 por el Departamento N°1.116 y $4.500.000 por el Estacionamiento N°58.- 2) Asimismo, aporta en dominio al capital social el inmueble ubicado en lugar Las Sossas, comuna de Ovalle, Provincia de Limarí, Cuarta Región, individualizado en el plano IV- dos- seis cero cuatro nueve-S.R., que tiene una superficie aproximada de seiscientos once coma cero seis metros cuadrados, y deslinda: Norte, Nicomedes Bugueño en línea quebrada de tres parcialidades de quince coma cuarenta metros; doce coma cincuenta metros y siete coma cincuenta y cinco metros, separado por cerco; Este, Comité Pro casa en veinte coma diez metros, separado por cerco; Sur, camino público de Ovalle a Cerrillos de Tamaya en treinta y dos coma cuarenta y cinco metros; Oeste, Nicomedes Bugueño en trece coma cincuenta y cinco metros, separado por cerco.- El inmueble se encuentra inscrito a fojas 2.077 N°1.776 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año 2007.- El Rol de avalúo de la propiedad es el número 710-68 de la comuna de Ovalle.- Este aporte es avaluado por las partes en la suma de $21.600.000; B) La socia PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; C) JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL, aporta en dominio al capital social la suma de $800.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; D) CARLOS ANDRÉS BUGUEÑO CARVAJAL, aporta en dominio al capital social la suma de $800.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; y E) NICOL DEL PILAR BUGUEÑO CARVAJAL, aporta en dominio al capital social la suma de $800.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad.- Los socios de conformidad al artículo 382 del Código de Comercio estipulan y acuerdan que el porcentaje de propiedad en el capital será el equivalente a un 92% para el socio CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL; un 5% para la socia PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO; un 1% para el socio JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL; un 1% para el socio CARLOS ANDRÉS BUGUEÑO CARVAJAL; y un 1% para la socia NICOL DEL PILAR BUGUEÑO CARVAJAL.- LIMITACION: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- VIGENCIA: La Sociedad tendrá una duración de 30 años desde la fecha de esta escritura, pudiendo renovarse por períodos iguales de 5 años, cada uno.- Las renovaciones operarán automática y sucesivamente de la manera señalada clausula séptima.- FALLECIMIENTOS: La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento o incapacidad sobreviviente de algún socio, o cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio.- En los eventos referidos la Sociedad continuará con el socio afectado o sus herederos y causahabientes, representados por quien corresponda en derecho quienes deberán designar un procurador común para que los represente en la sociedad.- En caso de fallecer el socio fundador y administrador social la administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO y para el caso que también se produzca su fallecimiento y no estuviere tampoco vivo el actual administrador social; la sociedad será administrada temporalmente sin facultades para enajenar por JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL, debiendo pactarse una modificación al pacto social en un plazo máximo de 6 meses con los correspondientes herederos a fin de pactar la determinación de quien del o de los herederos ejercerá la administración permanente de la sociedad.- Dicha persona designada no podrá actuar con el uso de la razón social y administración de la sociedad.-BALANCES: La Sociedad practicará balances el 31 de Diciembre de cada año. Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados dentro de treinta días corridos desde que fueren puestos en su conocimiento. UTILIDADES Y PERDIDAS: Las utilidades y eventuales perdidas que arroje el balance, se repartirán entre los socios a razón de un 92% para el socio CARLOS HENRY BUGUEÑO CARVAJAL; un 5% para la socia PILAR ANGÉLICA CARVAJAL TIRADO; un 1% para el socio JONATHAN FABIAN BUGUEÑO CARVAJAL; un 1% para el socio CARLOS ANDRÉS BUGUEÑO CARVAJAL; y un 1% para la socia NICOL DEL PILAR BUGUEÑO CARVAJAL, según lo convenido en la cláusula novena y décimo sexta.- DOMICILIO SOCIAL: Para todos los efectos del contrato de sociedad, los socios y la sociedad fijan su domicilio en la Comuna de Ovalle, sin perjuicio de las sucursales y oficinas que pueda abrir en cualesquier punto del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura de constitución.- Ovalle, 10 de Junio de 2022.- RODRIGO CABRERA ALBARRAN NOTARIO PUBLICO DE OVALLE.

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