Inmobiliaria Cpcj SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la adquisición, construcción y explotación de todo tipo de inmuebles, corretaje de propiedades; compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, propios o ajenos; el arrendamiento, administración, urbanización, loteos y subdivisión por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes inmuebles; la participación o inversión en otras empresas o sociedades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social; importación, exportación, comercialización y representación por cuenta propia o ajena de equipos, instrumentos, máquinas y herramientas, elementos, partes, piezas nacionales o importadas para construcción o urbanización; prestación de servicios en materias inmobiliarias. La sociedad podrá asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales; sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, y, en general, realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social que los socios convengan.
Capital
Capital total
$530.000.000
Capital pagado
$526.500.000
Capital pendiente
$3.500.000
Acciones
100
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 70% | $414.500.000 |
PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA Accionista 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 26% | $109.000.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 4% | $6.500.000 |
Administradores (4)
CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD
PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA
Texto oficial del extracto
JOHN GALLARDO GÓMEZ, abogado, Notario Público Suplente, del titular don OSCAR FERNANDEZ Mora, de la 2º Notaría de La Serena, con oficio en Cordovez 588, Oficina 108, Edificio Don Oscar. Certifica: Por escritura pública de fecha 06 de agosto de 2018; CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD, chileno, casado en separación total de bienes, empresario, C.N.I. N° 9.875.085-1; PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, chilena, casada en separación total de bienes, factor de comercio, C.N.I. N° 10.395.250-6; Y CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, chileno, soltero, estudiante universitario, C.N.I. N° 18.172.399-8, todos domiciliados en Alberto Arenas N° 2.918, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; Constituyeron Sociedad por Acciones, bajo la RAZÓN SOCIAL: "INMOBILIARIA CPCJ SpA” la que funcionará y actuará con dicho nombre ante los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados y/o mixtos.- OBJETO: la adquisición, construcción y explotación de todo tipo de inmuebles, corretaje de propiedades; compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, propios o ajenos; el arrendamiento, administración, urbanización, loteos y subdivisión por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes inmuebles; la participación o inversión en otras empresas o sociedades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social; importación, exportación, comercialización y representación por cuenta propia o ajena de equipos, instrumentos, máquinas y herramientas, elementos, partes, piezas nacionales o importadas para construcción o urbanización; prestación de servicios en materias inmobiliarias. La sociedad podrá asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales; sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, y, en general, realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social que los socios convengan.- ADMINISTRACIÓN y USO DE LA RAZÓN SOCIAL:La administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad le corresponderá a don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD, C.N.I. N° 9.875.085-1; y a doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, C.N.I. N° 10.395.250-6; quienes actuando de forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en escritura extractada.- Se deja constancia, que en el caso de fallecimiento de uno de los administradores, representará a la sociedad el administrador sobreviviente. Sin perjuicio de lo ya señalado, y en evento de fallecimiento de ambos administradores, representarán a la sociedad, don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento setenta y dos mil trescientos noventa y nueve guion ocho, y doña MARÍA JOSÉ ARMAS VARGAS, chilena, soltera, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones setecientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cinco guion K; ambos domiciliados en Alberto Arenas número dos mil novecientos dieciocho, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, quienes actuando de forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, Podrán representar a la sociedad con los mismos poderes ya descritos, acreditando únicamente para ello los certificados de defunciones de los administradores fallecidos. Sin perjuicio de lo anterior, y solo para el caso en que se encuentren fallecidos don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD, y doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, en el periodo que media entre el acto constitutivo y agosto del año dos mil diecinueve; don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, no tendrá facultades de administración por sí solo; debiendo esperar a que doña MARÍA JOSÉ ARMAS VARGAS, cumpla mayoría de edad de conformidad a la legislación chilena vigente a la fecha del acto constitutivo.