Importadora Y Comercializadora Global Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Desarrollar todo lo relacionado con importar y comercializar artículos y materiales para el hogar, herramientas, maquinaria, muebles, decoración, juguetes, y todo lo relacionado, en general toda clase de actividades relacionadas con el giro y cualquier otro negocio que acordara los socios.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 45% | $900.000 |
Socio | - | 45% | $900.000 |
Socio | - | 10% | $200.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaria de la comuna de Ñuñoa, Santiago, Irarrázaval 1745 local B, comuna de Ñuñoa, por escritura pública, hoy ante mi, CARLOS HEREDIA MARCOS, CAROLINA ANDREA PERTUZE POZO, ambos con domicilio en La cumbre casa diecisiete, Condominio Los Candiles, Piedra Roja Chicureo Colina, de paso por esta, CARLA ANDREA BUZETA CONTRERAS, domicilio en José Luis Araneda trescientos treinta departamento novecientos siete, Comuna Ñuñoa; vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, RAZON SOCIAL: IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA GLOBAL LIMITADA, nombre de fantasía: “FACTORY SHOP SUCURSAL SANTIAGO”. EL DOMICILIO: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, sucursales o agencias que puedan establecerse en otros lugares del país y/o en el extranjero. OBJETO: será de desarrollar todo lo relacionado con: Importar y comercializar artículos y materiales para el hogar, herramientas, maquinaria, muebles, decoración, juguetes, y todo lo relacionado, en general toda clase de actividades relacionadas con el giro y cualquier otro negocio que acordara los socios. La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de esta escritura, renovables. La administración y uso de la razón social corresponderá a socio CARLOS HEREDIA MARCOS, amplias facultades en pacto constitutivo. CAPITAL: de la sociedad será la suma de dos millones de pesos, que los socios pagan en este acto y enteran de la siguiente forma: a) don Carlos Heredia Marcos, aporta la suma de novecientos mil pesos, esto es el cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, que se entera y paga en este acto al contado en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; b) doña Carolina Andrea Pertuze Pozo, aporta la suma de novecientos mil pesos, esto es el cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, que se entera y paga en este acto al contado en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; y doña Carla Andrea Buzeta Contreras, aporta la suma de doscientos mil pesos, esto es el diez por ciento de los derechos sociales, que se entera y paga en este acto al contado en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad. Demás estipulaciones pacto constitutivo. Santiago a 28 de marzo del 2018.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA GLOBAL LIMITADA
CVE 1376291
