Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria E Inversiones 2307 Limitada

CONSTITUCIÓN — 29 may 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-29Ver PDF (CVE 1221013)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años renovables por igual período desde la fecha escritura extractada
Administración: Héctor Arturo Miranda Riquelme, amplias facultades, con limitaciones indicadas en escritura social.

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la compra y venta, el arrendamiento, la administración, la urbanización, la subdivisión, la edificación o construcción, y en general la adquisición y/o la enajenación, la posesión y/o tenencia y la administración a cualesquier título, y por cuenta propia o por cuenta de terceros y para la propia Sociedad o para terceros, de toda clase de bienes muebles y de inmuebles o raíces, ya se trate de inmuebles por naturaleza o adherencia, y sean urbanos, rurales o agrícolas, destinados a la residencia o habitación o para el comercio, oficinas, locales comerciales o de edificios de estacionamientos para automóviles, o de recintos o Plantas Industriales o destinados a la explotación agrícola o industrial; y la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito. Sin perjuicio de todo lo anterior la Sociedad podrá también perseguir, convenir, celebrar y efectuar todo y cualesquier otro objeto similar o complementario o inherente o conducente a la consecución de los fines de la Sociedad.

Capital

Capital total

$390.000.000

Capital pagado

$7.800.000

Capital pendiente

$382.200.000

Socios (3)

NombreParticipación

Andrea Alejandra Ortúzar Reyes

Socio

9.xxx.xxx-2

98%

Héctor Arturo Miranda Riquelme

Socio

8.xxx.xxx-5

1%

Valentina Paz Miranda Ortúzar

Socio

18.xxx.xxx-1

1%

Administradores (1)

Héctor Arturo Miranda Riquelme

8.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

CHRISTIAN MANUEL PARRA TORO, Abogado, Notario Público de Santiago, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Peñalolén don PEDRO PARRA AHUMADA, con Oficio en Avenida Grecia número cinco mil seiscientos dieciséis, segundo piso, certifica: Por escritura de hoy ante mí: ANDREA ALEJANDRA ORTÚZAR REYES, empresaria, cedula de identidad 9.918.492-2, HÉCTOR ARTURO MIRANDA RIQUELME, ingeniero civil industrial, cédula de identidad, 8.493.959-5, y VALENTINA PAZ MIRANDA ORTÚZAR, estudiante, cédula de identidad 18.463.238-1, todos domiciliados en Lyon número 8760, casa G, Condominio Los Viñedos del Consistorial, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES 2307 LIMITADA”. Nombre de fantasía: “INMOBILIARIA E INVERSIONES 2307 LTDA.”. Objeto: El objeto de la Sociedad será la compra y venta, el arrendamiento, la administración, la urbanización, la subdivisión, la edificación o construcción, y en general la adquisición y/o la enajenación, la posesión y/o tenencia y la administración a cualesquier título, y por cuenta propia o por cuenta de terceros y para la propia Sociedad o para terceros, de toda clase de bienes muebles y de inmuebles o raíces, ya se trate de inmuebles por naturaleza o adherencia, y sean urbanos, rurales o agrícolas, destinados a la residencia o habitación o para el comercio, oficinas, locales comerciales o de edificios de estacionamientos para automóviles, o de recintos o Plantas Industriales o destinados a la explotación agrícola o industrial; y la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito. Sin perjuicio de todo lo anterior la Sociedad podrá también perseguir, convenir, celebrar y efectuar todo y cualesquier otro objeto similar o complementario o inherente o conducente a la consecución de los fines de la Sociedad. Capital: $390.000.000, que los socios se obligan a aportar de la siguiente forma: Andrea Alejandra Ortúzar Reyes, se obliga a aportar y transferir dentro de los 60 días siguientes al otorgamiento de este instrumento: a) el inmueble ubicado en de calle El Olivo Poniente número cinco mil ochocientos veintiuno, comuna de Peñalolén, que corresponde al Lote nueve de la manzana A, del Conjunto Habitacional denominado "Altos de la Arboleda, Barrio Oriente", Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, que está en proceso de ser inscrito a su nombre en el registro conservatorio, y b) en el mismo plazo de 60 días contados desde la fecha de otorgamiento de este instrumento la suma de $262.200.000 en dinero efectivo que se obliga a enterar en ese plazo en arcas sociales; de su lado, tanto don Héctor Arturo Miranda Riquelme como doña Valentina Paz Miranda Ortúzar, aportan en este acto, al contado, en dinero efectivo la suma de $3.900.000 cada uno de ellos. Con ello, a doña Andrea Alejandra Ortúzar Reyes le corresponden el 98% de los derechos sociales y tanto a don Héctor Arturo Miranda Riquelme y a doña Valentina Paz Miranda Ortúzar, el 1% de tales derechos a cada uno. Administración y uso razón social: Héctor Arturo Miranda Riquelme, amplias facultades, con limitaciones indicadas en escritura social. Duración: cinco años renovables por igual período desde la fecha escritura extractada. Responsabilidad: socios limitan su responsabilidad al monto sus aportes. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 mayo 2017.

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