-CAPITAL SOCIAL: El capital social, ascendente a la suma de quinientos treinta millones de pesos, dividido en cien acciones, de una única serie y sin valor nominal. Dicho capital se suscribe, entera y paga por los accionistas constituyentes de la siguiente forma: A.- Don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD, suscribe en este acto setenta acciones, por un valor total de cuatrocientos catorce millones quinientos mil pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANDFORD, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: UNO) Aporte en dominio del Inmueble consistente en el departamento número quinientos veinticuatro, ubicado en el segundo piso del edificio número cinco que se encuentra construido en la Parcela o Lote B, y el derecho de uso y goce exclusivo de los bienes comunes consistente en la Bodega número setenta y seis, y del Estacionamiento descubierto E-Veintitrés, situado en el sector estacionamiento de la Parcela B, de la ciudad y comuna de Coquimbo, enmarcado dentro del polígono ciento dieciocho – ciento diecinueve – ciento cincuenta y cinco – ciento cincuenta y cuatro – ciento cincuenta y tres – ciento cincuenta y dos – ciento cuarenta y nueve – ciento cuarenta y ocho – ciento cincuenta y nueve – ciento cincuenta y ocho – ciento cincuenta y siete – ciento cincuenta y seis – ciento dieciocho, en el plano que se encuentra archivado bajo el número doce, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año mil novecientos noventa y tres. El referido Lote B tiene una superficie aproximadamente de dos hectáreas quinientos treinta metros y que es resultante de la fusión y nueva subdivisión del predio denominado “Balneario Las Tacas” y de los lotes A, B y C de la subdivisión de la Exclusión de Expropiación del resto del Fundo Lagunillas, de la comuna de Coquimbo, cuyos deslindes según sus títulos son los siguientes: A) Predio denominado Las Tacas: AL NORTE: En trescientos setenta metros aproximadamente puntos L-K del plano que separa los terrenos de Exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; AL SUR: En seiscientos treinta metros aproximadamente puntos J-I del plano que separa los terrenos de exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; AL ORIENTE: En trescientos cuarenta metros aproximadamente puntos J-K del plano que separa los terrenos de Exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; y AL PONIENTE: En cuatrocientos ochenta y siete metros aproximadamente con el Mar Chileno en puntos I-L.- B) LOTE A: AL NORTE: Con terrenos de Exclusión de Expropiación, en trescientos cincuenta y siete metros entre los puntos F-Q del plano; AL ESTE: Con Ruta Cinco Norte en mil trescientos seis metros, entre los puntos F-R del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación según línea paralela desplazada a veinticinco metros al Norte del eje de la Quebrada Las Lozas, en trescientos noventa y un metros entre los puntos R-P del plano; y AL OESTE: Con terrenos de Exclusión de Expropiación, en ochocientos setenta y dos metros entre los puntos P-O del plano y con lote B entre los puntos O-Q en quinientos noventa y tres metros.- C) LOTE B: AL NORTE: Con terreno de Exclusión de Expropiación en línea quebrada de tramos Q-G de seiscientos cuarenta y tres metros, G-H de doscientos sesenta y ocho metros y tramos H-I de doscientos metros; AL ESTE: Con Lote A en quinientos noventa y tres metros, entre puntos Q-O del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación en línea quebrada de tramos O-N de setecientos cincuenta y cuatro metros, N-M de treinta metros, M-L de ochenta y cinco metros, L-K de veintiocho metros y tramos K-J de doscientos cuatro metros; AL OESTE: Con Mar Chileno, en línea rompiente de cuatrocientos metros aproximadamente, entre puntos J-I del plano.