Sociedade por Ações

Inmobiliaria Amanecer El Lleuque SpA

CONSTITUCIÓN — 13 de fev. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-02-13Ver PDF (CVE 1546093)

Informações societárias

SpA
Vitacura, Región Metropolitana
Administração: No se indica expresamente en el extracto

Objeto social

La sociedad tendrá como giro exclusivo el desarrollo del Proyecto Inmobiliario denominado “EL LLEUQUE” y que se efectuará en los inmuebles ubicados en las calles: El Lleuque números siete mil ochocientos ochenta y tres, siete mil ochocientos sesenta y uno, siete mil ochocientos veintitrés y siete mil ochocientos once; Mar Jónico números siete mil setecientos treinta y ocho, siete mil setecientos sesenta y seis, siete mil setecientos noventa y dos, siete mil ochocientos doce, siete mil ochocientos cuarenta y cuatro, siete mil ochocientos setenta y ocho y siete mil novecientos seis; y Sierra Esmeralda número mil novecientos cincuenta y dos; todos de la comuna de Vitacura. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios, pudiendo comprar, vender, adquirir, enajenar, gravar, arrendar, dividir, lotear, urbanizar y explotar los referidos bienes inmuebles, pudiendo celebrar todos los actos y contratos útiles y necesarios al efecto, todo por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (1)

NomeParticipação

INMOBILIARIA AMANECER SpA

Accionista

100%

Texto oficial do extrato

Juan Carlos Alvarez Domínguez, Notario Público, Suplente de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, oficina 101 y 102 , comuna de Santiago, certifico: la sociedad INMOBILIARIA AMANECER SpA, constituyó una Sociedad por Acciones denominada INMOBILIARIA AMANECER EL LLEUQUE SpA Objeto: La sociedad tendrá como giro exclusivo el desarrollo del Proyecto Inmobiliario denominado “EL LLEUQUE” y que se efectuará en los inmuebles ubicados en las calles: El Lleuque números siete mil ochocientos ochenta y tres, siete mil ochocientos sesenta y uno, siete mil ochocientos veintitrés y siete mil ochocientos once; Mar Jónico números siete mil setecientos treinta y ocho, siete mil setecientos sesenta y seis, siete mil setecientos noventa y dos, siete mil ochocientos doce, siete mil ochocientos cuarenta y cuatro, siete mil ochocientos setenta y ocho y siete mil novecientos seis; y Sierra Esmeralda número mil novecientos cincuenta y dos; todos de la comuna de Vitacura. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios, pudiendo comprar, vender, adquirir, enajenar, gravar, arrendar, dividir, lotear, urbanizar y explotar los referidos bienes inmuebles, pudiendo celebrar todos los actos y contratos útiles y necesarios al efecto, todo por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Capital totalmente suscrito y pagado por accionista constituyente al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada.. Santiago, a 11 de Febrero de 2019. J.C. Alvarez D.

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  1. CONSTITUCIÓN

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