Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Arpoli Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 jun 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-06-28Ver PDF (CVE 1614264)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en cualquier forma y a cualquier título en toda clase de bienes corporales e incorporales inmuebles, así como la inversión en toda clase de bienes muebles que adhieran o estén destinados al beneficio de los inmuebles de la compañía, y en particular la compraventa, permuta, arrendamiento y, en general, la explotación a cualquier título de inmuebles con o sin muebles y de derechos constituidos en ellos; y b) efectuar toda clase de inversiones mobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Asimismo, podrá ejecutar todo tipo de actos, contratos o convenciones que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de su objeto, u otros que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$10.774.513

Capital pagado

$10.774.513

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA

Socio

99%

DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA

Socio

0.5%

NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA

Socio

0.5%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA; DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA; y NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Santa Josefina Nº 12.201, de la comuna de San Bernardo, paso ésta, en su calidad de únicos socios de PLÁSTICOS ARPOLI LIMITADA, inscrita a fojas 7.804, número 6.334 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2001 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 31 de marzo del mismo año, acordaron: Uno) Dividir la sociedad en dos, una continuadora legal de la dividida PLÁSTICOS ARPOLI LIMITADA y otra que nace denominada INMOBILIARIA ARPOLI LIMITADA, con efecto a partir de escritura extractada; Dos) Aprobar estatutos de nueva sociedad de responsabilidad limitada, que girará bajo los siguientes estatutos: Socios: Don ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA; don DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA; y don NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA. Razón Social: “INMOBILIARIA ARPOLI LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en cualquier forma y a cualquier título en toda clase de bienes corporales e incorporales inmuebles, así como la inversión en toda clase de bienes muebles que adhieran o estén destinados al beneficio de los inmuebles de la compañía, y en particular la compraventa, permuta, arrendamiento y, en general, la explotación a cualquier título de inmuebles con o sin muebles y de derechos constituidos en ellos; y b) efectuar toda clase de inversiones mobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Asimismo, podrá ejecutar todo tipo de actos, contratos o convenciones que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de su objeto, u otros que acuerden los socios.Capital: $10.774.513.-, que los socios enteraron de la siguiente forma: a) don ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA, aporta la cantidad de $10.666.767.-, equivalente al 99% de los derechos sociales; b) don DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA, aporta la cantidad de $53.873, equivalente al 0,5% de los derechos sociales; y c) don NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA, aporta la cantidad de $53.873, equivalente al 0,5% de los derechos sociales de los derechos sociales. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, la que se entenderá prorrogada en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o del período en que se encontrare prorrogado. Administración y Uso de la Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA. Limitación: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de Abril de 2019. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)