- D) LOTE C: AL NORTE: Con Estancia de Totoralillo, en diez metros aproximadamente entre puntos A-B del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación del resto del Fundo de Lagunillas, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri en dos tramos rectos, entre los puntos F-G del plano en mil metros aproximadamente entre los puntos G-I del plano en cuatrocientos sesenta y ocho metros; AL ORIENTE: Con Carretera Panamericana Ruta Cinco, en cuatro tramos identificados con las letras B-C en setecientos cincuenta metros aproximadamente, tramos C-D en sesenta metros aproximadamente, tramo D-E en setecientos metros aproximadamente, tramos E-F en trescientos ocho metros aproximadamente; y AL PONIENTE: Con Sociedad Balneario Morrillos Limitada en tres tamos, entre los puntos I-J en seiscientos treinta metros aproximadamente, J-K en trescientos cuarenta metros aproximadamente, y tramos L-A en trescientos noventa y dos metros aproximadamente, con el Mar Chileno. Se comprenden en la venta los derechos de dominio, uso y goce que corresponden en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley número seis mil setenta y uno, hoy número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones, y al Reglamento de Copropiedad, inscrito a fojas mil doscientos veintiuno número quinientos sesenta y tres, correspondiente al año mil novecientos noventa y tres, y al Reglamento General inscrito a fojas mil trescientos ochenta y seis vuelta número setecientos ochenta y uno del año mil novecientos noventa y tres, ambos del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, este último modificado y complementado a fojas dos mil trescientos diez número novecientos ochenta y nueve del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil dos. Lo adquirió por tradición que le hiciera don Juan Luis Letelier Illanes, según consta de la escritura pública de compraventa con mutuo hipotecario de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil once, repertorio número dos mil ochocientos treinta y cinco, otorgada ante doña Elena Leyton Carvajal, Notario Público de la Tercera Notaría de La Serena. La propiedad se encuentra inscrita fojas ocho mil ochocientos setenta y tres número cuatro mil novecientos setenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil once. Al final del Registro de Propiedad se encuentra agregada bajo el número mil setecientos veintitrés, minuta aclaratoria sobre la inscripción de los Reglamentos de Copropiedad que esta acogida el inmueble. La propiedad figura con el rol de avalúo fiscal número ochocientos ochenta y cinco guion setenta y ocho, de la comuna de Coquimbo. Propiedad que es avaluada por las partes en la suma de ciento diez millones de pesos.- DOS) Aporte en dominio del inmueble que tiene su acceso AVENIDA ALBERTO ARENAS CARVAJAL NÚMERO DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO, que corresponde al LOTE B, de la subdivisión del Lote resultante de la fusión del lote veinticinco y lote uno, resultante a su vez de la subdivisión del Lote “A” singularizado como “Manzana O”, del plano de subdivisión C guion tres guion treinta y uno, denominado Loteo “San Francisco” del sector San Joaquín, comuna de La Serena, singularizado en el plano agregado bajo el número mil novecientos ochenta al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil trece. Conforme al referido plano, el LOTE B tiene una superficie aproximada de cuatrocientos noventa metros, y los siguientes deslindes particulares: AL NORESTE: En tramo H guion I de catorce coma doce metros con Avenida Los Perales, y en tramo I guion A de cuatro metros con intersección Avenida Los Perales y Avenida Alberto Arenas C.; AL SUROESTE: En tramo B guion C de dieciocho coma sesenta metros con sitio veinticinco; AL SURESTE: En tramo H guion C en veintisiete coma ochenta y ocho metros con Lote A de la misma subdivisión; y AL NOROESTE: En tramo A guion B de veinticinco metros con Avenida Alberto Arenas C.-El lote aportar es producto de la subdivisión predial, plano que fue debidamente autorizado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Serena, de fecha tres de Junio del año dos mil trece. El inmueble de mayor cabida tiene una superficie de novecientos ochenta metros cuadrados aproximadamente y los siguientes deslindes: AL NORTE: En cuatro metros con intersección de Avenida Alberto Arenas y Avenida Los Perales; AL NORORIENTE: En veintiocho coma veinticuatro metros con Avenida Los Perales; AL ORIENTE: En cuatro metros con intersección de Avenida Los Perales con calle Pintor Pedro Pablo Rubens; AL SURORIENTE: En veinticinco coma treinta y cinco metros con calle Pintor Pedro Pablo Rubens; AL SURPONIENTE: En dieciocho coma cincuenta metros con sitio veinticuatro y dieciocho coma sesenta metros con sitio número dos; AL NORPONIENTE: En cero coma sesenta metros con sitio número dos y en veinticinco metros con Avenida Alberto Arenas. La propiedad fue adquirida por tradición siendo su título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha doce de noviembre del año dos mil doce, suscrita ante don Oscar Fernández Mora, notario público titular de la Segunda Notaría de La Serena. La propiedad se encuentra inscrita a fojas diez mil ciento veinticinco número siete mil doscientos cincuenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce. El inmueble de mayor cabida tiene asignada el rol de avalúo fiscal número dos mil seiscientos cincuenta y cuatro guion veinticinco de la comuna de La Serena. El lote a aportar tiene asignado el rol de avalúo fiscal número dos mil seiscientos cincuenta y cuatro guion cincuenta y tres de la comuna de La Serena.