Importadora Y Exportadora Jing Hang Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la importación, exportación, reexpedición, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles, artículos para el hogar, electrodomésticos, juguetes, cobertores, sabanas, manteles, cortinas, utensilios de cocina, decoración del hogar, artículos de belleza y cuidado personal, electrodomésticos, productos textiles, ropa de vestir y ropa interior, artículos de aseo y en general toda clase de bienes y mercaderías relacionados con lo anterior y/o cualquier otra clase de bienes que los socios unánimemente acuerden desarrollar, ya sea a través del sistema de Zona Franca de Iquique o Punta Arenas o de Régimen General Aduanero. Además se podrá fabricar, producir o manufacturar toda clase de productos, prestar servicios de toda clase, además de realizar toda forma de actividad económica licita que estimen convenientes para los interés sociales y sin limitaciones de ninguna especie, sin que la enumeración anterior tenga el carácter de taxativa.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 2% | $200.000 |
Socio 29.xxx.xxx-7 | 29.xxx.xxx-7 | 49% | $2.400.000 |
Socio 29.xxx.xxx-8 | 29.xxx.xxx-8 | 49% | $2.400.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior DARÍO EMIGDIO CHACÓN VICENTELO, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Iquique, con oficio en calle Baquedano N°702: Que por Escritura Pública de de fecha 25-03-2026, repertorio N° 1064, ante mí: don WANG YU, chileno, soltero, factor comercio, cédula de identidad para número catorce millones setecientos nueve mil ochocientos ochenta y dos guion cero; don LI JINGANG, chino, casado en el extranjero y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación chilena y no habiendo sido inscrito el mismo en la primera circunscripción de Santiago, se entiende separado totalmente de bienes, según el artículo ciento treinta y cinco inciso tercero del Código Civil, factor comercio, cedula de identidad para extranjeros número veintinueve millones doscientos veintiséis mil seiscientos noventa y ocho guion siete, pasaporte de la República de China número EP nueve siete cuatro cinco cuatro tres cuatro, y don LOU SHUILIANG, chino, casado en el extranjero y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación chilena y no habiendo sido inscrito el mismo en la primera circunscripción de Santiago, se entiende separado totalmente de bienes, según el artículo ciento treinta y cinco inciso tercero del Código Civil, factor comercio, cedula de identidad para extranjeros número veintinueve millones doscientos veintiséis mil setecientos veinticinco guion ocho, pasaporte de la República de China número E nueve seis cuatro cero dos cuatro seis seis, todos domiciliados en avenida Ramon Perez Opazo número tres mil ciento treinta, de la comuna de Alto Hospicio y de paso por esta; Constituyeron la IMPORTADORA Y EXPORTADORA JING HANG LIMITADA. No obstante, en sus relaciones con terceros, incluidos Bancos Comerciales, Banco Estado, Banco Central de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Servicio Nacional de Aduanas y Servicio de Tesorería General de la Republica y, para efectos publicitarios, de fantasía y otros, podrá actuar con el nombre de fantasía IMPORT Y EXPORT JING HANG LTDA.- Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida.- Objeto social. El objeto de la Sociedad será la importación, exportación, reexpedición, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles, artículos para el hogar, electrodomésticos, juguetes, cobertores, sabanas, manteles, cortinas, utensilios de cocina, decoración del hogar, artículos de belleza y cuidado personal, electrodomésticos, productos textiles, ropa de vestir y ropa interior, artículos de aseo y en general toda clase de bienes y mercaderías relacionados con lo anterior y/o cualquier otra clase de bienes que los socios unánimemente acuerden desarrollar, ya sea a través del sistema de Zona Franca de Iquique o Punta Arenas o de Régimen General Aduanero. Además se podrá fabricar, producir o manufacturar toda clase de productos, prestar servicios de toda clase, además de realizar toda forma de actividad económica licita que estimen convenientes para los interés sociales y sin limitaciones de ninguna especie, sin que la enumeración anterior tenga el carácter de taxativa.- El capital de la Sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: que los socios aportan de la siguiente manera: a) El socio don WANG YU, aporta la suma de doscientos mil pesos, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al dos por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales; y b) El socio don LI JINGANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales y don LOU SHUILIANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social la que se entera en las arcas sociales.- La administración y uso de la razón social corresponderá a don WANG YU.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 14 de abril de 2026.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA JING HANG LIMITADA
CVE 2800525
