Inmobiliaria Asap Ltda.
Diario Oficial
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Official extract text
Rubén Reinoso Herrera, Abogado, Notario Público Titular 4 Notaría de La Serena, Cordovez 405, certifica: por escritura pública de fecha 29 de septiembre del 2020, repertorio 7498-2020 Don CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor comercio, cédula nacional de identidad número 11.731.129-5, mayor de edad y domiciliado en calle Prat Nº 581 de La Serena, en representación de: doña VERONICA YANETT GREZ PONCE, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, chilena, cédula de identidad número 11.935.085-9, don ANDRES EDUARDO WILSON GREZ, chileno, estudiante , soltero, cédula de identidad número 18.758.488-4, don SEBASTIAN IGNACIO WILSON GREZ, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 19.864.396-3 y don ANWAR CRISTOBAL WILSON GREZ, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 20.923.529-3, todos domiciliados en calle Loteo San Joaquín Oriente casa doce , Parcela numero trescientos treinta y dos, calle Ulricksen, La Serena , mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes mencionada y expone: Con fecha veinticinco de octubre del año dos mil diecinueve, se otorgó ante el Notario Público Don Rubén Reinoso Herrera por escritura pública CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES INMOBILIARIA WILSON & GREZ LIMITADA también en adelante INMOBILIARIA ASAP LTDA, según repertorio Nº 8321-2019, dicha escritura de constitución de sociedad no fue inscrita en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena dentro de plazo, sin embargo su extracto fue publicado en el Diario Oficial el día cuatro de noviembre del año dos mil diecinueve, dentro del plazo legal cve 1676794. Considerando que el vicio formal de la falta de inscripción en tiempo en el registro de comercio en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena, que constituye un vicio formal que afectan a la constitución de la misma, el compareciente viene en sanear dicho vicio de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Ley Diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, ratificando íntegramente todos los pactos acordados en la escritura constitutiva. RECTIFICACION Y ACLARACIÓN: Con el fin de subsanar el error en el epígrafe, vengo en rectificar y aclarar el título del nombre de fantasía en de la escritura, ya singularizada, debiendo decir correctamente INMOBILIARIA ASAP LTDA, eliminando en todas sus partes INMOBILIRIA LOS ALERCES LTDA. La capacidad de Don CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA para representar a doña VERONICA YANETT GREZ PONCE, don ANDRES EDUARDO WILSON TRONCOSO, don ANDRES EDUARDO WILSON GREZ, don SEBASTIAN IGNACIO WILSON GREZ, y don ANWAR CRISTOBAL WILSON GREZ ya individualizado, consta en mandato especial otorgado en artículo décimo sexto de escritura pública de constitución de la sociedad otorgada con fecha veinticinco de octubre del año dos mil diecinueve ante el notario que autoriza, la que no se inserta por ser conocida del compareciente y del notario que autoriza. Minuta redactada por el Abogado Matías Mundaca Campos.- En Comprobante y previa lectura la otorgan y firman. Se da copia. Doy Fe. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena 08 de Octubre del 2020.
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- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA ASAP LTDA.
CVE 1834696