- Propiedad que es avaluada por las partes en la suma de trescientos cuatro millones quinientos mil pesos.- B.- Doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, suscribe en este acto veintiséis acciones, por un valor total de Ciento Nueve Millones de pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: Aporte en dominio del Departamento número quinientos cuatro del quinto piso y de la bodega número ochenta y nueve en conjunto con el estacionamiento número ciento veintisiete ambos del segundo subterráneo, del Edificio Monet, ubicado en calle La Gloria número cuarenta, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil doscientos treinta y ocho y tres mil doscientos treinta y ocho A a la D; y dueña además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al Lote Seis A del plano de fusión y rectificación respectivo, enmarcado en el polígono A’ – B’ – C – D – E – F – G – H – A’, que deslinda: AL NORTE: Entre los puntos B’ – C en veinticinco coma quinientos noventa y siete metros con sitio seis del plano de loteo y entre los puntos D – E en cincuenta y siete coma cincuenta metros con lote nueve del plano respectivo, hoy propiedad de don Douglas Firnún; AL SUR: Entre los puntos A’ – H en veinticinco coma cuatrocientos treinta y siete metros con sitio once del plano de loteo respectivo y entre los puntos G – F en cincuenta y nueve coma ochocientos noventa y ocho metros con lote cinco, de propiedad de don Enrique Gilabert; AL ORIENTE: Entre los puntos C – D en seis coma cero un metro con varios propietarios del loteo La Gloria; entre los puntos E – F en cincuenta y dos coma ochenta y cinco metros con calle La Gloria y entre los puntos G – H en cuatro coma sesenta y cuatro metros con varios propietarios; AL PONIENTE: Entre los puntos A’ – B’ en sesenta y tres coma noventa y un metros con calle La Castellana, franja de utilidad pública de por medio. La propiedad fue adquirida por tradición siendo su título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha veintidós de agosto del año dos mil catorce, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Gonzalo Hurtado Morales, repertorio número dos mil seiscientos diecinueve. La propiedad se encuentra inscrita a fojas setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis número ciento seis mil quinientos treinta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce. En cuanto al rol de avalúo fiscal le fue asignado el número seiscientos quince guion veintiséis, seiscientos quince guion trescientos treinta y seis ambos de la comuna de La Condes.- La unidad departamento cuyo rol de avaluó fiscal es el primer antes señalado, es avaluado por las partes en la suma de ciento tres millones de pesos; y a su vez el estacionamiento correspondiente al rol de avalúos segundo antes señalado, es avaluado por las partes en la suma de seis millones de pesos.-C.- Don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, suscribe en este acto cuatro acciones, por un valor total de seis millones quinientos mil pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: La suma en dinero efectivo de Tres Millones de pesos, en dinero que ingresa inmediatamente a las arcas sociales. La dife
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Objeto social
la adquisición, construcción y explotación de todo tipo de inmuebles, corretaje de propiedades; compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, propios o ajenos; el arrendamiento, administración, urbanización, loteos y subdivisión por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes inmuebles; la participación o inversión en otras empresas o sociedades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social; importación, exportación, comercialización y representación por cuenta propia o ajena de equipos, instrumentos, máquinas y herramientas, elementos, partes, piezas nacionales o importadas para construcción o urbanización; prestación de servicios en materias inmobiliarias. La sociedad podrá asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales; sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, y, en general, realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social que los socios convengan.
