Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Don Julio Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 jul 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-07-03Ver PDF (CVE 1424575)

Información societaria

Ltda
Huechuraba, Región Metropolitana
Duración: 10 años contados desde el 2018-06-25, renovable automática y sucesivamente por períodos de 10 años
Administración: Corresponderán indistintamente a Julio Fernando Krauss Rotter y a Martín Krauss Valdés, directamente o por intermedio de representantes, ordinarios o extraordinarios; en caso de muerte, renuncia o incapacidad de alguno de estos, la administración pasará ipso facto al otro administrador; y, a falta de ambos, pasará a Fernando Miguel Krauss Valdés y Guadalupe Krauss Valdés, quienes deberán actuar conjuntamente.

Objeto social

El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; el arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros. La explotación por arriendos de bienes inmuebles podrá ser amoblados o bien, sin bienes muebles, según cada caso; la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras de ingeniería en general; la explotación, compra, venta, arriendo, desarrollo y construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, departamentos y complejos turísticos; y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

Julio Fernando Krauss Rotter

Socio

8%

Martín Krauss Valdés

Socio

42%

Fernando Miguel Krauss Valdés

Socio

8%

Guadalupe Krauss Valdés

Socio

42%

Administradores (4)

Texto oficial del extracto

RAÚL UNDURRAGA LASO, Notario Público, Titular de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliado en Mac Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública del 25 de junio de 2018, ante mí, Julio Fernando Krauss Rotter, Martín Krauss Valdés, Fernando Miguel Krauss Valdés y Guadalupe Krauss Valdés, todos domiciliados en Av. Del Parque N°4.160, oficina 402, Huechuraba, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA DON JULIO LIMITADA”, pudiendo usar como nombre fantasía “Don Julio Ltda.” para fines comerciales y financieros. DOMICILIO: Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales. OBJETO: El objeto de la sociedad será: i) El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; ii) el arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros. La explotación por arriendos de bienes inmuebles podrá ser amoblados o bien, sin bienes muebles, según cada caso; iii) la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras de ingeniería en general; iv) la explotación, compra, venta, arriendo, desarrollo y construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, departamentos y complejos turísticos; y, v) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios.- Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones, o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados. CAPITAL: $10.000.000: a) Julio Fernando Krauss Rotter: $800.000, equivalentes al 8% del total del interés social, que pagó en el acto, en dinero efectivo a satisfacción de la sociedad; b) Martín Krauss Valdés: $4.200.000, equivalentes al 42% del total del interés social, que pagó en el acto, en dinero efectivo a satisfacción de la sociedad; c) Fernando Miguel Krauss Valdés: $800.000, equivalentes al 8% del total del interés social, que pagó en el acto, en dinero efectivo a satisfacción de la sociedad; y, d) Guadalupe Krauss Valdés: $4.200.000, equivalentes al restante 42% del total del interés social, que pagó en el acto, en dinero efectivo a satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital está íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderán indistintamente a Julio Fernando Krauss Rotter y a Martín Krauss Valdés, directamente o por intermedio de representantes, ordinarios o extraordinarios. Mandatarios generales extraordinarios deberán ser designados por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Designación administradores no es esencial, por lo que en caso de muerte, renuncia o incapacidad de alguno de estos, administración pasará ipso facto al otro administrador; y, a falta de ambos, administración pasará a Fernando Miguel Krauss Valdés y Guadalupe Krauss Valdés, quienes deberán actuar conjuntamente. Facultades en escritura extractada. VIGENCIA: 10 años contados desde el 25 de junio de 2018, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 10 años cada uno, según cláusula de prórroga. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de junio de 2018.

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