Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Ingrid Marianne Przybyszewski Jopia Servicios Medicos E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 4 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-04Ver PDF (CVE 1267237)

Información societaria

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si el constituyente no manifiesta su voluntad en contrario

Objeto social

la prestación de Servicios Médicos, lo que comprende la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la salud y la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios; en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que el constituyente decida

Capital

Capital total

$500.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$0

Socios (1)

NombreParticipación

INGRID MARIANNE PRZYBYSZEWSKI JOPIA

Titular

16.xxx.xxx-1

100%

Texto oficial del extracto

HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público, titular de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, oficina 101 y 102, certifica: Por escritura pública de fecha 01/08/2017, ante mí, doña INGRID MARIANNE PRZYBYSZEWSKI JOPIA chilena, de 30 años de edad, médico cirujano, soltera, rut: 16.203.666-1, con domicilio en calle Tarapacá Nº 850 departamento 1010, comuna de Santiago, constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada en conformidad a la ley 19.857. El nombre de la empresa será “INGRID MARIANNE PRZYBYSZEWSKI JOPIA SERVICIOS MEDICOS E.I.R.L.” y tendrá como objeto la prestación de Servicios Médicos, lo que comprende la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la salud y la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios. La empresa podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que el constituyente decida. El capital de la empresa es la suma de $500.000.- el que se pagó en dinero efectivo, en el acto de constitución por el constituyente. La responsabilidad del constituyente queda limitada al monto de su aporte. El domicilio de la empresa es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca dentro o fuera del país. La duración será de 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si el constituyente no manifiesta su voluntad en contrario. Demás estipulaciones según escritura extractada. Santiago, 28 de Agosto de 2017. H. Cuadra G.

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