Capital
Capital total
$530.000.000
Capital pagado
$530.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 70% | $414.500.000 |
PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA Accionista 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 26% | $109.000.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 4% | $6.500.000 |
Administradores (4)
PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA
Texto oficial del extracto
JOHN GALLARDO GOMEZ, abogado, notario suplente del titular don Oscar Fernández Mora, de la 2ª Notaría de La Serena Cordovez Nº 588 local 108, Por escritura pública hoy ante mí; CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANFORD, chileno, casado en separación total de bienes, empresario, C.N.I. N° 9.875.085-1; PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, chilena, casada en separación total de bienes, factor de comercio, C.N.I. N° 10.395.250-6; Y CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, chileno, soltero, estudiante universitario, C.N.I. N° 18.172.399-8, todos domiciliados en Alberto Arenas N° 2.918, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; Constituyeron Sociedad por Acciones, bajo la RAZÓN SOCIAL: "INMOBILIARIA CPCJ SpA” la que funcionará y actuará con dicho nombre ante los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados y/o mixtos.- OBJETO: la adquisición, construcción y explotación de todo tipo de inmuebles, corretaje de propiedades; compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, propios o ajenos; el arrendamiento, administración, urbanización, loteos y subdivisión por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes inmuebles; la participación o inversión en otras empresas o sociedades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social; importación, exportación, comercialización y representación por cuenta propia o ajena de equipos, instrumentos, máquinas y herramientas, elementos, partes, piezas nacionales o importadas para construcción o urbanización; prestación de servicios en materias inmobiliarias. La sociedad podrá asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales; sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, y, en general, realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social que los socios convengan.- ADMINISTRACIÓN y USO DE LA RAZÓN SOCIAL:La administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad le corresponderá a don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANFORD, C.N.I. N° 9.875.085-1; y a doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, C.N.I. N° 10.395.250-6; quienes actuando de forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en escritura extractada.- Se deja constancia, que en el caso de fallecimiento de uno de los administradores, representará a la sociedad el administrador sobreviviente. Sin perjuicio de lo ya señalado, y en evento de fallecimiento de ambos administradores, representarán a la sociedad, don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento setenta y dos mil trescientos noventa y nueve guion ocho, y doña MARÍA JOSÉ ARMAS VARGAS, chilena, soltera, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones setecientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cinco guion K; ambos domiciliados en Alberto Arenas número dos mil novecientos dieciocho, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, quienes actuando de forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, Podrán representar a la sociedad con los mismos poderes ya descritos, acreditando únicamente para ello los certificados de defunciones de los administradores fallecidos. Sin perjuicio de lo anterior, y solo para el caso en que se encuentren fallecidos don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANFORD, y doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, en el periodo que media entre el acto constitutivo y agosto del año dos mil diecinueve; don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, no tendrá facultades de administración por sí solo; debiendo esperar a que doña MARÍA JOSÉ ARMAS VARGAS, cumpla mayoría de edad de conformidad a la legislación chilena vigente a la fecha del acto constitutivo.