Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Cruz Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 may 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-25Ver PDF (CVE 1219338)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años; se prorroga automáticamente por períodos sucesivos e iguales de dos años si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término
Administración: La administración, la representación legal de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá individualmente a doña MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ, quien actuando en forma individual y anteponiendo a su firma la razón social podrán obligar y representar a la sociedad.

Objeto social

efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales comerciales, estacionamientos, galpones, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; la explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles; y la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios

Capital

Capital total

$295.000.000

Capital pagado

$295.000.000

Capital pendiente

$29.500.000

Socios (2)

NombreParticipación

FRANCISCO JAVIER GREENE FERNANDEZ

Accionista

9.xxx.xxx-5

90%

MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ

Accionista

9.xxx.xxx-6

10%

Administradores (1)

MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ

9.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría, domiciliado en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 15 de mayo de dos mil diecisiete, ante mí, don FRANCISCO JAVIER GREENE FERNANDEZ, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos catorce guión cinco, y doña MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos diecisiete mil ciento treinta y nueve guión seis, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Costanera número cuatro mil doscientos veintinueve, of. cuatrocientos cinco, Comuna de Vitacura, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente. Nombre: “INMOBILIARIA CRUZ LIMITADA”, pudiendo ella actuar, además, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “EL ALGARROBAL LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; b) desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales comerciales, estacionamientos, galpones, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; c) la explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles, y d) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Administración: La administración, la representación legal de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá individualmente a doña MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ, quien actuando en forma individual y anteponiendo a su firma la razón social podrán obligar y representar a la sociedad. Capital: El capital social es la suma de doscientos noventa y cinco millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: UNO) Por el presente acto e instrumento don FRANCISCO JAVIER GREENE FERNANDEZ, con la expresa autorización y consentimiento del socio doña MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ, aporta en dominio el inmueble consistente en el Lote o Parcela Uno de la Manzana G, de la subdivisión de la Hijuela o Lote A Uno, del plano de subdivisión de la Hijuela A del Fundo Algarrobal, Comuna de Colina, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, en aproximadamente setenta y nueve coma diez metros con el lote número uno de la manzana h y con el lote número dos de manzana H; SUR, en aproximadamente setenta y nueve coma diez metros con el lote número dos de la manzana G; ESTE, en aproximadamente sesenta y tres coma tres metros con el lote número uno de la manzana L; OESTE, en aproximadamente sesenta y tres coma tres metros con el lote número diez de la manzana G. El título fue inscrito a fojas dieciocho mil cuatrocientas sesenta y seis, número veintisiete mil seiscientos noventa, del Registro de Propiedad del año dos mil once, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Rol de Avalúo Fiscal número mil setenta y dos guión uno de la comuna de Colina. Los socios valorizan de común acuerdo el aporte en doscientos sesenta y cinco millones quinientos mil pesos, equivalente al noventa por ciento de los derechos sociales. DOS) Por el presente acto e instrumento doña MARÍA REBECA DE LA CRUZ GONZALEZ, con la expresa autorización y consentimiento del socio don FRANCISCO JAVIER GREENE FERNANDEZ, aporta al capital de la sociedad la suma total de veintinueve millones quinientos mil de pesos, equivalente al diez por ciento de los derechos en la sociedad, los que se obliga a enterar dentro del plazo de cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura. Domicilio: Su domicilio es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: tendrá una duración de cinco años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por períodos sucesivos e iguales de dos años si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 22 de mayo de 2017.

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