-CAPITAL SOCIAL: El capital social, ascendente a la suma de quinientos treinta millones de pesos, dividido en cien acciones, de una única serie y sin valor nominal. Dicho capital se suscribe, entera y paga por los accionistas constituyentes de la siguiente forma: A.- Don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANFORD, suscribe en este acto setenta acciones, por un valor total de cuatrocientos catorce millones quinientos mil pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Don CRISTIAN ANDRÉS ARMAS SANFORD, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: UNO) Aporte en dominio del Inmueble consistente en el departamento número quinientos veinticuatro, ubicado en el segundo piso del edificio número cinco que se encuentra construido en la Parcela o Lote B, y el derecho de uso y goce exclusivo de los bienes comunes consistente en la Bodega número setenta y seis, y del Estacionamiento descubierto E-Veintitrés, situado en el sector estacionamiento de la Parcela B, de la ciudad y comuna de Coquimbo, enmarcado dentro del polígono ciento dieciocho – ciento diecinueve – ciento cincuenta y cinco – ciento cincuenta y cuatro – ciento cincuenta y tres – ciento cincuenta y dos – ciento cuarenta y nueve – ciento cuarenta y ocho – ciento cincuenta y nueve – ciento cincuenta y ocho – ciento cincuenta y siete – ciento cincuenta y seis – ciento dieciocho, en el plano que se encuentra archivado bajo el número doce, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año mil novecientos noventa y tres. El referido Lote B tiene una superficie aproximadamente de dos hectáreas quinientos treinta metros y que es resultante de la fusión y nueva subdivisión del predio denominado “Balneario Las Tacas” y de los lotes A, B y C de la subdivisión de la Exclusión de Expropiación del resto del Fundo Lagunillas, de la comuna de Coquimbo, cuyos deslindes según sus títulos son los siguientes: A) Predio denominado Las Tacas: AL NORTE: En trescientos setenta metros aproximadamente puntos L-K del plano que separa los terrenos de Exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; AL SUR: En seiscientos treinta metros aproximadamente puntos J-I del plano que separa los terrenos de exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; AL ORIENTE: En trescientos cuarenta metros aproximadamente puntos J-K del plano que separa los terrenos de Exclusión de Expropiación, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri; y AL PONIENTE: En cuatrocientos ochenta y siete metros aproximadamente con el Mar Chileno en puntos I-L.- B) LOTE A: AL NORTE: Con terrenos de Exclusión de Expropiación, en trescientos cincuenta y siete metros entre los puntos F-Q del plano; AL ESTE: Con Ruta Cinco Norte en mil trescientos seis metros, entre los puntos F-R del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación según línea paralela desplazada a veinticinco metros al Norte del eje de la Quebrada Las Lozas, en trescientos noventa y un metros entre los puntos R-P del plano; y AL OESTE: Con terrenos de Exclusión de Expropiación, en ochocientos setenta y dos metros entre los puntos P-O del plano y con lote B entre los puntos O-Q en quinientos noventa y tres metros.- C) LOTE B: AL NORTE: Con terreno de Exclusión de Expropiación en línea quebrada de tramos Q-G de seiscientos cuarenta y tres metros, G-H de doscientos sesenta y ocho metros y tramos H-I de doscientos metros; AL ESTE: Con Lote A en quinientos noventa y tres metros, entre puntos Q-O del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación en línea quebrada de tramos O-N de setecientos cincuenta y cuatro metros, N-M de treinta metros, M-L de ochenta y cinco metros, L-K de veintiocho metros y tramos K-J de doscientos cuatro metros; AL OESTE: Con Mar Chileno, en línea rompiente de cuatrocientos metros aproximadamente, entre puntos J-I del plano.- D) LOTE C: AL NORTE: Con Estancia de Totoralillo, en diez metros aproximadamente entre puntos A-B del plano; AL SUR: Con terrenos de Exclusión de Expropiación del resto del Fundo de Lagunillas, de propiedad de doña Angélica Leticia PerrettaCervieri en dos tramos rectos, entre los puntos F-G del plano en mil metros aproximadamente entre los puntos G-I del plano en cuatrocientos sesenta y ocho metros; AL ORIENTE: Con Carretera Panamericana Ruta Cinco, en cuatro tramos identificados con las letras B-C en setecientos cincuenta metros aproximadamente, tramos C-D en sesenta metros aproximadamente, tramo D-E en setecientos metros aproximadamente, tramos E-F en trescientos ocho metros aproximadamente; y AL PONIENTE: Con Sociedad Balneario Morrillos Limitada en tres tamos, entre los puntos I-J en seiscientos treinta metros aproximadamente, J-K en trescientos cuarenta metros aproximadamente, y tramos L-A en trescientos noventa y dos metros aproximadamente, con el Mar Chileno. Se comprenden en la venta los derechos de dominio, uso y goce que corresponden en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley número seis mil setenta y uno, hoy número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones, y al Reglamento de Copropiedad, inscrito a fojas mil doscientos veintiuno número quinientos sesenta y tres, correspondiente al año mil novecientos noventa y tres, y al Reglamento General inscrito a fojas mil trescientos ochenta y seis vuelta número setecientos ochenta y uno del año mil novecientos noventa y tres, ambos del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, este último modificado y complementado a fojas dos mil trescientos diez número novecientos ochenta y nueve del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil dos. Lo adquirió por tradición que le hiciera don Juan Luis Letelier Illanes, según consta de la escritura pública de compraventa con mutuo hipotecario de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil once, repertorio número dos mil ochocientos treinta y cinco, otorgada ante doña Elena Leyton Carvajal, Notario Público de la Tercera Notaría de La Serena. La propiedad se encuentra inscrita fojas ocho mil ochocientos setenta y tres número cuatro mil novecientos setenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil once. Al final del Registro de Propiedad se encuentra agregada bajo el número mil setecientos veintitrés, minuta aclaratoria sobre la inscripción de los Reglamentos de Copropiedad que esta acogida el inmueble. La propiedad figura con el rol de avalúo fiscal número ochocientos ochenta y cinco guion setenta y ocho, de la comuna de Coquimbo. Propiedad que es avaluada por las partes en la suma de ciento diez millones de pesos.- DOS) Aporte en dominio del inmueble que tiene su acceso AVENIDA ALBERTO ARENAS CARVAJAL NÚMERO DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO, que corresponde al LOTE B, de la subdivisión del Lote resultante de la fusión del lote veinticinco y lote uno, resultante a su vez de la subdivisión del Lote “A” singularizado como “Manzana O”, del plano de subdivisión C guion tres guion treinta y uno, denominado Loteo “San Francisco” del sector San Joaquín, comuna de La Serena, singularizado en el plano agregado bajo el número mil novecientos ochenta al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil trece. Conforme al referido plano, el LOTE B tiene una superficie aproximada de cuatrocientos noventa metros, y los siguientes deslindes particulares: AL NORESTE: En tramo H guion I de catorce coma doce metros con Avenida Los Perales, y en tramo I guion A de cuatro metros con intersección Avenida Los Perales y Avenida Alberto Arenas C.; AL SUROESTE: En tramo B guion C de dieciocho coma sesenta metros con sitio veinticinco; AL SURESTE: En tramo H guion C en veintisiete coma ochenta y ocho metros con Lote A de la misma subdivisión; y AL NOROESTE: En tramo A guion B de veinticinco metros con Avenida Alberto Arenas C.-El lote aportar es producto de la subdivisión predial, plano que fue debidamente autorizado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Serena, de fecha tres de Junio del año dos mil trece. El inmueble de mayor cabida tiene una superficie de novecientos ochenta metros cuadrados aproximadamente y los siguientes deslindes: AL NORTE: En cuatro metros con intersección de Avenida Alberto Arenas y Avenida Los Perales; AL NORORIENTE: En veintiocho coma veinticuatro metros con Avenida Los Perales; AL ORIENTE: En cuatro metros con intersección de Avenida Los Perales con calle Pintor Pedro Pablo Rubens; AL SURORIENTE: En veinticinco coma treinta y cinco metros con calle Pintor Pedro Pablo Rubens; AL SURPONIENTE: En dieciocho coma cincuenta metros con sitio veinticuatro y dieciocho coma sesenta metros con sitio número dos; AL NORPONIENTE: En cero coma sesenta metros con sitio número dos y en veinticinco metros con Avenida Alberto Arenas. La propiedad fue adquirida por tradición siendo su título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha doce de noviembre del año dos mil doce, suscrita ante don Oscar Fernández Mora, notario público titular de la Segunda Notaría de La Serena. La propiedad se encuentra inscrita a fojas diez mil ciento veinticinco número siete mil doscientos cincuenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce. El inmueble de mayor cabida tiene asignada el rol de avalúo fiscal número dos mil seiscientos cincuenta y cuatro guion veinticinco de la comuna de La Serena. El lote a aportar tiene asignado el rol de avalúo fiscal número dos mil seiscientos cincuenta y cuatro guion cincuenta y tres de la comuna de La Serena.- Propiedad que es avaluada por las partes en la suma de trescientos cuatro millones quinientos mil pesos.- B.- Doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, suscribe en este acto veintiséis acciones, por un valor total de Ciento Nueve Millones de pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Doña PAULINA ANDREA VARGAS ALCAYAGA, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: Aporte en dominio del Departamento número quinientos cuatro del quinto piso y de la bodega número ochenta y nueve en conjunto con el estacionamiento número ciento veintisiete ambos del segundo subterráneo, del Edificio Monet, ubicado en calle La Gloria número cuarenta, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil doscientos treinta y ocho y tres mil doscientos treinta y ocho A a la D; y dueña además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al Lote Seis A del plano de fusión y rectificación respectivo, enmarcado en el polígono A’ – B’ – C – D – E – F – G – H – A’, que deslinda: AL NORTE: Entre los puntos B’ – C en veinticinco coma quinientos noventa y siete metros con sitio seis del plano de loteo y entre los puntos D – E en cincuenta y siete coma cincuenta metros con lote nueve del plano respectivo, hoy propiedad de don Douglas Firnún; AL SUR: Entre los puntos A’ – H en veinticinco coma cuatrocientos treinta y siete metros con sitio once del plano de loteo respectivo y entre los puntos G – F en cincuenta y nueve coma ochocientos noventa y ocho metros con lote cinco, de propiedad de don Enrique Gilabert; AL ORIENTE: Entre los puntos C – D en seis coma cero un metro con varios propietarios del loteo La Gloria; entre los puntos E – F en cincuenta y dos coma ochenta y cinco metros con calle La Gloria y entre los puntos G – H en cuatro coma sesenta y cuatro metros con varios propietarios; AL PONIENTE: Entre los puntos A’ – B’ en sesenta y tres coma noventa y un metros con calle La Castellana, franja de utilidad pública de por medio. La propiedad fue adquirida por tradición siendo su título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha veintidós de agosto del año dos mil catorce, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Gonzalo Hurtado Morales, repertorio número dos mil seiscientos diecinueve. La propiedad se encuentra inscrita a fojas setenta mil cuatrocientos cuarenta y seis número ciento seis mil quinientos treinta y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce. En cuanto al rol de avalúo fiscal le fue asignado el número seiscientos quince guion veintiséis, seiscientos quince guion trescientos treinta y seis ambos de la comuna de La Condes.- La unidad departamento cuyo rol de avaluó fiscal es el primer antes señalado, es avaluado por las partes en la suma de ciento tres millones de pesos; y a su vez el estacionamiento correspondiente al rol de avalúos segundo antes señalado, es avaluado por las partes en la suma de seis millones de pesos.-C.- Don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, suscribe en este acto cuatro acciones, por un valor total de seis millones quinientos mil pesos; cantidad que es enterada y pagada de la siguiente forma: Don CRISTIAN IGNACIO ARMAS VARGAS, paga en este acto mediante el aporte de lo siguiente, a saber: La suma en dinero efectivo de Tres Millones de pesos, en dinero que ingresa inmediatamente a las arcas sociales. La diferencia, ascendente a la suma de tres millones quinientos mil pesos, serán ingresados por el socio cons
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